Comisión Académica
1- Composición y funciones:
En desarrollo del artículo 5 del Reglamento de los Estudios de Doctorado de la UMA, la Comisión Académica del Programa de Doctorado en Ciencias Jurídicas y Sociales está formada por:
• El Decano o Director de la Facultad de Derecho, como centro responsable del programa, o persona en quien éste delegue.
• El Coordinador o Coordinadora del Programa.
• Cuatro profesores del Programa de Doctorado, uno en representación de cada una de sus líneas, que contarán, al menos, con los requisitos que el mismo Reglamento establece para ser tutor o director de tesis, elegidos por votación de todos los profesores del programa. El mandato de estos miembros tendrá una duración de cuatro años.
• Un representante de la Facultad de Estudios Sociales de la UMA
Las funciones de la Comisión Académica son:
• Definir las actividades de formación transversal y específica del ámbito del Programa de Doctorado, su planificación, los procedimientos de control y los sistemas de evaluación.
• Concretar y programar los complementos de formación.
• Decidir la admisión o no de doctorandos.
• Proponer a la Comisión de Posgrado de la Universidad el baremo a aplicar para la selección de aspirantes en caso de que estos superen los límites establecidos en su memoria de verificación.
• Realizar la asignación de las personas encargadas de ejercer las labores de tutoría y dirección de las tesis y la propuesta de modificación de las mismas.
• Evaluar, al menos con carácter anual, al menos, el plan de investigación y el documento de actividades de los doctorandos, decidiendo sobre la continuidad o no en el programa de las personas inscritas en ese Programa de Doctorado, nombrando a estos efectos los correspondientes tribunales de seguimiento.
• Proponer a la Comisión de Posgrado los tribunales que han de juzgar las tesis.
• Analizar y resolver las solicitudes de prórroga del período de realización de la tesis por encima de la duración establecida.
• Dar el visto bueno para proceder al acto de defensa de las tesis doctorales basándose en la evaluación de la idoneidad de las tesis doctorales presentadas y de las actividades de formación llevadas a cabo por los doctorandos.
• Determinar las circunstancias excepcionales que afecten a la no publicidad de determinados contenidos de la tesis, según consta en el art. 14.6 del RD 99/2011.
• Autorizar que las tesis puedan concurrir a la “Mención Internacional”.
• Informar a la Escuela de Doctorado o a la Comisión de Posgrado sobre las solicitudes de incorporación y baja de personal investigador como miembros del Programa de Doctorado.
• Elaborar y mantener la memoria a presentar para obtener la verificación del programa, llevar a cabo el seguimiento anual y las mejoras que se deriven del mismo, las propuestas de modificación y el procedimiento para la renovación de la acreditación.
• Informar sobre la idoneidad de las propuestas de cotutela de tesis a la Comisión de Posgrado.
2- Comisión Académica:
Composición:
*Dr. Juan José Hinojosa Torralvo (Decano); jjhinojosa@uma.es
*Dr. Octavio García Pérez (Coordinador): ogarcia@uma.es
*Dra. Ana Mª Salinas de Frías (línea 4): asalinas@uma.es
*Dr. Ángel Rodríguez-Vergara Díaz (línea 2):
*Dr. Francisco Lozano Lares (línea 3): fll@uma.es
*Dra. Patricia G. Benavides (línea 3): pgbv@uma.es
*Dr. Bruno Rodríguez-Rosado (Secretario académico, línea 1): brm@uma.es
3- Otras comisiones