Necesidades docentes eventuales
COBERTURA DE LA DOCENCIA POR NECESIDADES DOCENTES EVENTUALES
El Plan de Ordenación Docente incorpora criterios para proceder a las sustituciones de la actividad docente del profesorado.
La cobertura de las necesidades docentes mediante la contratación temporal de la figura del Profesor Sustituto Interino a tiempo parcial, ya sea por incremento de la participación académica o por bajas laborales, será atendida según la ratio y lo estipulado en el Plan de Ordenación Académica del respectivo curso.
No se tendrá en cuenta la ratio participación académica/capacidad docente del área para la contratación de profesorado sustituto interino si existe subvención específica por otro organismo.
Ver normativa.
EL PROFESORADO SUSTITUTO INTERINO
El Profesor Sustituto Interino (PSI) es una figura creada y regulada en el art. 16 del Convenio Colectivo del PDI laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA de 09-05-08), estipulando que se podrán celebrar contratos en esta figura de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el art. 15.1.c del Estatuto de los Trabajadores, estableciendo que las Universidades determinarán el procedimiento de contratación previa negociación con el comité de empresa.
Los contratos de interinidad se celebrarán para realizar la función docente de aquellos profesores que causen baja con derecho a reserva del puesto de trabajo o bien de los que vean aminorada su dedicación docente. Asimismo, se podrán celebrar contratos de PSI para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción hasta su cobertura definitiva.
CONVOCATORIA DE BOLSAS DE TRABAJO DE PSI
En la Universidad de Málaga la selección de Profesores Sustitutos Interinos se realiza a través de concursos públicos de méritos para la creación de bolsas de trabajo, por cada área de conocimiento (se indican en los Anexos de cada concurso), formadas por todos los participantes en los mismos y ordenados en función de la puntuación obtenida.
La bolsa de trabajo tendrá una vigencia aproximada de tres años, desde la resolución definitiva, o hasta que se celebre un nuevo concurso. No obstante lo anterior, a petición del Departamento, también se podrá convocar un nuevo concurso cuando no existan aspirantes suficientes o disponibles en las bolsas para atender las necesidades docentes que se prevean. La bolsa generada por el nuevo concurso supondrá la extinción de la bolsa anterior.
SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DEL PDI
Una vez formada la bolsa de trabajo por cada área de conocimiento adscrita al Departamento, el Director o Directora del Departamento podrá hacer uso de ella y realizar la petición de contratación del Profesor Sustituto Interino mediante solicitud, en la que se indicará la causa de la sustitución, la docencia a cubrir y su asignación horaria.
El Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado estudiará dicha petición y, en su caso, autorizará la contratación del PSI, según los criterios expuestos.
BOLSAS DE TRABAJO DE PSI (Enlace)
