Curso Académico 2012-2013
Indice:
- ¿Cómo puedo matricularme?
- ¿De qué puedo o debo matricularme?
- ¿Incluye mi matrícula la asignación de grupos de docencia?
- ¿Cuándo puedo matricularme?
- ¿Qué documentación debo aportar?
- ¿Cómo y cuándo debo aportar la documentación?
- ¿Qué ocurre si no entrego los documentos requeridos?
- ¿Cuánto debo pagar por mi matrícula?
- ¿Cómo y cuándo debo efectuar el pago de mi matrícula?
- ¿Qué ocurre si no pago la matrícula?
- ¿Puedo recuperar la matrícula archivada?
- ¿Puedo modificar mi matrícula?
- ¿Qué derechos comporta la matrícula efectuada?
- ¿Puedo recuperar los precios públicos abonados?
- ¿Debo obtener unos resultados académicos mínimos?
- ¿Tengo algún límite temporal para finalizar los estudios?
1. ¿Cómo puedo matricularme?
En la Universidad de Málaga existen los dos siguientes procedimientos para la matriculación de estudiantes, pudiendo los interesados optar libremente por cualquiera de ambos (salvo los estudiantes de nuevo ingreso en segundos ciclos de títulos en proceso de extinción, y los estudiantes que van a participar en programas de movilidad, que deberán obligatoriamente utilizar el procedimiento presencial):
Procedimiento electrónico:
Los interesados deberán acceder a la dirección electrónica que a continuación se menciona, en función de los respectivos estudios a matricular, y seguir las instrucciones que en ella se indican. Una vez finalizado el procedimiento se remitirá al interesado, por medios electrónicos, el correspondiente documento de formalización de la matrícula:
Para títulos de Graduado o Máster Universitario:
Deberá acceder a la dirección electrónica www.uma.es
Para títulos de Diplomado, Ingeniero Técnico, Licenciado, Ingeniero Técnico o Arquitecto (en proceso de extinción):
Deberá acceder a la dirección electrónica www.uma.es
Procedimiento presencial:
Los interesados deberán personarse en la Secretaría del citado Centro de la Universidad de Málaga, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, dentro del correspondiente plazo de matrícula que se indica en el apartado 4, y efectuar las siguientes actuaciones:
- Seleccionar las asignaturas que desea matricular, de entre las que figura en el respectivo plan de estudios, y con arreglo a las previsiones de éste, y comunicar al correspondiente funcionario los códigos de dichas asignaturas (consultar el Anexo A).
Los estudiantes que van a participar en programas de movilidad podrán formalizar matrícula en conjuntos de créditos no vinculados a asignaturas concretas del plan de estudios, de acuerdo con el respectivo “Compromiso Previo de Reconocimiento”, en concepto de actividades formativas regladas.
- Aportar la correspondiente documentación que se indica en el apartado 5.
Con la información facilitada, la citada Secretaría elaborará inmediatamente un documento en el que constará la relación de las asignaturas (o conjunto de créditos) matriculadas, el importe de los precios públicos a abonar y los plazos en que debe hacerlo. Un ejemplar de dicho documento, firmado por el interesado, quedará en poder de la Secretaría, como justificante de su solicitud, y otro, debidamente diligenciado por dicha Secretaría, se le entregará como justificante de la formalización de su matrícula.
En cualquiera de ambos procedimientos, tanto el presencial como el electrónico, la matrícula quedará formalizada de forma condicionada al pago de los respectivos precios públicos y, en su caso, a la aportación de la documentación requerida.
2. ¿De qué puedo o debo matricularme?
Sin perjuicio de los requerimientos de matriculación mínima para la obtención de becas o ayudas al estudio, establecidos por las respectivas convocatorias (consultar Anexo C), los estudiantes deberán matricular el número mínimo de créditos que a continuación se indica en función de los respectivos estudios y de si es la primera vez que formalizan su matrícula en ellos o si, por el contrario, ya estuvieron matriculados en dicho estudios en cursos académicos anteriores; así como si tienen, o no, la condición de estudiante a tiempo parcial (para información sobre la obtención de dicha condición consultar el anexo G):
Para títulos de Graduado o Máster Universitario:
Si es la primera vez que formaliza su matrícula en el respectivo Centro y titulación de la Universidad de Málaga, deberá matricular un mínimo de 60 créditos.
Si ya ha estado matriculado con anterioridad en el mismo Centro y titulación de la Universidad de Málaga, deberá matricular un mínimo de 48 créditos, salvo que le reste un número menor de créditos para finalizar sus estudios, en cuyo caso deberá matricular dicho número.
No obstante, si solicita y obtiene la condición de estudiante a tiempo parcial, podrá suprimir asignaturas matriculadas hasta que el total matriculado sea como mínimo de 30 créditos (consultar apartado 12).
Para títulos de Diplomado, Ingeniero Técnico, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto (en proceso de extinción):
Puede formalizar matrícula en el número de créditos que desee, sin más limitaciones que las que se deriven de los requisitos de orden académico establecidos, en su caso, en los respectivos planes de estudios.
3. ¿Incluye mi matrícula la asignación de grupos de docencia?
La formalización de su matrícula no conlleva la asignación de grupos de docencia. Dicha asignación es efectuada por el Centro organizador de las respectivas enseñanzas, con arreglo al procedimiento y a los criterios que establezca al respecto.
Consecuentemente, la información que se le pueda requerir en el procedimiento de matrícula, relativa a la citada asignación de turnos o grupos de docencia, y que pueda figurar como referencia en el documento de formalización de su matrícula, tiene como única finalidad la de ser facilitada al citado Centro a los efectos de la mencionada asignación.
4. ¿Cuándo puedo matricularme?
Estudiantes de nuevo ingreso en el respectivo Centro y titulación por el procedimiento general de preinscripción (Distrito Único Andaluz):
Si es la primera vez que se matricula en el respectivo Centro y titulación de la Universidad de Málaga, y ha accedido a través del procedimiento general de preinscripción, deberá formalizar su matrícula en los plazos establecidos por la Comisión del Distrito Universitario Único de Andalucía, en función de la correspondiente adjudicación, y que a continuación se indican:
Para títulos de Graduado:
- Matrícula de la 1ª adjudicación (1ª fase): Del 16 al 19 de julio.
- Matrícula de la 2ª adjudicación (1ª fase): Del 23 al 26 de julio.
- Matrícula de la 3ª adjudicación (1ª fase): Del 4 al 6 de septiembre.
- Matrícula de la 4ª adjudicación (1ª fase): Del 10 a 12 de septiembre
- Matrícula de la 5ª adjudicación (1ª fase): Del 17 al 19 de septiembre
- Matrícula de la 1ª adjudicación (2ª fase): Del 28 de septiembre al 2 de octubre.
- Matrícula de la 2ª adjudicación (2ª fase): Del 8 al 10 de octubre.
Para títulos de Máster Universitario:
- Matrícula de la 1ª adjudicación (2ª fase): Del 14 al 17 de septiembre.
- Matrícula de la 2ª adjudicación (2ª fase): Del 26 al 28 de septiembre.
- Matrícula de la 1ª adjudicación (3ª fase): Del 18 al 19 de octubre.
- Matrícula de la 2ª adjudicación (3ª fase): Del 25 al 26 de octubre.
- Matrícula de la última adjudicación de resultas de las tres fases: Del 31 de octubre al 2 de noviembre.
Para títulos de Licenciado e Ingeniero (accesos a segundos ciclos):
- Matrícula de la 1ª adjudicación (1ª fase): Del 14 al 17 de septiembre.
- Matrícula de la 2ª adjudicación (1ª fase): Del 20 al 24 de septiembre.
- Matrícula de la 1ª adjudicación (2ª fase): Del 4 al 8 de octubre.
- Matrícula de la 2ª adjudicación (2ª fase): Del 11 al 16 de octubre.
Estudiantes de nuevo ingreso en el respectivo Centro y titulación por el procedimiento de admisión para estudiantes con estudios universitarios españoles o extranjeros convalidables (traslado de expediente)
Si es la primera vez que se matricula en el respectivo Centro y titulación de la Universidad de Málaga, y ha accedido a través del procedimiento de admisión para estudiantes con estudios universitarios españoles o extranjeros convalidables por al menos 30 créditos, deberá formalizar su matrícula en el siguiente plazo:
- Del 10 al 28 de septiembre.
Si es la primera vez que se matricula en el respectivo Centro y titulación de la Universidad de Málaga, y ha accedido a través del procedimiento de admisión para estudiantes con estudios universitarios extranjeros convalidables en aplicación de Convenios de Colaboración (Universidades de Sichuan y Wuhan), deberá formalizar su matrícula en el siguiente plazo:
- Del 16 al 20 de julio.
Estudiantes de nuevo ingreso en el correspondiente Centro y titulación por el procedimiento de admisión por adaptación desde el respectivo título en proceso de extinción
Si es la primera vez que se matricula en el respectivo Centro y titulación de la Universidad de Málaga, y ha accedido a través del procedimiento de admisión por adaptación desde el respectivo título de la Universidad que se encuentra en proceso de extinción, deberá formalizar su matrícula en el siguiente plazo de forma condicionada a la capacidad de admisión tras la finalización del proceso de matrícula:
- Del 10 al 28 de septiembre.
Estudiantes ya matriculados anteriormente en el respectivo Centro y titulación:
Si ya ha estado matriculado anteriormente en el respectivo Centro y titulación, y no ha traslado su expediente académico a otro centro universitario ni ha finalizado los correspondientes estudios, deberá formalizar su matrícula en los plazos que a continuación se indican en función de los estudios a matricular y de las circunstancias que se mencionan:
Para títulos de Graduado:
Si se utiliza el procedimiento electrónico:
- Para estudiantes cuyo primer apellido se encuentre comprendido entre OBALLE y ACOSTA:
- Del 10 al 14 de septiembre.
- Para estudiantes cuyo primer apellido se encuentre comprendido entre ADALID y GARCIA:
- Del 17 al 21 de septiembre.
- Para estudiantes cuyo primer apellido se encuentre comprendido entre GARFATH y NWEKE:
- Del 24 al 28 de septiembre.
Quienes no formalicen la matrícula dentro de su respectivo plazo (10 al 14 ó 17 al 21 de septiembre) podrán hacerlo entre el 24 y el 28 de septiembre.
Si se utiliza el procedimiento presencial:
- Del 10 al 28 de septiembre.
(En el caso de estudiantes que han sido admitidos en un Programa de Movilidad para el curso 2012/2013 cuyo inicio es anterior al 5 de septiembre de 2012, la matrícula se formalizará por el procedimiento presencial en el plazo del 16 al 26 de julio)
Para títulos de Máster Universitario:
- Del 10 al 28 de septiembre.
Para títulos de Diplomado, Ingeniero Técnico, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto (en proceso de extinción):
Si ha sido admitido en un Programa de Movilidad para el curso 2012/2013 cuyo inicio es anterior al 5 de septiembre de 2012 (exclusivamente por procedimiento presencial)
- Del 16 al 26 de julio.
Si se encuentra en cualquiera otra situación distinta a las anteriores:
- Del 10 al 28 de septiembre.
Las solicitudes de matrícula formuladas fuera de su plazo reglamentario serán resueltas por el Secretario General (o por el Vicerrector de Estudiantes para el caso de estudiantes de nuevo ingreso) previa consulta al Decanato o Dirección del respectivo Centro sobre la posible incidencia en la organización académica de las enseñanzas.
Las matrículas formalizadas fuera de su plazo reglamentario deberán ser liquidadas por la totalidad de los precios públicos correspondientes, y únicamente generarán el derecho a la prestación de los servicios docentes posteriores al momento de su formalización.
5. ¿Qué documentación debo aportar?
En función de cuál sea su situación académica de entre las que a continuación se relacionan, deberá aportar la documentación que para ella se indica:
- Estudiantes de nuevo ingreso en la respectiva titulación de Graduado/a por la Universidad de Málaga, que NO han iniciado anteriormente estudios universitarios, y han accedido por preinscripción (distrito único andaluz):
Deben aportar la documentación indicada en los apartados A), B), C) y E) que a continuación se relacionan.
- Estudiantes de nuevo ingreso en la respectiva titulación de Graduado/a por la Universidad de Málaga, que han accedido por adaptación desde la correspondiente titulación de la Universidad de Málaga en proceso de extinción:
Deben aportar la documentación indicada en el apartado E) que a continuación se relaciona.
- Estudiantes de nuevo ingreso en la respectiva titulación de Graduado/a por la Universidad de Málaga, que han iniciado anteriormente estudios universitarios sin finalizarlos, y han accedido por preinscripción (distrito único andaluz) o por el proceso de admisión para estudiantes con estudios universitarios españoles parciales (traslado de expediente)
Deben aportar la documentación indicada en los apartados A), B), D) y E) que a continuación se relacionan.
- Estudiantes de nuevo ingreso en la respectiva titulación de Graduado/a por la Universidad de Málaga, que han accedido por el proceso de admisión para estudiantes con estudios universitarios extranjeros, parciales o totales no homologados.
Deben aportar la documentación indicada en los apartados A), B) y E) que a continuación se relacionan.
- Estudiantes de nuevo ingreso en la respectiva titulación de Máster Universitario por la Universidad de Málaga, que han accedido por preinscripción (distrito único andaluz):
Deben aportar la documentación indicada en los apartados A), B), C) y E) que a continuación se relacionan.
- Estudiantes de nuevo ingreso en la respectiva titulación de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto por la Universidad de Málaga, que han iniciado anteriormente estudios universitarios sin finalizarlos, y han accedido por el proceso de admisión para estudiantes con estudios universitarios españoles parciales:
Deben aportar la documentación indicada en los apartados A), B), D) y E) que a continuación se relacionan.
- Estudiantes ya matriculados anteriormente en la respectiva titulación de Graduado/a, Máster Universitario, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto por la Universidad de Málaga:
Deben aportar la documentación indicada en el apartado E) que a continuación se relaciona.
Además, si alega poseer alguna causa de exención o bonificación de precios públicos, deberá aportar el correspondiente documento acreditativo de acuerdo con lo indicado en el punto nº 8 siguiente, o resguardo acreditativo de haberlo solicitado.
Documentación:
- A) Fotocopia (y original para su cotejo) de uno de los siguientes documentos acreditativos de la identidad, según la nacionalidad del estudiante:
- Documento Nacional de Identidad o Pasaporte (para estudiantes de nacionalidad española y para nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, no españoles).
- Pasaporte y/o Número de Identificación de Extranjero (para estudiantes de otras nacionalidades.)-la aportación del Número de Identificación de Extranjero será utilizada para acreditar la condición de residente a efectos de determinar el precio público a aplicar (ver anexo B).
- B) Una fotografía tamaño carné (para constancia en el expediente académico y expedición del carné de estudiante) –la identificación de la fotografía se efectuará haciendo constar en el dorso el nombre, apellidos y número del correspondiente documento acreditativo de la identidad- .
- C)Fotocopia (y original para su cotejo) de los documentos que a continuación se indican en función de cual sea la vía de acceso alegada para la admisión:
- Para quienes han alegado haber superado en cualquier Universidad de Andalucía las Pruebas de Acceso para estudiantes que se encuentren en posesión del título de Bachiller:
- Deben aportar
- Título de Bachiller, o resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos para su expedición.
- Deben aportar
- Para quienes han alegado haber superado, en cualquier Universidad española no ubicada en Andalucía, las Pruebas de Acceso para estudiantes que se encuentren en posesión del título de Bachiller:
- Deben aportar:
- Título de Bachiller, o resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos para su expedición.
- Resguardo acreditativo de haber efectuado en la citada Universidad no andaluza el pago de los derechos por la expedición y remisión a la Universidad de Málaga de certificación acreditativa de haber superado en dicha Universidad las correspondientes pruebas de acceso. En el supuesto de que la mencionada Universidad no acceda a efectuar la citada remisión, corresponderá al interesado entregar directamente dicha certificación.
- Deben aportar:
- Para quienes han alegado la reciprocidad de acceso desde sistemas educativos europeos (o de países con convenio):
- Deben aportar:
- Credencial específica expedida por la Universidad Nacional de Educación a Distancia, o resguardo acreditativo de haber solicitado su expedición.
- Deben aportar:
- Para quienes hayan alegado la posesión de un título de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o Técnico Deportivo Superior, y haber superado en una Universidad de Andalucía la fase específica de las Pruebas de Acceso:
- Deben aportar:
- Título de Técnico Superior o Técnico Deportivo Superior, correspondiente, o resguardo acreditativo de haber solicitado su expedición.
- Deben aportar:
- Para quienes hayan alegado la posesión de un título de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o Técnico Deportivo Superior, y haber superado en una Universidad española, no ubicada en Andalucía, la fase específica de las Pruebas de Acceso:
- Deben aportar:
- Título de Técnico Superior o Técnico Deportivo Superior, correspondiente, o resguardo acreditativo de haber solicitado su expedición.
- Resguardo acreditativo de haber efectuado en la citada Universidad no andaluza el pago de los derechos por la expedición y remisión a la Universidad de Málaga de certificación acreditativa de haber superado en dicha Universidad la fase específica de las pruebas de acceso. En el supuesto de que la mencionada Universidad no acceda a efectuar la citada remisión, corresponderá al interesado entregar directamente dicha certificación.
- Deben aportar:
- Para quienes hayan alegado la posesión de un título de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o Técnico Deportivo Superior, sin haber superado la fase específica de las Pruebas de Acceso:
- Deben aportar:
- Título de Técnico Superior o Técnico Deportivo Superior, correspondiente, o resguardo acreditativo de haber solicitado su expedición.
- Deben aportar:
- Para quienes hayan alegado haber superado en una Universidad española, no ubicada en Andalucía, la prueba específica de acceso para personas mayores de veinticinco años:
- Deben aportar:
- Resguardo acreditativo de haber efectuado en la citada Universidad no andaluza el pago de los derechos por la expedición y remisión a la Universidad de Málaga de certificación acreditativa de haber superado en dicha Universidad las correspondientes pruebas específicas de acceso para mayores de veinticinco años. En el supuesto de que la mencionada Universidad no acceda a efectuar la citada remisión, corresponderá al interesado entregar directamente dicha certificación
- Deben aportar:
- Para quienes hayan alegado la posesión de un título universitario oficial español de Graduado, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o título declarado equivalente:
- Deben aportar:
- Título universitario oficial correspondiente, o resguardo acreditativo de haber solicitado su expedición.
- Deben aportar:
- Para quienes hayan alegado la posesión de un título universitario oficial extranjero:
- Deben aportar:
- Título universitario oficial correspondiente, o resguardo acreditativo de haber solicitado su expedición.
- Certificación del respectivo expediente académico (sólo para quienes acceden a títulos de Máster Universitario)
- Documento emitido por organismo oficial del respectivo país, que acredite que el mencionado título faculta en dicho país para cursar estudios de posgrado (sólo para quienes acceden a títulos de Máster Universitario)
- Si dichos documentos se encuentran expedidos en un idioma distinto al castellano deben ir acompañados de la correspondiente traducción oficial, la cual podrá hacerse por intérprete jurado debidamente autorizado o inscrito en España, por cualquier representación diplomática o consular del Estado Español en el extranjero, o por la representación diplomática o consular en España del país de procedencia del documento. En el supuesto de que dicho título no corresponda a un país miembro de la Unión Europea, o signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o a Suiza, los citados documentos (título y certificación académica) deberán estar debidamente legalizados por vía diplomática o, en su caso, con arreglo al Convenio de La Haya.
- Deben aportar:
- Para quienes han alegado haber superado en cualquier Universidad de Andalucía las Pruebas de Acceso para estudiantes que se encuentren en posesión del título de Bachiller:
- D) Resguardo acreditativo de haber efectuado el pago en el centro universitario de procedencia de los derechos por la expedición y remisión a la Universidad de Málaga de certificación acreditativa de los estudios universitarios cursados así como del acceso a éstos (traslado de expediente académico), o en defecto de dicha remisión, entrega directa de la citada certificación.
- E)Ficha de datos para la elaboración de la “Estadística Universitaria 2012/2013” debidamente cumplimentado (ver anexo D) (sólo para estudiantes de nuevo ingreso en el respectivo Centro y titulación de la Universidad de Málaga).
Además de lo anterior, y con carácter opcional, quienes se encuentren interesado pueden aportar junto con la documentación para la matrícula la “Solicitud de inscripción en la Plataforma del Voluntariado de la Universidad de Málaga”, debidamente cumplimentada (ver anexo E)
6. ¿Cómo y cuándo debo aportar la documentación?
La documentación debe ser entregada en la Secretaría del respectivo Centro de la Universidad de Málaga. Dicha entrega deberá efectuarse en el mismo momento en que formalice la matrícula si ésta se ha realizado por el procedimiento presencial, o entre los días 1 al 31 de octubre de 2012, si la matrícula se ha efectuado por el procedimiento electrónico.
En el caso de que la documentación aportada, correspondiente a la aplicación de una exención o bonificación de acuerdo con lo indicado en el punto 8, fuese el resguardo justificativo de haber solicitado el documento acreditativo de dicha exención o bonificación, deberá efectuarse la entrega de dicho documento acreditativo (al que se refiere el citado resguardo) con anterioridad al día 31 de diciembre de 2012.
7. ¿Qué ocurre si no entrego los documentos requeridos?
Si Vd. no entrega, en caso de estar obligado a ello, los documentos a los que se refieren los apartados C) o D) del punto 5 anterior, en el plazo en que le son requeridos, se entenderá que desiste de la matrícula formalizada y, en consecuencia, se producirá la finalización del correspondiente procedimiento y el archivo del expediente administrativo. La citada situación le será notificada por la Secretaría del correspondiente Centro de la Universidad de Málaga y supondrá que la respectiva matrícula no ha llegado a efectuarse.
Si, en su caso, el documento que no aporta en su plazo reglamentario es el correspondiente a la aplicación de la exención o bonificación de precios públicos alegada, de acuerdo con lo indicado en el punto 8 siguiente, se procederá a efectuar una nueva liquidación de precios públicos sin la aplicación de la respectiva exención o bonificación, en la modalidad de pago único.
8. ¿Cuánto debo pagar por mi matrícula?
El importe a pagar será la suma de los precios públicos correspondientes a la prestación de los siguientes servicios por parte de la Universidad de Málaga, de acuerdo con las tarifas establecidas para el curso académico 2012/2013 (ver anexo B):
- Por servicios docentes: su importe estará en función al número de créditos de las asignaturas matriculadas y del número de veces en que se haya formalizado matrícula (en el supuesto de asignaturas sin docencia, correspondientes a planes de estudios de títulos en proceso de extinción, para las que únicamente se oferte el derecho a examen, el importe a abonar será el 30% del correspondiente a servicios docentes con un límite de 20 euros por crédito en terceras y cuartas o sucesivas matrículas).
- Por servicios administrativos: apertura de expediente (sólo para quienes formalizan por primera vez su matrícula en el respectivo Centro y titulación la Universidad Málaga) y expedición o actualización del carné de estudiante.
Al citado importe se añadirá la cuota correspondiente al Seguro Escolar, para aquellos estudiantes españoles, o extranjeros que residan legalmente en España, menores de 28 años.
Además, y para aquellos estudiantes que con carácter voluntario quieran adherirse a la póliza de Seguro “Cum Laude”, se sumará la cantidad de 10’52 euros (ver las correspondientes prestaciones en anexo F).
Del importe total se deducirán las cantidades resultantes de aplicar las siguientes exenciones o bonificaciones a quienes acrediten pertenecer, a cualquier fecha comprendida entre el 1 y el 31 de octubre de 2012, a alguno de los colectivos que a continuación se indican:
- Víctimas de actos terroristas, o cónyuges o hijos de éstas: Estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes y por servicios administrativos. La acreditación deberá efectuarse mediante certificado expedido al efecto por el Ministerio del Interior.
- Miembros de Familias Numerosas de Categoría Especial: Estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes y por servicios administrativos. La acreditación podrá efectuarse mediante copia del correspondiente documento acreditativo expedido por la Administración Pública española competente en la materia, o equivalente, o facilitando el Número del Título de Familia Numerosa para que la Universidad de Málaga pueda efectuar la correspondiente gestión ante la Administración Pública competente a los efectos de comprobar la posesión de la citada condición.
- Personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33%:Estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes y por servicios administrativos. La acreditación deberá efectuarse mediante la siguiente documentación según el caso, o facilitando el Número de Expediente de Discapacidad para que la Universidad de Málaga pueda efectuar la correspondiente gestión ante la Administración Pública competente a los efectos de comprobar la posesión de la citada condición:
- Resolución o certificado expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
- Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
- Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- Miembros de Familias Numerosas de Categoría General: estarán exentos de efectuar el pago del 50% de los precios públicos por servicios docentes y por servicios administrativos. La acreditación deberá efectuarse mediante copia del correspondiente “título de familia numerosa” expedido por la Administración Pública española competente en la materia, o equivalente, o facilitando el Número del Título de Familia Numerosa para que la Universidad de Málaga pueda efectuar la correspondiente gestión ante la Administración Pública competente a los efectos de comprobar la posesión de la citada condición.
- Personal de la Universidad de Málaga que perciba sus retribuciones con cargo al capítulo I del Presupuesto de dicha Universidad y tengan dedicación a tiempo completo, o a tiempo parcial pero sin otra actividad retribuida, o se encuentren jubilados, así como sus cónyuges, parejas de hecho e hijos menores de 28 años (incluidos viudos y huérfanos): Estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes correspondientes a las asignaturas en las que se matriculen por primera vez. La correspondiente comprobación se efectuará de oficio por parte de la Universidad de Málaga. En el caso de cónyuges, parejas de hecho e hijos menores de 28 años, se deberá indicar el nombre y apellidos, y nº del DNI, del respectivo miembro del personal de dicha Universidad, así como acreditar la correspondiente relación de parentesco.
- Estudiantes que hayan obtenido “Matrícula de Honor” en la evaluación global del segundo curso del Bachillerato (o en su caso, del COU), o “Premio Extraordinario” de Bachillerato: Estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes correspondientes a las asignaturas matriculadas la primera vez que inicie estudios universitarios. La acreditación deberá efectuarse mediante certificado de dicha evaluación.
- Estudiantes que hayan obtenido en el correspondiente Centro y titulación de la Universidad de Málaga, en el curso académico 2011/2012, la calificación de “Matrícula de Honor”,: Estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes por un importe igual al resultado de multiplicar la tarifa correspondiente a un crédito por el número de créditos de las citadas asignaturas calificadas con “Matrícula de Honor”. No será necesaria su acreditación pues la comprobación se efectuará de oficio por la Secretaría del citado Centro.
Si Vd. ha solicitado la beca de carácter general y de movilidad, del Ministerio de Educación, inicialmente el importe a pagar será únicamente por la prestación de los servicios administrativos, quedando aplazado el pago de los precios públicos por servicios docentes a la resolución de dicha solicitud, en caso de que ésta fuese desestimatoria. No obstante, a partir del 15 de octubre de 2012, la Universidad de Málaga podrá reclamarle cautelarmente el pago de los correspondientes precios por servicios docentes si su solicitud de beca ha sido propuesta para denegación o aún no ha sido resuelta.
9. ¿Cómo y cuándo debo efectuar el pago de mi matrícula?
Al formalizar su matrícula, debe Vd. comunicar si se acoge a la modalidad de pago único o de pago aplazado.
Si se acoge a la modalidad de pago único, deberá efectuarlo con anterioridad al día 1 de noviembre de 2012.
Si se acoge a la modalidad de pago aplazado, deberá efectuar el primer pago con anterioridad al día 1 de noviembre de 2012, y el segundo entre los días 15 y 31 de diciembre de 2012.
En el supuesto de que su matrícula se formalice con posterioridad al día 16 de octubre de 2012, el correspondiente pago deberá efectuarse con anterioridad al día 1 de diciembre de 2012 (en la modalidad de pago único) o el primer pago con anterioridad al día 1 de diciembre de 2012 y el segundo entre los días 15 y 31 de diciembre de 2012 (en la modalidad de pago aplazado)
Puede Vd. efectuar los citados pagos por cualquiera de los siguientes medios:
- Directamente en cualquiera de las oficinas de Unicaja o de Banco Santander mediante el ejemplar del documento de formalización de matrícula que le entregaron en la Secretaría del respectivo Centro de la Universidad de Málaga.
- A través de la red de cajeros automáticos de Unicaja o la red de cajeros 4B.
- De forma electrónica, utilizando la pasarela financiera “UniVía” de Unicaja (https://www.univia.es), o la pasarela “Viapago” (http://web.viapago.es) de Banco Santander, o la que, en su caso, se indique en las instrucciones de ejecución del procedimiento electrónico de matrícula.
- A través del Servicio de Banca Telefónica del Banco Santander: Super línea 902.24.24.24 (sólo para clientes del Banco Santander)
- Mediante domiciliación bancaria. Para ello deberá indicarlo en el momento de formalización de su matrícula, y entregar en la Secretaría del respectivo Centro de Universidad de Málaga el impreso de domiciliación bancaria que le generarán en dicha Secretaría de acuerdo con los datos facilitados por Vd., y que, debidamente cumplimentado, tiene el carácter de autorización del titular de la respectiva cuenta bancaria a que la Universidad de Málaga ponga al cobro los recibos correspondientes en cualquiera de las fechas comprendidas dentro del respectivo plazo de pago. La entrega de dicho impreso debe producirse con anterioridad al día 15 de octubre de 2012, salvo que Vd. formalice su matrícula con posterioridad a dicha fecha, en cuyo caso deberá entregarlo dentro del respectivo plazo de matrícula.
No podrá utilizarse el sistema de domiciliación bancaria para efectuar los pagos correspondientes a matrículas de alumnos que presenten solicitud de beca de carácter general y movilidad del Ministerio de Educación.
La devolución de un recibo por el sistema de domiciliación bancaria supondrá la imposibilidad de volver a utilizar dicho sistema como forma de pago, en su caso, en el mismo curso académico 2012/2013.
10. ¿Qué ocurre si no pago la matrícula?
Si Vd. no efectúa el pago de los correspondientes precios públicos en su respectivo plazo se entenderá que desiste de la matrícula formalizada y, en consecuencia, se producirá la finalización del correspondiente procedimiento y el archivo del expediente administrativo. La citada situación le será notificada por la Secretaría del respectivo Centro de Universidad de Málaga y supondrá que la correspondiente matrícula no ha llegado a efectuarse.
11. ¿Puedo recuperar la matrícula archivada?
Si su matrícula ha sido archivada únicamente como consecuencia del impago de los precios públicos, puede recuperarla mediante el pago de dichos precios, siempre que no se trate de un estudiante de nuevo ingreso cuya respectiva plaza archivada haya sido adjudicada a otro solicitante. A estos efectos, la Universidad de Málaga podrá incrementar la correspondiente cantidad con el importe del interés de demora que corresponda y el recargo de apremio en su caso.
La citada recuperación se efectuará en el plazo de dos días hábiles a contar desde la fecha en que Vd. efectúe dicho pago, y será a partir de dicha fecha cuando resultarán de aplicación los derechos inherentes a la matrícula efectuada.
Si su matrícula ha sido archivada como consecuencia únicamente de no haber aportado la documentación a que se refiere los apartados C) o D) del punto 5 anterior, puede recuperarla mediante la presentación de dicha documentación en la Secretaría del respectivo Centro de la Universidad de Málaga, y sus efectos se producirán desde ese mismo momento.
Con posterioridad al 15 de mayo de 2013 la recuperación de matrículas archivadas debe ser expresamente autorizada mediante resolución del Secretario General de la Universidad de Málaga.
12. ¿Puedo modificar mi matrícula?
Las modificaciones de matrícula consistentes en la supresión o incorporación de asignaturas se efectuarán de acuerdo con las previsiones que a continuación se indican, en función de los títulos a los que afectan y del procedimiento de matriculación utilizado.
Para títulos de Graduado o Máster Universitario:
Si Vd. formalizó su matrícula mediante el procedimiento electrónico, podrá modificarla en los mismos casos y plazos que a continuación se indican para quienes lo hicieron por el procedimiento presencial, y además podrá modificarla libremente, durante cualquiera de los días de su respectivo plazo de matrícula y a través del mismo procedimiento electrónico siempre que aún no haya abonado los respectivos precios públicos.
Si Vd. formalizó su matrícula mediante el procedimiento presencial, únicamente podrá modificarla en los siguientes casos y durante los plazos que para cada uno de ellos se indican:
- Suprimir asignaturas cuyos prerrequisitos no han sido superados en la convocatoria de septiembre de 2012.
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como desistimiento parcial)
- Suprimir asignaturas como consecuencia de haber obtenido la condición de estudiante a tiempo parcial.
(la modificación debe solicitarse dentro de los cinco días hábiles inmediatos siguientes a la notificación de dicha obtención, y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como desistimiento parcial)
- Suprimir asignaturas como consecuencia de renuncia de matrícula.
(la modificación únicamente será posible en matrículas totalmente finalizadas como consecuencia de haber abonado la totalidad de los correspondientes precios públicos y haber aportado la totalidad de la documentación requerida, y para asignaturas en las que a la fecha de la solicitud aún no se hayan elaborado y puesto a disposición del profesorado las respectivas actas de calificaciones)
- Incorporar asignaturas en sustitución de las suprimidas por haber sido superadas en la convocatoria de septiembre de 2012.
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
- Incorporar asignaturas no superadas en la convocatoria de septiembre de 2012.
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
- Incorporar asignaturas cuyos prerrequisitos haya sido superado en la convocatoria de septiembre de 2012.
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
- Incorporar asignaturas en sustitución de las suprimidas por no haber sido superados los respectivos prerrequisitos en la convocatoria de septiembre de 2012.
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
- Incorporar asignaturas cuya convalidación haya sido solicitada en el curso académico 2012/2013 y haya sido denegada (sólo para estudiantes de nuevo ingreso).
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 –para asignaturas anuales o de primer cuatrimestre- o con anterioridad al 15 de febrero de 2013 - –para asignaturas de segundo cuatrimestre- y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
- Incorporar asignaturas en sustitución de las suprimidas de oficio (revocación) al haber sido convalidadas.
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 –para asignaturas anuales o de primer cuatrimestre- o con anterioridad al 15 de febrero de 2013 –para asignaturas de segundo cuatrimestre- y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
- Incorporar asignaturas en sustitución de las suprimidas de oficio (revocación) al no impartirse la docencia por causa imputable a la Universidad de Málaga.
(la modificación debe solicitarse dentro de los quince días hábiles inmediatos siguiente a la notificación de la revocación, y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
- Incorporar la materia “Trabajo Fin de Grado” o “Trabajo Fin de Máster” por quienes en el curso académico 2012/2013 terminen de superar el resto de materias del respectivo plan de estudios.
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de mayo de 2013 y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
Para títulos de Diplomado, Ingeniero Técnico, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto:
Si Vd. formalizó su matrícula mediante el procedimiento electrónico, podrá modificarla en los mismos casos y plazos que a continuación se indican para quienes lo hicieron por el procedimiento presencial, y además podrán modificarla libremente, durante cualquiera de los días de su respectivo plazo de matrícula y a través del mismo procedimiento electrónico siempre que aún no haya abonado los respectivos precios públicos.
Si Vd. formalizó su matrícula mediante el procedimiento presencial, únicamente podrá modificarla en los siguientes casos y durante los plazos que para cada uno de ellos se indican:
- Incorporar asignaturas hasta un máximo de dieciocho créditos en total (o tres asignaturas en el caso de planes de estudios no estructurados en créditos).
(la modificación podrá realizarse con anterioridad al día 15 de mayo de 2013, siempre que no incida negativamente sobre la organización académica de las enseñanzas a juicio del Decanato o Dirección del respectivo Centro, de acuerdo con el calendario que, en su caso, se establezca por el respectivo Centro)
- Suprimir asignaturas cuyos prerrequisitos no han sido superados en la convocatoria de septiembre de 2012.
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como desistimiento parcial)
- Suprimir asignaturas como consecuencia de haber obtenido la condición de estudiante a tiempo parcial.
(la modificación debe solicitarse dentro de los cinco días hábiles inmediatos siguientes a la notificación de dicha obtención, y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como desistimiento parcial)
- Suprimir asignaturas como consecuencia de renuncia de matrícula.
(la modificación únicamente será posible en matrículas totalmente finalizadas como consecuencia de haber abonado la totalidad de los correspondientes precios públicos y haber aportado la totalidad de la documentación requerida, y para asignaturas en las que a la fecha de la solicitud aún no se hayan elaborado y puesto a disposición del profesorado las respectivas actas de calificaciones)
- Incorporar asignaturas en sustitución de las suprimidas por haber sido superadas en la convocatoria de septiembre de 2012.
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
- Incorporar asignaturas no superadas en la convocatoria de septiembre de 2012.
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
- Incorporar asignaturas cuyos prerrequisitos haya sido superado en la convocatoria de septiembre de 2012.
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
- Incorporar asignaturas en sustitución de las suprimidas por no haber sido superados los respectivos prerrequisitos en la convocatoria de septiembre de 2012.
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
- Incorporar asignaturas cuya convalidación haya sido solicitada en el curso académico 2012/2013 y haya sido denegada (sólo para estudiantes de nuevo ingreso).
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 –para asignaturas anuales o de primer cuatrimestre- o con anterioridad al 15 de febrero de 2012 –para asignaturas de segundo cuatrimestre- y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
- Incorporar asignaturas en sustitución de las suprimidas de oficio (revocación) al haber sido convalidadas.
(la modificación debe solicitarse con anterioridad al 15 de octubre de 2012 –para asignaturas anuales o de primer cuatrimestre- o con anterioridad al 15 de febrero de 2012 –para asignaturas de segundo cuatrimestre- y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
- Incorporar asignaturas en sustitución de las suprimidas de oficio (revocación) al no impartirse la docencia por causa imputable a la Universidad de Málaga.(la modificación debe solicitarse dentro de los quince días hábiles inmediatos siguiente a la notificación de la revocación, y será resuelta directamente por la Secretaría del respectivo Centro como ampliación de matrícula)
Cualquier otra modificación distinta de las anteriormente indicadas será resuelta por la Secretaría General de la Universidad de Málaga previa consulta al Decanato o Dirección del respectivo Centro en relación a la incidencia que dicha modificación podría suponer sobre la organización académica de las enseñanzas.
Al efectuar la modificación de la matrícula, se entregará o remitirá al interesado un nuevo documento de formalización de matrícula que recogerá los cambios introducidos y la nueva liquidación de precios públicos resultante. La citada modificación únicamente surtirá efectos si el abono que se efectúa es el correspondiente a dicha nueva liquidación de precios.
Asimismo, la Secretaría del respectivo Centro de la Universidad de Málaga procederá de oficio, en su caso, a efectuar las siguientes modificaciones de matrícula formalizadas en el curso 2012/2013:
- Revocará las matrículas formalizadas en asignaturas no impartidas por causa imputable a la Universidad de Málaga.
- Revocará las matrículas formalizadas en asignaturas superadas, o reconocidas por convalidación o adaptación en el curso 2012/2013.
13. ¿Qué derechos comporta la matrícula efectuada?
Además de otorgar la condición de estudiante de la Universidad de Málaga, y los derechos que ello supone, la matrícula conlleva el derecho a la docencia y/o evaluación de las correspondientes asignaturas de acuerdo con lo establecido en la respectiva programación docente.
Asimismo, para los estudiantes a quienes corresponda, la matrícula incorpora el derecho a las prestaciones del “Seguro Escolar” (accidente escolar, infortunio familiar, enfermedad), en los términos previstos en la normativa vigente al respecto.
Igualmente, para quienes se hayan adherido a la póliza de seguros “Cum Laude”, la matrícula incorpora el derecho a las correspondientes prestaciones.
14. ¿Puedo recuperar los precios públicos abonados?
Tiene Vd. derecho a recuperar la cantidad abonada en concepto de precios públicos por la prestación de servicios docentes en asignaturas cuyas matrículas hayan sido revocadas de oficio de acuerdo con lo indicado en el apartado 12 anterior. Será la Secretaría del respectivo Centro de la Universidad de Málaga la que inicie de oficio el correspondiente procedimiento administrativo de devolución.
Sin perjuicio de lo anterior, puede Vd. solicitar la devolución de precios públicos abonados mediante escrito dirigido al Sr. Gerente de la Universidad de Málaga, indicando y acreditando, en su caso, las causas que considere oportunas.
15. ¿Debo obtener unos resultados académicos mínimos?
En estudios conducentes a títulos de Graduado/a
Los estudiantes que formalicen por primera vez su matrícula en estudios conducentes a un título de Graduado/a por la Universidad de Málaga en el curso académico 2012/2013 deberán superar en dicho curso académico un mínimo de 12 créditos (si se encuentran en régimen de dedicación al tiempo a tiempo completo), o de 6 créditos (si se encuentran en régimen de dedicación a tiempo parcial), correspondientes al plan de estudios de dicha titulación, para poder continuar dichos estudios en la Universidad de Málaga en próximos cursos académicos. A efectos del citado requerimiento de créditos superados no serán computadas las actividades formativas convalidadas.
En el caso de que los mencionados estudiantes no superen el citado número mínimo de créditos en el curso académico 2012/2013, podrán solicitar a la Secretaría General de la Universidad de Málaga que, en atención a especiales circunstancias, les conceda el derecho a poder matricularse en la misma titulación, por una sola vez, en el curso académico 2013/2014.
En estudios conducentes a títulos de Máster Universitario
Los estudiantes que formalicen por primera vez su matrícula en estudios conducentes a un título de Máster Universitario por la Universidad de Málaga en el curso académico 2012/2013 deberán superar en dicho curso académico un mínimo de 6 créditos (si se encuentran en régimen de dedicación al tiempo a tiempo completo), o de 3 créditos (si se encuentran en régimen de dedicación a tiempo parcial), correspondientes al plan de estudios de dicha titulación, para poder continuar dicho estudios en la Universidad de Málaga en próximos cursos académicos. A efectos del citado requerimiento de créditos superados no serán computadas las actividades formativas convalidadas.
En el caso de que los mencionados estudiantes no superen el mencionado número mínimo de créditos en el curso académico 2012/2013, podrán solicitar a la Secretaría General de la Universidad de Málaga que, en atención a especiales circunstancias, les conceda el derecho a poder matricularse en la misma titulación, por una sola vez, en el curso académico 2013/2014.
16. ¿Tengo algún límite temporal para finalizar los estudios?
En estudios conducentes a títulos de Graduado/a
Los estudiantes que formalicen por primera vez su matrícula en estudios conducentes a un título de Graduado/a por la Universidad de Málaga (excepto los conjuntos con otras Universidades) en el curso académico 2012/2013 tendrán las siguientes condiciones de permanencia en dichos estudios:
- La permanencia será de un máximo de 8 cursos académicos matriculados, para los estudiantes que se encuentren en régimen de dedicación a tiempo completo.
- Cuando se combinen períodos de dedicación al estudio a tiempo completo y a tiempo parcial, se añadirá un año académico más por cada curso con dedicación al estudio reconocida a tiempo parcial, hasta un máximo de 12 cursos académicos matriculados.
- A los efectos de permanencia, si el estudiante procede de estudios universitarios de Grado correspondientes a otra titulación y obtiene el reconocimiento de éstos, cada 60 créditos reconocidos serán computados como un año de permanencia a tiempo completo, y si el resto supera los 30 créditos reconocidos, la equivalencia se establecerá en un año de permanencia a tiempo parcial.
- La permanencia en los estudios universitarios de Grado correspondientes a enseñanzas reguladas por directrices comunitarias europeas (Medicina, Arquitectura) se determinará multiplicando por dos el número de años previsto en el correspondiente plan de estudios, para estudiantes con dedicación al estudio a tiempo completo y multiplicando por tres en el supuesto de estudiantes con dedicación a tiempo parcial, computados en número de cursos matriculados.
- Los estudiantes que no cumplan los plazos establecidos en las condiciones de permanencia podrán solicitar al Rectorado, por causas justificadas, la ampliación de su permanencia en los correspondientes estudios durante un curso académico más.
En estudios conducentes a títulos de Máster Universitario
Los estudiantes que formalicen por primera vez su matrícula en estudios conducentes a un título de Máster Universitario por la Universidad de Málaga (excepto los conjuntos con otras Universidades) en el curso académico 2012/2013 tendrán las siguientes condiciones de permanencia en dichos estudios:
En títulos de Máster Universitario cuya carga lectiva sea de 60 créditos:
- La permanencia será de un máximo de 2 cursos académicos matriculados, para los estudiantes que se encuentren en régimen de dedicación a tiempo completo, y de 3 cursos académicos matriculados, para los estudiantes que se encuentren en régimen de dedicación a tiempo parcial.
- Cuando se combinen períodos de dedicación al estudio a tiempo completo y a tiempo parcial, la permanencia será de un máximo de 3 cursos académicos.
- Los estudiantes que no cumplan los plazos establecidos en las condiciones de permanencia podrán solicitar al Rectorado, por causas justificadas, la ampliación de su permanencia en los correspondientes estudios durante un curso académico más.
En títulos de Máster Universitario cuya carga lectiva sea superior a 60 créditos:
- La permanencia será de un máximo de 3 cursos académicos matriculados, para los estudiantes que se encuentren en régimen de dedicación a tiempo completo, y de 5 cursos académicos matriculados, para los estudiantes que se encuentren en régimen de dedicación a tiempo parcial
- Cuando se combinen períodos de dedicación al estudio a tiempo completo y a tiempo parcial, la permanencia será de un máximo de 5 cursos académicos.
- Los estudiantes que no cumplan los plazos establecidos en las condiciones de permanencia podrán solicitar al Rectorado, por causas justificadas, la ampliación de su permanencia en los correspondientes estudios durante un curso académico más.
En títulos de Máster Universitario que habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España:
- Si la carga lectiva es de 60 créditos: La permanencia será de un máximo de 2 cursos académicos matriculados, para los estudiantes que se encuentren en régimen de dedicación a tiempo completo, y de 3 cursos académicos matriculados, para los estudiantes que se encuentren en régimen de dedicación a tiempo parcial.
Cuando se combinen períodos de dedicación al estudio a tiempo completo y a tiempo parcial, la permanencia será de un máximo de 3 cursos académicos.
Los estudiantes que no cumplan los plazos establecidos en las condiciones de permanencia podrán solicitar al Rectorado, por causas justificadas, la ampliación de su permanencia en los correspondientes estudios durante un curso académico más.
- Si la carga lectiva es de 90 créditos: La permanencia será de un máximo de 3 cursos académicos matriculados, para los estudiantes que se encuentren en régimen de dedicación a tiempo completo, y de 5 cursos académicos matriculados, para los estudiantes que se encuentren en régimen de dedicación a tiempo parcial
Cuando se combinen períodos de dedicación al estudio a tiempo completo y a tiempo parcial, la permanencia será de un máximo de 5 cursos académicos.
Los estudiantes que no cumplan los plazos establecidos en las condiciones de permanencia podrán solicitar al Rectorado, por causas justificadas, la ampliación de su permanencia en los correspondientes estudios durante un curso académico más.
- Si la carga lectiva es de 120 créditos: La permanencia será de un máximo de 4 cursos académicos matriculados, para los estudiantes que se encuentren en régimen de dedicación a tiempo completo, y de 6 cursos académicos matriculados, para los estudiantes que se encuentren en régimen de dedicación a tiempo parcial
Cuando se combinen períodos de dedicación al estudio a tiempo completo y a tiempo parcial, la permanencia será de un máximo de 6 cursos académicos.
Los estudiantes que no cumplan los plazos establecidos en las condiciones de permanencia podrán solicitar al Rectorado, por causas justificadas, la ampliación de su permanencia en los correspondientes estudios durante un curso académico más.
Le puede resultar de utilidaD:
- Planes de estudio del Curso 2012/2013
- Oferta de Libre Configuración
- Anexos de la Guía de Matriculación

