9 de Febrero de 2012
Universidad de Málaga

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El Consejo Social de la Universidad de Málaga es el órgano legalmente instituido para la participación de la sociedad en la universidad, y debe ejercer como elemento de interrelación entre la sociedad y la universidad.

Corresponde al Consejo Social la supervisión de las actividades de carácter económico de la universidad y del rendimiento de sus servicios, y promover la colaboración de la sociedad en la financiación de la universidad. A tal fin, aprobará un plan anual de actuaciones, destinado a promover las relaciones entre la universidad y su entorno cultural, profesional, económico y social, al servicio de la calidad de la actividad universitaria.

En su composición y funcionamiento, el Consejo Social se rige por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, el Decreto 145/2003, de 3 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Málaga, la Orden de 18 de noviembre de 2008, por la que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Málaga, así como por las demás disposiciones que le sean de aplicación.


C o n s e j o    S o c i a l    -    U n i v e r s i d a d    d e    M á l a g a
 P a l a c i o    d e    S a l i n a s    -    C / .    S a l i n a s ,    6    -    O f c .    9    -    2 9 0 1 5    M á l a g a
 T l f . :    9 5 2 2 2 0 3 2 2    -    F a x :    9 5 2 2 2 7 6 7 5    -    C o r r e o    E l e c t r ó n i c o :    c s o c i a l @ u m a . e s
Universidad de Málaga - Avda. Cervantes, 2 29071 -MÁLAGA- Tel. 952 13 10 00