Asignación de Tutor y Director de Tesis

En el marco del Doctorado en Comunicación para la asignación de tutores y directores de Tesis se constituirá una Subcomisión Académica de Doctorado por cada universidad participante en el Doctorado. La misma estará integrada por el o los miembros de la Comisión Académica del Doctorado pertenecientes a esa universidad, así como por otros profesores integrados en el programa.

 

Tanto la selección de candidatos como la asignación de tutores deberán ser aprobadas por la Comisión Académica del Doctorado en su conjunto. Las Subcomisiones Académicas propondrán un tutor de forma inmediata, aunque cuentan con un plazo máximo de tres meses desde la formalización de la matrícula por parte del alumno 

Para la asignación de tutores y directores de tesis se atenderá a los siguientes criterios generales que regirán para las universidades participantes:

  • En líneas generales se tendrá en cuenta la adecuación del proyecto de investigación con la trayectoria y el perfil investigadores del profesorado del programa.
  • A cada doctorando se le intentará asignar el tutor y el director que el propio doctorando proponga siempre que la propuesta venga con el visto bueno de los investigadores que vayan a actuar como tales.
  • A cada investigador se le asignará un máximo de tres doctorandos por año.
  • En la medida de lo posible, el tutor y director coincidirán, siendo diferentes cuando el director de la tesis sea un investigador no perteneciente a la Universidad en la que se matricule.
  • La Comisión Académica procurará promover la dirección conjunta de tesis doctorales dirigidas por profesores de distintas universidades integrados en el Programa de Doctorado en Comunicación.
  • La Comisión Académica del Programa de Doctorado procurará un reparto equilibrado de las labores de tutoría y dirección de tesis entre el profesorado del programa.

Control de las actividades de los doctorandos

El control de actividades conjunto del Doctorado Interuniversitario en Comunicación se llevará a cabo en las distintas universidades participantes teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

 - Plan de Investigación y Proyecto de tesis: Todos los doctorandos deben elaborar, antes de la finalización del primer año, un Plan de Investigación, que deberá contar con el aval del tutor y del director de tesis y el visto bueno de la Comisión Académica del programa. El Plan de Investigación de este Programa de Doctorado debe incluir los siguientes apartados:

  • Los objetivos que se pretenden alcanzar en el trabajo de investigación.
  • La metodología.
  • Las competencias que se pretenden desarrollar.
  • Los medios necesarios y planificación temporal estimada para el desarrollo del trabajo.
  • Un Proyecto de Tesis.

El Proyecto de Tesis del Doctorado Interuniversitario en Comunicación será un documento que permite evaluar si el estudiante posee o no un plan de trabajo concreto para la consecución de la tesis El proyecto se realiza bajo la supervisión del Director de la Tesis y debe contener, al menos, los siguientes contenidos:

  • La definición de un claro problema de investigación que se pretende abordar con el trabajo de tesis, o una cuestión que se pretende resolver.

  • Una hipótesis o contribución objetivo que se plantea para tratar de resolver el problema.

  • Un breve estudio sobre el estado del arte en el tema objeto de la tesis que demuestre un conocimiento suficiente de la literatura relevante para comenzar el trabajo de elaboración de la tesis.

  • Un plan de trabajo y cronograma para tratar de abordar la investigación con éxito, junto con un plan de diseminación de los resultados (publicaciones, congresos, etc.).

  • Una lista de los resultados esperados tras concluir la tesis, incluyendo tanto los científicos como los académicos (por ejemplo, competencias desarrolladas).

El Plan de Investigación deberá ser aprobado por la Comisión Académica del Programa de Doctorado, que lo incorporará al Documento de Actividades del Doctorando.

 

- El Dossier de Actividades: El Documento de Actividades recogerá el registro individualizado de control definido en el artículo 2.5 del R.D. 90/2011 para cada doctorando. En él se inscribirán todas las actividades de interés para el desarrollo y evaluación del doctorando.

Los registros realizados por el doctorando serán autorizados y certificados por el tutor y el director de tesis. También quedarán registrados los informes anuales que realicen su tutor y director de tesis, así como las evaluaciones anuales realizadas por la Comisión Académica.

Cada una de las universidades participantes en el Programa de Doctorado en Comunicación dispondrá de este Documento de Actividades de la manera que cada universidad disponga para ello.

 

- Seguimiento de la formación y desarrollo de la tesis. La Comisión Académica del Programa de Doctorado en Comunicación nombrará periódicamente un tribunal para realizar el seguimiento de los doctorandos. Dicho tribunal estará formado por tres profesores del Programa de Doctorado, uno de los cuales actuará como Presidente y otro como Secretario. Se nombrarán suplentes para ellos.

Salvo que la Comisión Académica de un Programa de Doctorado estipule otra cosa, el tribunal estará inicialmente formado por el investigador con más sexenios del Programa del Doctorado, que actuará como presidente; el que más tesis haya dirigido, que actuará como vocal; y el más joven, que actuará como secretario. En caso de igualdad entre dos posibles miembros, se decidirá por sorteo entre ellos. Como suplentes se escogerán los miembros del tribunal que hayan formado parte del mismo en su anterior composición.

En caso de que alguna de las figuras coincida (por ejemplo, que la persona que tenga más sexenios también sea el que haya dirigido más tesis), se escogerá al inmediatamente siguiente de acuerdo al orden que se establece para cada figura (número de sexenios, número de tesis y edad). En caso de igualdad entre dos posibles candidatos, se decidirá por sorteo entre ellos.

Los Tribunales se nombrarán por un periodo de dos años, transcurrido el cual se renovarán en su totalidad, quedando los miembros salientes excluidos del proceso de selección de los siguientes.

El Tribunal convocará dos sesiones de evaluación al año, aproximadamente cada seis meses, a las que los alumnos podrán presentarse para ser evaluados. Los miembros del tribunal no podrán juzgar a los alumnos que tutorizan o dirigen la tesis, para la cual actuará el correspondiente suplente.

Los criterios de evaluación utilizados por el tribunal serán los definidos por la Comisión Académica del Programa de Doctorado en Comunicación para cada uno de los tres años de desarrollo de la tesis. La información sobre dichos criterios será pública, estará recogida en la web del Programa, y formar parte del compromiso documental que suscribe el alumno al inscribirse.

El Tribunal evaluará, a partir del Documento de Actividades de cada doctorando, así como los informes que a tal efecto deberán emitir el tutor y el director de tesis, al menos los siguientes aspectos:

  • Progreso de la tesis con respecto al Plan de Investigación propuesto.
  • Producción científica hasta el momento (resultados, publicaciones, etc.).
  • Estancias realizadas, visitas a otros centros, asistencia a congresos, reuniones, etc.
  • Realización de actividades y complementos de formación.
  • Cualquier otra actividad o tema considerados relevantes.
  • Valoración general.

En la evaluación del primer año también se valorará y aprobará si procede el Plan de Investigación y el Proyecto de Tesis presentado por el doctorando. Si el tribunal rechaza el proyecto, el estudiante tiene una segunda oportunidad para modificarlo y presentarlo a los seis meses. Si el proyecto se rechaza por segunda vez, el estudiante debe solicitar de nuevo la admisión en el Programa.

La evaluación positiva por parte del Tribunal será requisito indispensable para continuar en el programa. En el caso de una evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser nuevamente evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de Investigación. En el supuesto de producirse una segunda evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa, que podrá ser recurrida ante la Comisión de Posgrado o Doctorado de las distintas Universidades participantes.

Será misión del Tribunal, además de juzgar la marcha del doctorando y el desarrollo del plan de investigación, el realizar recomendaciones y sugerencias que permitan mejorar el trabajo de tesis y la evolución del doctorando.

 El Tribunal redactará un Informe con la evaluación, que quedará registrado en el Informe de Actividades del Doctorado.

 

Valoraciones anuales del Plan de investigación y los registros de actividades de los estudiantes

Las valoraciones anuales de los estudiantes se emitirán al final de cada uno de los años del Doctorado después de que cada estudiante haya realizado una exposición pública de su Plan de investigación y de las actividades realizadas ante un tribunal que constituirán tres docentes vinculados al Programa. Para simplificar la organización, dado que el Programa se desarrolla en cuatro centros diferentes, se constituirá un Tribunal en cada uno de ellos. Para realizar la evaluación, dichos tribunales deberán disponer de los informes que a tal efecto deberán emitir el Tutor y el Director. Los tribunales actuarán coordinadamente y remitirán los resultados de su evaluación a la Comisión Académica del Doctorado.

En el caso de la Universidad de Sevilla, coordinadora de esta propuesta de Doctorado, la valoración del PI y DAD se encuentra en el siguiente enlace

 

Mecanismo de cómputo de la labor de tutorización y dirección de Tesis

PROCEDIMIENTO PARA EL SEGUIMIENTO DE DOCTORES