Incluye las modificaciones introducidas por:

  • Ley 63/1997, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Mejora del Mercado de Trabajo y el Fomento de la Contratación Indefinida.
  • Real Decreto-ley 15/1998, de 27 de noviembre, de medidas urgentes para la mejora del mercado de trabajo en relación con el trabajo a tiempo parcial y el fomento de su estabilidad.
  • Ley 24/1999, de 6 de julio, por la que se modifica el artículo 92.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
  • Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.
  • Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
  • Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
  • Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad.
  • Ley 33/2002, de 5 de julio, de modificación del artículo 28 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
  • Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible.
  • Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.
  • Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
  • Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
  • Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
  • Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
  • Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
  • Ley 14/2005, de 1 de julio, sobre las cláusulas de los convenios colectivos referidas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.
  • Real Decreto-ley 5/2006, de 9 de junio, para la mejora del crecimiento y del empleo.
  • Ley 43/2006 de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.
  • Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Sumario:


La Disposición final séptima de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas, y de orden social, autoriza al Gobierno para elaborar, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la Ley, un texto refundido de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, incorporando las modificaciones introducidas por la misma así como las efectuadas por las disposiciones legales que enumera.

Asimismo, la Disposición final de la Ley 4/1995, de 23 de marzo, de Regulación del Permiso Parental y por Maternidad, ordena incluir en el Texto Refundido las modificaciones por ella producidas en el Estatuto de los Trabajadores.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, previo dictamen del Consejo Económico y Social e informe del Consejo General del Poder Judicial, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de marzo de 1995, dispongo:

Artículo Único.

Se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que se inserta a continuación.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.

El presente Real Decreto Legislativo y el Texto Refundido que aprueba entrarán en vigor el día 1 de mayo de 1995.

Dado en Madrid a 24 de marzo de 1995.

- Juan Carlos R. -

 

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
Jose Antonio Griñan Martinez.

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