El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, reunido hoy en sesión ordinaria, ha aprobado hoy de forma definitiva los Estatutos de la Universidad de Málaga, cuyos puntos fundamentales pasan por la limitación a dos mandatos de los órganos unipersonales electos, así como la mejora en la administración electrónica y la calidad democrática de la institución académica.

Los nuevos Estatutos sustituyen a los que había vigentes hasta ahora, que datan del año 2003. Fueron respaldados por mayoría absoluta por el Claustro de la UMA en su sesión de febrero de 2018, tras un intenso año de trabajo y de reuniones con todos los colectivos que integran la comunidad universitaria. El objetivo de este marco normativo es reforzar los derechos de los integrantes de la institución académica.

En palabras del rector, los nuevos estatutos “son un ejemplo para la sociedad, por cuanto reflejan el esfuerzo de todas las partes que constituyen la Universidad”. En declaraciones efectuadas en los últimos meses, ha asegurado que “ha sido un orgullo para este equipo de gobierno presentar un texto único y consensuado en el que todos nos sentimos representados”, al tiempo que ha agradecido la capacidad de diálogo de los sectores y ha asegurado que, con el nuevo texto, la Universidad de Málaga “será más transparente, justa, eficaz y sostenible”.

Esta es la tercera reforma a los que se someten los estatutos de la UMA, tras las efectuadas en 1985 y 2003.

Limitación de mandatos
Uno de los puntos que se incluyen en el nuevo proyecto es la limitación de mandatos de los cargos electos, que se fija en dos, contando a partir del momento en que sale adelante este marco legal. Están sujetos a esta exigencia tanto el rector como los decanos y directores de centros y los responsables de los departamentos. A todos ellos les cuenta esta legislatura como primer mandato, por lo que tienen opción a aspirar a un segundo.

En este orden de cosas, también se establece la elección por sufragio universal de los decanos y directores de centros. Hasta ahora eran designados por la junta de centro, pero a partir de la aprobación de los Estatutos lo serán por sufragio universal con voto ponderado de los distintos sectores.

Voto ponderado
Por lo que se refiere al voto ponderado, en lo tocante a las elecciones a rector los porcentajes de representación varían sensiblemente. Así, el Personal de Administración y Servicios (PAS), que hasta ahora suponía el 10 por ciento de los votos registrados a la hora de aplicar la ponderación, pasará al 13 por ciento, lo que supone la mayor representación de todas las universidades españolas. Este pequeño porcentaje se obtiene de la reducción de un 55 a un 54 por ciento del Personal Docente e Investigador (PDI) con vinculación permanente y de la disminución de un 10 a un 8 por ciento de los profesores sin vinculación permanente. Los estudiantes continuarán con un 25 por ciento en el peso del voto.

También se incorporan al articulado del texto de los Estatutos algunas figuras que hasta ahora no constaban en el mismo, como la del Defensor Universitario o la Inspección de Servicios, así como el Consejo de Estudiantes. Este último órgano pasa, por tanto, a formar parte de la estructura normativa de la Universidad, algo que sus miembros consideran muy importante, tanto como contar con un órgano de representación propio en cada centro.

Se amplía, además, el régimen de derechos de la comunidad universitaria en temas de conciliación laboral y en la igualdad de géneros. Asimismo, se refuerza la estrategia de la institución académica en temas de investigación y de internacionalización.