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MATRICULACIÓN DE ESTUDIANTES DE DOCTORADO
(PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TUTELA ACADÉMICA PARA LA ELABORACIÓN DE LA TESIS DOCTORAL)
CURSO ACADÉMICO 2012 / 2013
De acuerdo con las normas reguladoras de la matriculación de estudiantes en estudios conducentes a títulos universitarios de carácter oficial, aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga en sesión celebrada el día 24 de junio de 2009, y en uso de la competencia otorgada a esta Secretaría General en materia de gestión de expedientes académicos de estudiantes, se acuerda adoptar las siguientes normas de carácter procedimental:
1. Objeto.
La matriculación como estudiante de Doctorado de la Universidad de Málaga tiene por finalidad formalizar la prestación, por dicha Universidad, de servicios de tutela académica para la elaboración de la tesis doctoral, a solicitud de los interesados.
La mencionada condición de estudiante de Doctorado, en un determinado curso académico, que se obtiene mediante la citada matriculación, es requisito necesario para poder efectuar la lectura y defensa de la respectiva tesis doctoral en el ámbito temporal de referencia de dicho curso académico.
2. Ámbito de aplicación.
Únicamente podrán efectuar la mencionada matrícula quienes se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
A) Haber superado los estudios de Máster Universitario correspondientes a un Programa Oficial de Posgrado ofertado por la Universidad de Málaga, conducente al título de Doctor (RD 56/2005), y tener inscrito el correspondiente Proyecto de Tesis Doctoral (acceso al formulario de inscripción del Proyecto)
B) Haber obtenido la suficiencia investigadora a través de un Programa de Doctorado de la Universidad de Málaga (RD 778/1998 o RD 185/1985), y tener inscrito el correspondiente Proyecto de Tesis Doctoral.
C) Haber obtenido la suficiencia investigadora a través de un Programa de Doctorado de otra Universidad española (RD 778/1998 o RD 185/1985), haber trasladado el expediente académico a la Universidad de Málaga, y haber inscrito el correspondiente Proyecto de Tesis Doctoral para continuar los estudios de tercer ciclo.
D) Haber sido admitido a un Programa de Doctorado de la Universidad de Málaga (RD 1393/2007), y haber inscrito el correspondiente Proyecto de Tesis Doctoral (acceso al formulario de admisión en el Programa y de inscripción del Proyecto)
3. Procedimiento a seguir.
1. La matriculación como estudiante de Doctorado se iniciará a solicitud del interesado mediante la cumplimentación del correspondiente formulario, dirigido a la Excma. Sra. Rectora de la Universidad de Málaga.
2. Dicho formulario, una vez cumplimentado y acompañado, en su caso, de la documentación que se menciona en el siguiente apartado, podrá presentarse, bien directamente en cualquiera de las oficinas del Registro General de la Universidad de Málaga (utilizando el modelo que figura en la página <click aquí>), o de forma electrónica a través de la dirección <click aquí>.
3. Los solicitantes que aleguen alguna de las siguientes causas para la exención o bonificación de los correspondientes precios públicos, deberán utilizar la opción de presentación en el Registro General, y adjuntar el respectivo documento acreditativo:
Becarios de formación del personal investigador. Quienes en el momento de formalización de su matrícula acrediten tener la condición de becarios FPU o FPI, de la convocatoria efectuada por la Administración de Estado, o de becario FPDI, de la convocatoria efectuada por la Junta de Andalucía.
Víctimas de actos terroristas. Quienes a fecha 1 de octubre de 2011 posean la condición de víctimas de actos terroristas, o de cónyuges o hijos de éstas, estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes, derechos de examen y servicios administrativos correspondientes a dicha matrícula, debiendo aportar para ello documentación acreditativa de poseer dicha condición. La citada exención no podrá exceder del número total de créditos exigidos para la obtención del respectivo título.
Familias numerosas de categoría especial. Quienes a fecha 1 de octubre de 2011 posean, de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación, la condición de beneficiarios por ser miembros de Familias Numerosas de categoría especial, estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes, derechos de examen y servicios administrativos correspondientes a dicha matrícula, debiendo aportar para ello copia del correspondiente “título de familia numerosa” expedido por la Administración Pública española competente en la materia, o equivalente. La citada exención no podrá exceder del número total de créditos exigidos para la obtención del respectivo título.
Familias numerosas de categoría general. Quienes a fecha 1 de octubre de 2011 posean, de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación, la condición de beneficiarios por ser miembros de Familias Numerosas de categoría general, estarán exentos de efectuar el pago del cincuenta por ciento de los precios públicos por servicios docentes, derechos de examen y servicios administrativos correspondientes a dicha matrícula, debiendo aportar para ello fotocopia, y original para su cotejo, del correspondiente “título de familia numerosa” expedido por la Administración Pública española competente en la materia, o equivalente. La citada exención no podrá exceder del número total de créditos exigidos para la obtención del respectivo título.
Personas con discapacidad. Quienes a fecha 1 de octubre de 2011 tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%, estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes, derechos de examen y servicios administrativos correspondientes a dicha matrícula, debiendo aportar para ello la siguiente documentación según el caso, sin que dicha exención pueda exceder del número total de créditos exigidos para la obtención del respectivo título:Personal de la Universidad de Málaga. Quienes a fecha 1 de octubre de 2011 posean la condición de personal docente e investigador de la Universidad de Málaga, tanto funcionarios de cuerpos docentes universitarios (de carrera o interinos) como contratados que reciban sus retribuciones con cargo al capítulo I del Presupuesto de la Universidad de Málaga, con dedicación a tiempo completo, o personal de administración y servicios, tanto funcionarios (de carrera o interinos) como contratados en cualquiera de las figuras previstas en el correspondiente Convenio Colectivo, con dedicación a tiempo completo, que perciban sus retribuciones con cargo al citado capítulo I del Presupuesto, estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes y derechos de examen correspondientes a asignaturas en los que se matriculen por primera vez, debiendo aportar para ello certificado acreditativo de poseer dicha condición a la mencionada fecha, expedido por el órgano competente de la Universidad de Málaga.
- Resolución o certificado expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
- Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
- Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Estarán igualmente exentos de efectuar el citado pago, los cónyuges, parejas de hecho, e hijos menores de 28 años del personal de la Universidad de Málaga citado en el párrafo inmediato anterior, incluidos sus viudos y huérfanos, debiendo aportar para ello documento acreditativo del parentesco o relación.
Asimismo, los colectivos citados en los dos párrafos inmediatos anteriores del presente apartado, serán beneficiarios de ayuda al estudio para atender, por una sola vez, el importe de los precios públicos por servicios docentes en asignaturas en los que se matriculen por primera vez, en centros oficiales de cualquier otra Universidad pública española, siempre y cuando dichos estudios no se impartan en la Universidad de Málaga o no hayan obtenido plaza para el ingreso en el correspondiente centro de la misma.
La citada exención o subvención no podrá exceder del número total de créditos exigidos para la obtención del respectivo título.
Los trabajadores, a tiempo parcial, que no tengan actividad retribuida fuera de la Universidad de Málaga, tendrán los mismos derechos que los trabajadores, a tiempo completo, de manera proporcional en función del tiempo trabajado.
4. Tras comprobar el cumplimiento de los correspondientes requisitos en las solicitudes presentadas, el Servicio de Doctorado de la Universidad de Málaga comunicará a los interesados la aceptación o denegación de la solicitud de matrícula efectuada y, en su caso, procederá a efectuar las respectivas liquidaciones de precios públicos y las remitirá a los interesados, a través del medio que éstos hayan indicado en su solicitud de matrícula, para que puedan realizar los correspondientes pagos de acuerdo con las previsiones del Decreto de la Junta de Andalucía por el que se establecen los precios públicos por las prestaciones de servicios universitarios para el curso académico 2011/2012.