Matriculación mínima obligatoria.
Límites de matriculación.
Matriculación de estudiantes fuera de su plazo reglamentario.
Participación en la Plataforma del Voluntariado de la Universidad de Málaga.
Clases.
Tarifas.
Exenciones y bonificaciones.
Plazos de pago.
Forma de pago.
Efectos del impago.
Devolución de precios públicos abonados.
Sin perjuicio de las normas que puedan regular la figura de estudiante a tiempo parcial, los estudiantes que realicen por primera vez su matrícula en el primer curso del plan de estudios correspondiente a un título de Máster Universitario deberán formalizar su matrícula en un mínimo de 30 créditos.
Quedan exceptuados de dicha obligación de matrícula mínima quienes tengan derecho al reconocimiento de asignaturas o créditos, correspondientes a las enseñanzas a las que accede por primera vez, como resultado de la adaptación de asignaturas superadas en la Universidad de Málaga correspondientes a los planes de estudios conducentes al título universitario oficial que se extingue como consecuencia de la implantación de los correspondientes estudios de Máster (dicha adaptación se entenderá solicitada mediante la formalización de la citada matrícula, la cual podrá efectuarse sin necesidad de efectuar preinscripción alguna).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124 de los Estatutos de la Universidad de Málaga, los límites de matriculación derivados del establecimiento de normas de permanencia y progreso de los estudiantes serán únicamente los que, en su caso, determine el Consejo Social de dicha Universidad, previo informe del Consejo de Universidades, de acuerdo con las características de los respectivos estudios.
Las solicitudes de matrícula formuladas fuera de su plazo reglamentario serán resueltas por el Vicerrector de Estudiantes previa consulta al Decano o Director del respectivo centro sobre la incidencia en la organización académica de las enseñanzas.
Las matrículas formalizadas fuera de su plazo reglamentario deberán ser liquidadas por la totalidad de los precios públicos correspondientes, y únicamente generarán el derecho a la prestación de los servicios docentes posteriores al momento de su formalización.
Matriculación de forma presencial en la Secretaría del respectivo Centro de la Universidad de Málaga.
Matriculación de forma telemática a través de la sede electrónica de la Universidad de Málaga (excepto para quienes formalicen su matrícula en centros adscritos a dicha Universidad)
La matriculación de forma presencial se efectuará por el interesado, o representante debidamente acreditado, directamente en las dependencias de la Secretaría del respectivo Centro de la Universidad de Málaga, dentro del correspondiente plazo de matrícula (ver apartado “Plazos” -clic aquí-) en horario de 9 a 14 horas.
La matrícula se formalizará mediante documento elaborado por funcionario de la citada Secretaría y suscrito por el interesado, a partir de la información facilitada y la documentación aportada por éste (ver apartado “Documentación a aportar” -clic aquí-). En dicho documento constarán las asignaturas matriculadas (ver apartado “Asignaturas” -clic aquí-), la liquidación de precios resultantes y la forma de pago elegida (ver apartado “Precios Públicos” -clic aquí-).
El citado funcionario entregará al interesado un ejemplar del mencionado documento, debidamente diligenciado, como credencial de la matrícula formalizada, condicionada al pago de los correspondientes precios públicos y, en su caso, a la entrega de la documentación pendiente de aportar.
La matriculación de forma telemática se efectuará por el interesado a través de la sede electrónica de la Universidad de Málaga (clic aquí), entre las 9’00 horas del primer día del respectivo plazo de matrícula y las 14’00 horas del último día de éste (ver apartado “Plazos” -clic aquí-).
La matrícula se formalizará mediante la cumplimentación por el interesado del correspondiente formulario electrónico, y la aportación, como archivo adjunto (formato PDF o JPG), de la documentación exigida. La citada cumplimentación incorporará las asignaturas matriculadas (ver apartado “Asignaturas” -clic aquí-), la liquidación de precios resultantes y la forma de pago elegida (ver apartado “Precios Públicos” -clic aquí-), y exigirá la identificación electrónica del interesado mediante Documento Nacional de Identidad Electrónico, Certificado de Usuario expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, o, en su caso, a través de las claves de usuario utilizadas en el procedimiento de preinscripción a través del Distrito Universitario Único de Andalucía.
La Universidad de Málaga remitirá al interesado, a la dirección de correo electrónico indicada por éste, un documento en formato PDF como credencial de la matrícula formalizada, condicionada al pago de los correspondientes precios públicos y, en su caso, a la entrega de la documentación pendiente de aportar.
Copia del Documento Nacional de Identidad, o Pasaporte (para estudiantes de nacionalidad española) o del Pasaporte o el Número de Identificación de Extranjero (para estudiantes de nacionalidad no española).
Una fotografía tamaño carné (para constancia en el expediente académico y expedición del carné de estudiante) –la identificación de la fotografía se efectuará haciendo constar el nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad en el dorso –cuando se entregue en formato papel- o el número del Documento Nacional de Identidad en la denominación del archivo –cuando se entregue en formato electrónico-)
Impreso de datos para su uso estadístico por el Consejo de Universidades, debidamente cumplimentado (ver impreso nº 1 del apartado “Anexos”)
Copia del título alegado para el acceso a los correspondientes estudios de Máster, o del resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos para su expedición.
Por los estudiantes que hayan solicitado la beca de carácter general y de movilidad para el curso 2009/2010 convocada por el Ministerio de Educación: deberán presentar, en el momento de formalización de la matrícula, los correspondientes impresos, debidamente cumplimentados y acompañados de la documentación que, en su caso, proceda.
Por los beneficiarios de exenciones o reducciones de precios públicos por servicios universitarios, o los colectivos sujetos a procedimientos especiales de pago de dichos precios: deberán presentar en el momento de formalización de la matrícula los documentos (o el resguardo de haber solicitado su expedición) que se indican en el apartado “Precios Públicos” -clic aquí-, acreditativos de poseer a fecha 1 de octubre de 2009 la citada condición de beneficiario, o de pertenencia a dichos colectivos. Quienes presenten el resguardo de haber solicitado la expedición del correspondiente documento acreditativo de la condición de beneficiario alegada, deberán entregar dicho documento con anterioridad al día 31 de diciembre de 2009.
Por los alumnos que precisen alguna atención especial por razón de discapacidad o de salud: podrán alegar tal circunstancia mediante escrito dirigido al Decano/Director del respectivo centro.
Por los alumnos que deseen incorporar prestaciones financieras a su carné como estudiante: deberán presentar en la respectiva Secretaría el impreso que figura como anexo nº 3 del apartado “Impresos” (el correspondiente a la entidad financiera elegida), debidamente cumplimentado.
Quienes formalicen su matrícula por el procedimiento presencial deberán presentar la documentación en soporte papel, y quienes la formalicen por el procedimiento telemático deberán hacerlo en soporte electrónico, como archivos adjuntos al formulario de solicitud (sin perjuicio de la presentación de los correspondientes documentos originales que, en su caso, les puedan ser posteriormente requeridos para su cotejo y compulsa).
Primera adjudicación de la fase 1: |
17 al 30 de julio |
Segunda adjudicación de la fase 1: |
18 al 28 de septiembre |
Primera adjudicación de la fase 2: |
18 al 28 de septiembre |
Segunda adjudicación de la fase 2: |
1 al 5 de octubre |
Única adjudicación de la fase 3: |
20 al 26 de octubre |
Plazo único: |
18 al 28 de septiembre |
Apertura del expediente académico del alumno: deberán abonar los correspondientes precios la totalidad de los alumnos que formalicen su matrícula por primera vez en el respectivo Centro y titulación. A estos efectos, los alumnos que acceden a un itinerario conducente a una “doble titulación” deberán abonar los precios correspondientes a la apertura de su expediente académico en cada una de las dos titulaciones.
Expedición de la Certificación Académica Oficial de haber superado las Pruebas de Selectividad y/o el COU; o las Pruebas de Acceso para Mayores de 25 años; en la Universidad de Málaga: únicamente deberán abonar los correspondientes precios, quienes hayan realizado, en el Distrito Universitario de Málaga, las Pruebas de Selectividad y/o el COU; o las Pruebas de Mayores de 25 años; Y SEA LA PRIMERA VEZ QUE SE MATRICULAN EN UN CENTRO UNIVERSITARIO.
Expedición o actualización del "Carné de Estudiante": deberán abonar los correspondientes precios, la totalidad de los alumnos que formalicen su matrícula, en concepto de expedición o actualización del carné. La confección del carné de estudiante se realizará con la colaboración de la entidad financiera que el alumno haya indicado expresamente, o en su defecto con aquella en la que efectúe el pago de los precios públicos por matrícula. No será necesario cumplimentar ningún impreso adicional para la expedición del carné de estudiante, salvo que se desee incorporar a éste prestaciones financieras en cuyo caso se deberá cumplimentar el impreso nº 3 del apartado “Anexos” -clic aquí- (el correspondiente a la entidad elegida) y entregarlo en la respectiva Secretaría.
Los interesados podrán retirar su carné de estudiante en la Secretaría o Conserjería de su respectivo Centro, en el plazo de un mes a contar desde la fecha en que hayan efectuado el pago de los precios públicos correspondientes a la matrícula efectuada (pago único o primer plazo de pago aplazado). Para cualquier información o reclamación al respecto, los interesados pueden dirigirse a la Sección de Alumnos (Aulario 5 –Campus Universitario Teatinos-).
Precio por las prestaciones del "Seguro Escolar":
Se encuentran incluidos en el campo de aplicación del Seguro Escolar todos los estudiantes matriculados que cumplan los siguientes requisitos:
Tener menos de 28 años, si bien el Seguro Escolar cubrirá todo el año escolar en el que el estudiante cumpla dicha edad.
Ser español, o extranjero que resida legalmente en España.
Haber abonado la cuota correspondiente del Seguro Escolar.
El “seguro escolar” proporciona la cobertura de los riesgos por accidente escolar, infortunio familiar, o enfermedad, en los términos previstos en la normativa vigente al respecto.
En las oficinas de la Seguridad Social en Málaga (C./ Huéscar, 4 ó C./ Esperanto, 1) se puede obtener una mayor información sobre las condiciones y prestaciones del Seguro Escolar; y en la Clínica de la Encarnación (C./ Fernández Alarcón, 2 –frente Hospital Carlos Haya-) se puede obtener la correspondiente asistencia sanitaria.
Precio por las prestaciones del Seguro de Accidentes “Cum Laude" (con carácter voluntario).![]()
Con carácter complementario al Seguro Escolar, los estudiantes que lo deseen podrán contratar el seguro de accidentes personales “Cum Laude”, ofertado por la Compañía Asegurado ACE Europe, por un importe de 10,52 euros. Para ello, deberán manifestar dicho deseo en el momento de la formalización de su matrícula, al objeto de incorporar el citado importe junto a la liquidación de precios públicos correspondientes y de que así conste el documento de matrícula.
Las garantías cubiertas y las sumas aseguradas, así como el resto de la información, pueden consultarse en la correspondiente póliza que se encuentra depositada en la Secretaría General de la Universidad de Málaga, y reproducida en la página web de dicha universidad, junto con el texto de la presente Guía.
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Euros |
Por Servicios Docentes: |
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27,10 |
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31 |
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41 |
Por Servicios Administrativos: |
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5,2 |
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54 |
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24 |
Por Seguro Escolar: |
1,12 |
Resolución o certificado expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Personal de la Universidad de Málaga. Quienes a fecha 1 de octubre de 2009 posean la condición de personal docente e investigador de la Universidad de Málaga, tanto funcionarios de cuerpos docentes universitarios (de carrera o interinos) como contratados que reciban sus retribuciones con cargo al capítulo I del Presupuesto de la Universidad de Málaga, con dedicación a tiempo completo, o personal de administración y servicios, tanto funcionarios (de carrera o interinos) como contratados en cualquiera de las figuras previstas en el correspondiente Convenio Colectivo, con dedicación a tiempo completo, que perciban sus retribuciones con cargo al citado capítulo I del Presupuesto, estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes y derechos de examen correspondientes a asignaturas en los que se matriculen por primera vez, debiendo aportar para ello certificado acreditativo de poseer dicha condición a la mencionada fecha, expedido por el órgano competente de la Universidad de Málaga.
Estarán igualmente exentos de efectuar el citado pago, los cónyuges, parejas de hecho, e hijos menores de 28 años del personal de la Universidad de Málaga citado en el párrafo inmediato anterior, incluidos sus viudos y huérfanos, debiendo aportar para ello documento acreditativo del parentesco o relación.
Asimismo, los colectivos citados en los dos párrafos inmediatos anteriores del presente apartado, serán beneficiarios de ayuda al estudio para atender, por una sola vez, el importe de los precios públicos por servicios docentes en asignaturas en los que se matriculen por primera vez, en centros oficiales de cualquier otra Universidad pública española, siempre y cuando dichos estudios no se impartan en la Universidad de Málaga o no hayan obtenido plaza para el ingreso en el correspondiente centro de la misma.
La citada exención o subvención no podrá exceder del número total de créditos exigidos para la obtención del respectivo título.
Los trabajadores, a tiempo parcial, que no tengan actividad retribuida fuera de la Universidad de Málaga, tendrán los mismos derechos que los trabajadores, a tiempo completo, de manera proporcional en función del tiempo trabajado.
Los estudiantes que formalicen su matrícula con anterioridad al día 6 de octubre de 2009, podrán optar por efectuar el pago de la totalidad de los precios públicos en un solo plazo, con anterioridad al día 1 de noviembre de 2009, o en dos plazos, el primero con anterioridad al día 1 de noviembre de 2009 y el segundo durante la segunda quincena del mes de diciembre de 2009.
Los estudiantes que formalicen su matrícula con posterioridad al día 5 de octubre de 2009, podrán optar, en su caso, por efectuar el pago de la totalidad de los precios públicos en un solo plazo, con anterioridad al día 1 de diciembre de 2009, o en dos plazos, el primero con anterioridad al día 1 de diciembre de 2009 y el segundo durante la segunda quincena del mes de diciembre de 2009.
Los estudiantes que hayan solicitado la beca de carácter general y de movilidad, convocada por el Ministerio de Educación, únicamente deberán abonar, en un solo plazo, con anterioridad al día 1 de noviembre de 2009 (o en su caso con anterioridad al día 1 de diciembre de 2009), los precios públicos por servicios administrativos, hasta tanto se resuelva dicha solicitud. No obstante, la Universidad de Málaga podrá reclamar cautelarmente el pago del importe total de la matrícula a los estudiantes a quienes se les haya tenido que reclamar documentación correspondiente a su solicitud de beca por no haberla aportado en su plazo reglamentario.
En ningún caso podrán fraccionarse los pagos correspondientes a matrículas cuyo importe únicamente contemple los precios correspondientes a servicios administrativos y/o seguro escolar.
Las matrículas efectuadas fuera de su plazo reglamentario, las ampliaciones de matrículas y, en su caso, las adecuaciones de las realizadas por alumnos que han cursados estudios en otras universidades dentro de programas o convenios de movilidad, realizadas a partir del día 1 de enero de 2010 deberán ser abonadas en un único plazo, dentro de los dos días hábiles (sin contar sábados, domingos ni festivos) inmediatos siguientes al de su formalización. De no efectuarse el mencionado abono, se entenderá producido el desistimiento de la correspondiente solicitud.
De forma directa en cualquiera de las oficinas de Unicaja o del Banco de Santander, en España, mediante la presentación de la credencial de matrícula entregada (modalidad presencial) o remitida (modalidad telemática) por la Universidad de Málaga al interesado (ver apartado “Procedimiento a seguir”).
A través de la red de cajeros automáticos de Unicaja o la red de cajeros 4B, mediante la utilización del documento citado en el apartado anterior.
A través de Internet, en la página web de Unicaja: www.univia.es siguiendo las instrucciones que en la misma se indican.
A través de Internet, en la página web del Banco de Santander: www.gruposantander.com siguiendo las instrucciones que en la misma se indican.
A través del Servicio de Banca Telefónica del Banco de Santander: Súper línea: 902 24 24 24 (sólo para clientes del Banco de Santander).
Mediante domiciliación bancaria.
Quienes opten por el pago mediante domiciliación bancaria deberán comunicarlo a la Universidad de Málaga en el momento de formalización de la matrícula, con independencia de la modalidad en que ésta se efectúe. Asimismo, deberán entregar en la respectiva Secretaría, con anterioridad al segundo día hábil inmediato siguiente al de la finalización de su respectivo plazo de matrícula , el impreso de domiciliación bancaria que le generarán en dicha Secretaría de acuerdo con los datos facilitados, y que, debidamente cumplimentado, tiene el carácter de autorización del titular de la cuenta bancaria a que la Universidad de Málaga ponga al cobro los recibos correspondientes en cualquiera de las fechas comprendidas dentro del respectivo plazo de pago. No podrá utilizarse el sistema de domiciliación bancaria para efectuar los pagos correspondientes a matrículas de alumnos a quienes se les haya denegado su solicitud de beca, o se les haya solicitado cautelarmente dichos pagos.
La devolución como impagado de un recibo por el sistema de domiciliación bancaria supondrá para el interesado la imposibilidad de volver a utilizar dicho sistema como forma de pago, en su caso, en el mismo curso académico.
De acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente, la Universidad de Málaga entenderá que el impago, dentro de su respectivo plazo, de cualquiera de los precios que hubiese procedido abonar, supone el desistimiento por parte del interesado de la matrícula efectuada y, en consecuencia, procederá al archivo de la matrícula con la consiguiente pérdida de la correspondiente condición de estudiante y de los derechos que ésta conlleva, así como de las cantidades ingresadas hasta el momento, y así se lo notificará a los interesados. No obstante, ante la posibilidad de existencia de errores en la información facilitada por las entidades bancarias, la Universidad de Málaga establecerá con carácter previo a la citada notificación un período de quince días para que los interesados puedan presentar alegaciones al respecto. La apertura del citado período de alegaciones se efectuará mediante publicación en los tablones de anuncios de los respectivos Centros dentro de los cinco días siguientes a la finalización de los diferentes plazos oficiales de pago.
Quienes deseen recuperar la solicitud de matrícula efectuada en un curso académico, que se encuentre archivada al haberse producido su desistimiento como consecuencia del impago de los correspondientes precios públicos o de la no aportación de la documentación requerida, deberán dirigirse a la Secretaría de su respectivo Centro para consultar la posibilidad de efectuar dicha recuperación.
Las mencionadas Secretarías podrán autorizar la citada recuperación, la cual se producirá en el plazo de dos días hábiles a contar desde la fecha en que se efectúe el pago adeudado, o en el día hábil inmediato siguiente a aquel en el que se presente la correspondiente documentación, siempre que en ambos casos no se supere la fecha del 15 de mayo de 2010.
Con posterioridad a la citada fecha del 15 de mayo de 2010, corresponderá a la Secretaría General de la Universidad de Málaga resolver las correspondientes solicitudes de recuperación de matrículas archivadas por desistimiento.
Los estudiantes podrán solicitar la devolución de precios por renuncia, total o parcial, de sus matrículas (ver apartado “Renuncia de matrícula”), o por causa de supresión de matrícula (ver apartado “Modificación de matrícula”), mediante escrito dirigido a la Rectora de la Universidad de Málaga, indicando las causas que motivan la petición. En cualquier caso, dichas causas deben ser sobrevenidas a la finalización del plazo de modificación de la matrícula, o de imposible conocimiento por el interesado en dicho momento, y haber surgido con una anterioridad no superior a un mes a contar desde el momento en que se efectúe la citada solicitud.
La concesión de las solicitudes de devolución de precios por renuncia de matrícula afectará exclusivamente a los precios públicos abonados en concepto de servicios docentes, y el importe a devolver, en su caso, será el resultante de deducir la parte proporcional correspondiente a los servicios prestados hasta el momento en que se haya presentado la solicitud de anulación, de acuerdo con el respectivo Calendario Académico Oficial.
La supresión de matrícula de las asignaturas no impartidas por causa imputable a la Universidad de Málaga.
La supresión de matrícula de las asignaturas que resulten reconocidas por convalidación, adaptación o equivalencia en el curso académico de referencia y no hayan sido objeto de evaluación y calificación.
La ampliación de matrícula para las asignaturas cuyo reconocimiento por convalidación, adaptación o equivalencia haya sido solicitado y denegado en el curso académico de referencia.
La ampliación de matrícula de asignaturas, cuando se haya producido la supresión de al menos el 50% de las asignaturas matriculadas en el curso académico de referencia.
La resolución de las solicitudes deberá producirse en el plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de presentación de las mismas.
Las matrículas formalizadas como resultado de una solicitud de ampliación deberán ser liquidadas por la totalidad de los precios públicos correspondientes y únicamente generarán el derecho a la prestación de los servicios docentes posteriores al momento de su formalización.
El impago, dentro de su respectivo plazo, de los precios públicos correspondientes a las ampliaciones de matrícula concedidas será entendido como desistimiento de la solicitud de ampliación, y se procederá al archivo de la misma, sin que ello conlleve efectos en relación al resto de la matrícula formalizada y abonada por el alumno solicitante.
El impago de los correspondientes precios públicos, o la no aportación de la documentación exigida, en sus respectivos plazos, producirán el desistimiento de la solicitud de matrícula y su correspondiente archivo, con la consiguiente pérdida de la condición de estudiante matriculado y sus correspondientes derechos.
La Universidad de Málaga notificará a los interesados la conclusión del procedimiento por desistimiento de sus solicitudes de matrícula, mediante escrito individual remitido a sus respectivos domicilios. No obstante, en el caso de desistimientos que tengan como fundamento el impago de los precios públicos, y ante la posibilidad de existencia de errores en la información facilitada por las entidades bancarias, la Universidad de Málaga establecerá con carácter previo a la citada notificación un período de quince días para que los interesados puedan presentar alegaciones al respecto. La apertura del citado período de alegaciones se efectuará mediante publicación en los tablones de anuncios de los respectivos Centros dentro de los cinco días siguientes a la finalización de los diferentes plazos oficiales de pago.
Quienes deseen recuperar la solicitud de matrícula efectuada en un curso académico, que se encuentre archivada al haberse producido su desistimiento como consecuencia del impago de los correspondientes precios públicos o de la no aportación de la documentación requerida, deberán dirigirse a la Secretaría de su respectivo Centro, para consultar la posibilidad de efectuar dicha recuperación.
Las mencionadas unidades administrativas podrán autorizar la citada recuperación, la cual se producirá en el plazo de dos días hábiles a contar desde la fecha en que se efectúe el pago adeudado, o en el día hábil inmediato siguiente a aquel en el que se presente la correspondiente documentación, siempre que en ambos casos no se supere la fecha del 15 de mayo de 2010.
Con posterioridad a la citada fecha del 15 de mayo de 2010, corresponderá a la Secretaría General de la Universidad de Málaga resolver las correspondientes solicitudes de recuperación de matrículas archivadas por desistimiento.
INFORMACIÓN SOBRE REQUISITOS Y CONTENIDOS DEL PLAN DE ESTUDIOS |
AsignaturasOfertadas(Códigos) |
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ARTE Y HUMANIDADES |
||
| Facultad de Filosofía y Letras | ||
Máster en Estudios Ingleses y Comunicación Multilingüe e Intercultural |
Facultad de Filosofía y Letras | |
Máster en Gestión del Patrimonio Literario y Lingüístico Español |
Facultad de Filosofía y Letras | |
| Facultad de Filosofía y Letras | ||
Máster en Estudios Superiores de Lengua Española: Investigación y Aplicaciones |
Facultad de Filosofía y Letras | |
| Facultad de Filosofía y Letras | ||
Máster Análisis Geográfico en la Ordenación del Territorio: Tecnologías de Información Geográfica |
Facultad de Filosofía y Letras | |
CIENCIAS SOCIALES Y JURIDICAS |
||
Máster en Políticas y Prácticas de Innovación Educativa para la Sociedad del Conocimiento |
Facultad de Ciencias de la Educación | |
Facultad de Ciencias de la Educación (UMA) Interuniversitario |
||
Máster en Cultura de Paz, Conflictos, Educación y Derechos Humanos |
Facultad de Ciencias de la Educación (UMA) Interuniversitario |
|
| Facultad de Derecho | ||
| Facultad de Derecho | ||
| Facultad de Derecho | ||
| Facultad de Derecho | ||
| Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales | ||
Máster en Cooperación Internacional y Políticas de Desarrollo |
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales | |
| Facultad de Psicología | ||
| Escuela Universitaria de Turismo | ||
| Facultad de Ciencias de la Comunicación (UMA) Interuniversitario | ||
CIENCIAS DE LA SALUD |
||
Máster en Cuidados Integrales de Enfermería en Procesos Nefrológicos |
Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud | |
Máster en Cuidados Integrales de Enfermería en Situaciones Críticas y Urgencias en el Adulto |
Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud | |
Máster en Nuevas Tendencias de Investigación en Ciencias de la Salud |
Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud | |
Facultad de Psicología |
||
Facultad de Psicología |
||
| Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud | ||
| Facultad de Medicina | ||
Máster en Economía de la Salud, Gestión Sanitaria y Uso Racional del Medicamento |
Facultad de Medicina | |
CIENCIAS |
||
| Facultad de Ciencias | ||
Máster en Química Avanzada. Preparación y Caracterización de Materiales |
Facultad de Ciencias | |
| Facultad de Ciencias | ||
| Facultad de Ciencias | ||
| Facultad de Ciencias | ||
Facultad de Ciencias (UMA) Interuniversitario |
||
INGENIERÍA Y ARQUITECTURA |
||
| E.T.S. Ingenieros Industriales | ||
| E.T.S. Ingeniería Informática | ||
| E.T.S. Ingeniería Informática | ||
| E.T.S. Ingeniería Telecomunicación | ||
| E.T.S. Ingeniería Telecomunicación | ||
| Escuela Universitaria Politécnica | ||
E.T.S. ingeniería de Telecomunicación |
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Escuela Universitaria Politécnica (UMA) Interuniversitario |
||
MULTIDISCIPLINAR |
||
Máster en Gestión de Riesgos Laborales, Calidad y Medio Ambiente |
Oficina de Posgrado. | |
Oficina de Posgrado. En caso de matriculación presencial click aqui. |
||
Calendario Académico Oficial del curso 2009/2010.
Requisitos de matriculación para la obtención de beca.
Régimen de reconocimiento de estudios.