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CALENDARIO
LABORAL 2004 |
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ENERO |
FEBRERO |
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MAYO |
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JULIO |
AGOSTO |
SEPTIEMBRE |
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OCTUBRE |
NOVIEMBRE |
DICIEMBRE |
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2005 |
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ENERO |
FEBRERO |
MARZO |
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Fiestas nacionales, autonómicas y
locales.
Santo Tomás de Aquino y días de Noche
Buena y de Noche Vieja.
Navidad.
Horario especial.
Horario reducido (Feria).
CALENDARIO LABORAL AÑO 2004
UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
En
cumplimiento de lo establecido en el punto segundo del Acuerdo en materia de
jornadas, vacaciones, permisos y licencias, sobre negociación del calendario
laboral, reunidos de un lado el Vicegerente de Recursos Humanos de la
Universidad de Málaga, y de otro lado los representantes de los trabajadores,
acuerdan aprobar el siguiente calendario laboral y percibimiento del
complemento de homologación para el año 2004
ÁMBITO PERSONAL.-
El presente calendario laboral será de aplicación al Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Málaga, de acuerdo con lo previsto en el artículo 104 de los Estatutos de la misma, y que perciben sus retribuciones con cargo a las consiguientes consignaciones del capítulo I de los presupuestos de la Universidad de Málaga.
ÁMBITO TEMPORAL.-
El ámbito temporal del presente calendario se extiende del 1 de enero de 2004 al 31 de diciembre de 2004.
El presente calendario consta de dos partes:
A) Fiestas nacionales, autonómicas y locales, que serán inamovibles, salvo la Semana Santa y lo dispuesto en la normativa vigente para las fiestas nacionales y autonómicas que caigan en domingo, y que son:
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1 de enero |
Año nuevo |
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6 de enero |
Epifanía del Señor |
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28 de febrero |
Día de Andalucía |
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8 de abril |
Jueves santo |
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9 de abril |
Viernes santo |
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1 de mayo |
Fiesta del trabajo |
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15 de agosto |
Asunción de la Virgen |
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19 de agosto |
Fiesta local de Málaga |
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8 de septiembre |
Virgen de la Victoria (Málaga) |
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12 de octubre |
Fiesta nacional de España |
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1 de noviembre |
Fiesta de todos los Santos |
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6 de diciembre |
Día de la Constitución |
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8 de diciembre |
Inmaculada Concepción |
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25 de diciembre |
Natividad del Señor |
B) Fiestas propias de la Universidad de Málaga, según lo establecido en la Instrucción interna sobre horarios, permisos y licencias del PAS, que se negociarán de forma anual y que para el año 2004 son:
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5 días laborables |
Navidad |
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4 días laborables |
Semana Santa o feria |
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2 días |
24 y 31 de diciembre |
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1 día |
Santo Tomás de Aquino |
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1 día |
Patrón Académico/Serv. Gen. |
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1 día |
Apertura del curso |
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1 día |
Puente de Feria |
Navidad.- Se establecerá un turno preferente que abarca del 23 al 30 de diciembre, ambos inclusive, en el que necesariamente deberán quedar cubiertas las necesidades de los servicios mediante el establecimiento de los turnos que se consideren indispensables. Aquellos trabajadores que hubieran trabajado durante dicho turno disfrutarán de los días correspondientes entre el 31 de diciembre y el 10 de enero, ambos incluidos.
Semana Santa o Feria.- En el caso de optar por la Semana Santa, se establecerán dos turnos, uno del 2 al 11 de abril, ambos incluidos y otro del 3 al 12 de abril, ambos incluidos. Aquellos trabajadores que presten servicios considerados indispensables durante los días 5, 6 y 7 de abril disfrutarán de los días correspondientes durante los días 13, 14 y 15 de abril.
Para el caso de que el trabajador prestase servicios durante la Feria, y el Centro correspondiente no cerrara el día 20 de agosto, el trabajador podrá optar por disfrutar de un permiso retribuido entre el día 17 o el 20 de agosto. Aquellos trabajadores que estuviesen de vacaciones durante la semana de Feria podrán disfrutar del día por puente de Feria cualquier otro laborable del año 2004, respetando, en cualquier caso, las necesidades del servicio.
Apertura del curso.- El día correspondiente podrá disfrutarse cualquier día laborable del año 2004, respetando, en cualquier caso, las necesidades del servicio.
VACACIONES
ANUALES
La duración del período de vacaciones del P.A.S. con antigüedad de al menos un año de servicio
efectivo será de 1 mes natural, que será disfrutado en un máximo de dos
períodos, o veintidós días hábiles anuales,
o a los días que correspondan proporcionalmente al tiempo de servicios efectivos.
En el supuesto de haber completado
los años de antigüedad en la Administración reflejados en el cuadro posterior
se tendrá derecho al disfrute de los siguientes días de vacaciones anuales:
·
15 años de servicio 23 días hábiles
·
20 años de servicio 24 días hábiles
·
25 años de servicio 25 días hábiles
·
30 o más años de servicio 26 días hábiles
Este derecho se hará efectivo a
partir del año natural siguiente al cumplimiento de la antigüedad referenciada.
A los efectos previstos en el
presente artículo, los sábados no serán considerados días hábiles, sin
perjuicio de las adaptaciones que se establezcan para los horarios especiales.
DÍAS DE ASUNTOS PARTICULARES
Serán 10 días al año, conforme a lo establecido en el artículo 26 de la Instrucción interna y se podrán disfrutar hasta el 31 de enero, previa autorización del órgano competente y siempre que queden garantizadas las necesidades del servicio.
COMPLEMENTO DE HOMOLOGACIÓN
Se acuerda por las partes realizar el cómputo de jornadas semestralmente, así como el pago del complemento de homologación. El pago del mismo se realizará en los meses de marzo y septiembre con referencia al semestre natural inmediato anterior. Durante este año todos los trabajadores percibirán la cuantía correspondiente a este complemento. En el semestre de puesta en funcionamiento del sistema de control de presencia los trabajadores recibirán un informe individualizado de su asistencia a efectos puramente informativos.
Málaga, 24 de marzo de 2004