BIDURF Nº 4

EDITORIAL

ESTATUTOS de la APURF.

BOE

SECCIÓN ABIERTA

 

EDITORIAL

En estos días, finalizado el curso, aparecen en nuestras facultades, numerosos folletos de diferentes academias e instituciones, que brindan sus excelencias a los alumnos que terminan y deben enfrentarse al examen MIR.

No es mi intención, en estas líneas, hacer una crítica del sistema y la necesidad de un cambio radical, pero para entender la "postura" de los estudiantes es necesario que "sentenciemos" una de las "perversiones" que debemos soportar los profesores de algunas asignaturas del curriculum de licenciatura.

El estudiante que aprueba el MIR sabe que con el paso de los años será Especialista, quizás de una especialidad no deseada, pero sin más exámenes, evaluaciones o "trabas", lo que le permitirá acceder a todos los puestos de trabajo ofertados tanto por la sanidad pública como privada. La ventaja es notoria. Por eso todo lo demás pasa a una consideración secundaria.

Transcribimos a continuación parte de uno de los folletos de academias preparatorias del examen MIR que están en la calle, que debe hacernos reflexionar, en cuanto a las preguntas de dicho programa y a las consideraciones que sobre las asignaturas de nuestros Departamentos y Áreas de Conocimiento hacen.

¿Qué interés puede tener un estudiante de 5º ó 6º curso en unas asignaturas sabiendo de antemano que no tienen representación en el examen MIR?

Sabemos que la Administración, que ya lo ha anunciado, cambiará el sistema, pero debemos estar preparados para que los proyectos futuros no introduzcan interferencias perversas en los contenidos del curriculum de licenciatura.

 

Manuel Martínez Morillo

(* )...División de los contenidos de la prueba MIR en troncos y áreas:

 

TRONCO BÁSICO

BIOQUÍMICA

FARMACOLOGÍA

GENÉTICA

INMUNOLOGÍA

TRONCO MEDIO

DIGESTIVO

CARDIOLOGÍA

DERMATOLOGÍA

ENDOCRINO

INFECCIOSAS

HEMATOLOGÍA

NEFROLOGÍA

NEUMOLOGÍA

NEUROLOGÍA

REUMATOLO

TRONCO QUIRÚRGICO

CIRUGÍA CARDIOVASCULAR

CIRUGÍA GENERAL Y APARATO DIGESTIVO

OFTALMOLOGÍA

O.R.L.

TRAUMATOLOGIA

UROLOGÍA

TRONCO SALUD PÚBLICA

SALUD PÚBLICA Y COMUNITARIA (ECONOMÍA DE LA SALUD "GESTIÓN")

EPIDEMIOLOGÍA-ESTADÍSTICA

TRONCO PSIQUIATRÍA

PSIQUIATRÍA

TRONCO PEDIATRÍA

PEDIATRÍA

TRONCO OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA

OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA

(* )"Nuestro objetivo para la elaboración del material ha sido que resulte útil para ahorrar tiempo. Puedes pensar que faltan materias, pero te contestamos:

Anatomía y Fisiología están integradas, a modo de resumen introductorio, en cada área de los diversos troncos.

Microbiología consideramos que se encuentra integrada en infecciosas.

Física Médica, Medicina Legal, Historia de la Medicina, Radiodiagnóstico, Deontología y Terapéutica, debido al escaso o nulo número de preguntas habidas en el M.I.R. desde una perspectiva histórica, consideramos que no tienen entidad suficiente como para dedicar un material".

 

EVOLUCIÓN DE LAS PREGUNTAS

TRONCO

ÁREA

MIR-94

MIR FAMILIA 95

MIR ESPC. 95

   

Nº PREGUNTAS

%

Nº PREGUNTAS

%

Nº PREGUNTAS

%

CARDIOLOGÍA

16

6,1

24

9,2

21

8,1

DI

NEUMOLOGÍA

25

9,5

22

8,5

22

8,5

CAS

NEUROLOGÍA

18

0,3

15

5,8

17

6,5

 

METABOLISMO Y ENDOCRINOLOGÍA

11

4,2

14

5,4

20

7,7

 

REUMATOLOGÍA

12

4,6

13

5,0

7

2,7

 

INFECCIOSAS

26

10

19

7,3

19

7,3

 

DIGESTIVO

21

0,8

12

4,6

12

4,6

 

HEMATOLOGÍA

16

6,1

8

3,1

7

2,7

 

NEFROLOGÍA

17

7,2

8

3,1

7

2,7

 

DERMATOLOGÍA

5

1,9

7

2,7

7

2,7

QUI

CIRUGÍA DIGESTIVO

2

0,7

9

3,5

9

3,5

RÚR

CIRUGÍA GENERAL

0

0

1

0,4

0

0

GI

TRAUMATOLOGÍA

7

2,6

7

2,7

5

1,9

CAS

OFTALMOLOGÍA

3

1,1

6

2,3

7

2,7

 

O.R.L.

5

1,9

5

1,9

4

1,5

 

CIRUGÍA VASCULAR

3

1,1

3

1,1

2

0,8

 

UROLOGÍA

0

0

1

0,4

3

1,1

FARMACOLOGÍA

11

4,2

9

3,5

5

1,9

SI

INMUNOLOGÍA

7

2,6

4

1,5

5

1,9

CAS

BIOQUÍMICA

4

1,5

3

1,1

3

1,1

 

GENÉTICA

4

1,5

2

0,8

3

1,1

PEDIATRÍA

PEDIATRÍA

10

3,8

10

3,8

14

5,4

O. y G.

OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA

12

4,6

10

3,8

14

5,4

SA

SALUD PÚBLICA

7

2,6

15

5,8

24

9,2

LUD

ESTADÍSTICA

11

4,2

12

4,6

13

5,0

PUBLI

PREVENTIVA

4

1,5

8

3,1

2

0,8

CA

PSIQUIATRÍA

7

2,6

13

5,0

11

4,2

 

TOTAL

260

100

260

100

260

100

(* ) Reproducción de un folleto del "Centro Documentación de Estudios y Oposiciones".

 

ESTATUTOS

Asociación de Profesores Universitarios de Radiología y Medicina Física (A.P.U.R.F.)

(MODIFICADOS Y ENVIADOS PARA SU VISADO AL MINISTERIO DEL INTERIOR EN 18 DE NOVIEMBRE DE 1987)

 

Capítulo I. Constitución, denominación y domicilio.

 

Art. 1.- Este primer artículo se modifica tanto en forma como en contenido al estar la Asociación plenamente constituída desde septiembre de 1.979, quedando como aparece a continuación:

"La Asociación de Profesores Universitarios de Radiología y Medicina Física (A.P.U.R.F.), inscrita en el Registro Provincial de Asociaciones del Gobierno Civil de Madrid, en la Sección primera con el número de registro provincial 3.699 y nacional 32.115, cuyos Estatutos fueron visados con el nombre de Asociación de Profesores Universitarios de Radiología y Fisioterapia por la Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior con fecha 24 de septiembre de 1979, se regirá a partir de la presente por los siguientes estatutos y por el reglamento de la Asociación".

Art. 2.- Este artículo versa sobre la denominación de la Asociación, cambiando el término de Fisioterapia por el de Medicina Física:

"Su denominación para todos los efectos y representación será el de Asociación de Profesores Universitarios de Radiología y Medicina Física".

Art. 3.- No se modifica:

"El domicilio social de la misma se establece en la Cátedra de Radiología y Medicina Física de la Facultad de Medicina de la Universidad Complutense, Ciudad Universitaria, 28040 Madrid".

Art. 4.- No se modifica:

"El ámbito territorial de la Asociación es el del Estado Español".

 

Capitulo II. Caracter, duración y finalidad.

Art. 5.- El apartado a) de este artículo deja de contemplar los Departamentos Universitarios de Radiología y Fisioterapia como se puede ver en su nueva redacción, experimentando además pequeños cambios de forma:

"La Asociación de Profesores Universitarios de Radiología y Medicina Física, es una Asociación civil de duración ilimitada y cuyos fines son los siguientes:

a) Fomentar y estrechar los lazos de unión entre las diferentes Unidades Universitarias de Radiología y Medicina Física.

b) Coordinar y procurar mantener niveles homogéneos de denominación, asignaturas, contenido de programas, niveles de formación, etc.

c) Difundir la información relativa a las materias propias de su especialización en temas de enseñanza, asistencia e investigación.

d) Informar a los demás Departamentos Universitarios y a las Autoridades académicas de la labor que se desarrolla en las Cátedras regidas por los miembros de la Asociación.

e) Defender los derechos de los miembros de la Asociación excepto aquellos incluídos en la Ley 19/1977 de 1 de Abril y real Decreto 1522/1977 de 17 de Junio.

f) Cualquier otra actividad relacionada con los fines generales de la Asociación y lícita en derecho".

Art. 6.- No se modifica:

"El número de los miembros de la A.P.U.R.F. es ilimitado, siempre y cuando reúnan las condiciones que exijan los estatutos".

Art. 7.- No se modifica:

"El ámbito de aplicación de la A.P.U.R.F. se extiende a todo el territorio del Estado Español".

 

Capítulo III. De los miembros, sus derechos y obligaciones.

Art. 8.- Introduce un nuevo tipo de miembros dentro de la asociación, los fundadores:

"La A.P.U.R.F. se compondrá de personas naturales con capacidad para obrar que acuerden servir voluntariamente a los fines que se indiquen en los estatutos, sus miembros podrían ser: miembros de honor, miembros de número, miembros asociados y fundadores".

Art. 9.- Se modifica el reconocimiento como miembro de honor, en un principio eran todos los socios jubilados y aquellos que la Asamblea General considerara oportuno:

"Serán miembros de honor los profesores jubilados que hayan sido miembros fundadores de la A.P.U.R.F., o que acrediten una antigüedad mínima de 5 años como socios de la A.P.U.R.F. en el momento de su jubilación".

Art. 10.- Se amplía la posibilidad de ser socio de número:

"Podrán ser socios de número:

1) Los profesores permanentes que tengan actividad docente en Radiología y Medicina Física, Rehabilitación y/o Hidrología Médica de los cuerpos docentes universitarios en situación de activo o excedencia especial, Profesores Asociados y Profesores Visitantes.

2) Los ayudantes (LRU), de las disciplinas señaladas anteriormente".

Art. 11.- Se añade el punto 2) que contempla a los docentes de otras disciplinas:

"Podrán ser miembros asociados:

1) Los Profesores numerarios en situación de excedencia o supernumerarios docentes de Radiología y Medicina Física, Rehabilitación e Hidrología Médica.

2) Los Profesores docentes de otras disciplinas integradas en el área de conocimientos de Radiología y Medicina Física.

3) Los Profesores numerarios de Escuelas Universitarias que desempeñen asignaturas afines a las comprendidas en el Departamento.

4) El personal titulado superior no docente integrado en las Cátedras o Servicios Universitarios regidos por los socios de número".

Art. 12.- Este artículo se incluye para matizar el concepto de miembro fundador de la Asociación:

"Serán miembros fundadores, los que habiéndose inscrito entre el 24 de septiembre de 1979 y el 24 de septiembre de 1984, hayan permanecido como mínimo 3 años en el seno de la Asociación".

Art. 13.- Corresponde al antiguo artículo 12 sin modificar:

"Para ser admitidos como socios, los interesados se dirigirán por escrito al Presidente de la Asociación, siendo la Junta Directiva quién apruebe el nombramiento, precisando una mayoría de 2/3, para que éste sea efectivo".

Art. 14.- Presenta la misma lectura que el artículo 13 de los primeros estatutos:

"Todos los socios tendrán derecho a voz, reservándose el voto para los comprendidos en el artículo 9 y 10".

Art. 15.- Sin modificar lo que era el artículo 14:

"Se pierde la condición de socio por:

1) Fallecimiento.

2) Renuncia expresa del interesado.

3) Pérdida de la condición por la cual se ingresó en la Asociación.

4) Por falta de pago de las cuotas establecidas, en un período de dos años consecutivos".

Art. 16.- Artículo 15 sin modificar:

"Los socios gozarán de todos los beneficios que otorga la Asociación, la asistencia a reuniones científicas y ejercitar los derechos que le confieren los presentes estatutos".

Art. 17.- Sin modificar:

"Es obligación de todos los socios, observar los presentes estatutos, así como los acuerdos y normas dictadas en las Juntas y Asambleas. Igualmente estarán obligados a satisfacer las cuotas previstas, aprobadas en Asamblea General".

 

Capitulo IV. Gobierno de la Asociación

Art. 18.- Sin modificar:

"Los órganos de gobierno de la Asociación serán la Asamblea General, La Junta Directiva y la Comisión Permanente".

Art. 19.- Sin modificar:

"La Asamblea General estará formada por la totalidad de los socios y se reunirá con carácter ordinario como mínimo una vez al año durante el último trimestre natural (primer trimestre del curso académico). Podrá ser convocada con carácter extraordinario por el Presidente, a petición del 50% de los miembros de la Junta Directiva o a petición del 25% de los miembros de la Asociación. En cualquier caso, las Asambleas Generales deberán ser convocadas con un mínimo de 15 días de anticipación con indicación expresa del orden del día".

Art. 20.- Sin modificar:

"Son asuntos de competencia de la Asamblea General, los siguientes:

a) Examinar, discutir y aprobar si procede, el balance, las cuentas y memorias presentadas por la Junta Directiva, la actuación de ésta, así como el presupuesto.

b) Proceder a la reelección o elección de los miembros de la Junta Directiva, de acuerdo con las normas de los presentes Estatutos.

c) Fijar las cuotas para los asociados.

d) Aportar, discutir y aprobar los planes generales de celebración de congresos y reuniones científicas.

e) La modificación de los Estatutos y del Reglamento.

f) Disposición, enajenación de bienes y autorización en asuntos de obligaciones crediticias y préstamos.

g) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley 191/1964 de 24 de diciembre y el Decreto 1440/1965 de 20 de mayo, las modificaciones de los Estatutos, deberán aprobarse en Asamblea General Extraordinarias".

Art. 21.- Se modifica la composición de la Junta Directiva del artículo 20:

"La Junta Directiva estará formada por los Catedráticos miembros de número de la Asociación y un representante de cada uno de los estamentos docentes.

En caso de no haber Catedrático en la Junta Directiva representante de una Universidad, los Profesores Titulares de la misma, nombrarán entre ellos el miembro correspondiente de la Junta Directiva".

Art. 22.- Puntualiza la pertenencia a la Junta Directiva del Presidente y el Secretario de la Comisión Permanente:

"Los miembros de la Junta Directiva elegirán entre ellos una Comisión Permanente que estará formada por el Presidente (que habrá de ser Catedrático, y que lo será además de la Junta Directiva), un Vicepresidente, un Tesorero, un Secretario (que lo será de la Junta Directiva) y tres vocales".

Art. 23.- Sin modificar.

"Los cargos electivos de la Junta Directiva y los de la Comisión Permanente serán honoríficos con una duración inicial de tres años renovables".

 

Capitulo V. Financiación

Art. 24.- Sin modificar:

"Los medios de financiación de la Asociación serán:

1) Las cuotas de los miembros.

2) Donativos que reciba para el cumplimiento de sus fines y cualquier otro procedimiento lícito en derecho".

Art. 25.- Se dispone de un presupuesto inicial del que se carecía cuando se publicaron los primeros estatutos:

"En el momento de su constitución, la Asociación posee.... ptas. de patrimonio y de fondos propios, siendo el presupuesto para el primer año de funcionamiento, inferior a 200.000,- pts".

 

Capitulo VI.- Disolución de la Asociación.

Art. 26.- Sin modificar:

"La Asociación será disuelta por acuerdo de la Asamblea General, precisándose la conformidad de los dos tercios de los miembros de la Asociación".

Art. 27.- Sin modificar:

"Los fondos existentes en el momento de disolución de la Asociación pasarán a engrosar los fondos del Ministerio de Educación y Ciencia".

 

Recordamos que la hoja de inscripción la estamos empleando tanto para las nuevas solicitudes como para la actualización de datos de los miembros de la A.P.U.R.F.

 

BOE

Fecha Núm. Página Contenido

14/V/96 117 16.749 RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 1.996, de la Universidad de Barcelona, por la que se hace público el plan de estudios de la Diplomatura en Podología de esta Universidad.

18/V/96 121 17.244 RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 1.996, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación-Presidencia de la Comisión Permanente de la Interministerial de Ciencia y Tecnología, por la que se convocan acciones de perfeccionamiento en el marco del Programa Nacional de Formación de Personal Investigador del Plan Nacional de Formación de Personal Investigador del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico y en el Programa Sectorial del Ministerio de Educación y Ciencia, de Formación de Profesorado y Personal Investigador en España y en el extranjero.

24/V/96 126 17.707 RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 1.996, de la Secretaría General del Consejo de Universidades, por la que se señalan lugar, día y hora para la celebración de sorteos para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios; entre ellas una plaza de Profesor Titular de Universidad del Área de Conocimiento de Radiología y Medicina Física de la Universidad de Cádiz.

24/V/96 126 17.807 RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 1.996, de la Universidad de Córdoba, por la que se corrigen errores observados en el texto de la 3 de abril de 1.996, por la que se publicaba la modificación el plan de estudios del título de "Diplomado en Enfermería".

28/V/96 129 17.978 RESOLUCIÓN de 25 de abril de 1.996, de la Universidad de Granada, por la que se nombra a don Nicolás Olea Serrano Catedrático de Universidad, adscrito al área de conocimiento de "Radiología y Medicina Física".

29/V/96 130 18.127 RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 1.996, de la Universidad de Valencia, por la que se nombra, en virtud de concurso, a don Antonio Mateo Navarro Catedrático de Universidad del área de conocimiento de "Radiología y Medicina Física".

4/VI/96 135 18.685 RESOLUCIÓN de 9 de abril de 1.996, de la Universidad de Murcia, por la que se hace público el plan de estudios de Diplomado en Enfermería de la Escuela universitaria de Enfermería de Cartagena.

5/VI/96 136 18.706 RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 1.996, de la Universidad de Málaga, por la que se nombran profesores titulares de Escuela Universitaria; entre ellos se nombra a Don Fernando Fernández Martín en el área de conocimiento de Fisioterapia.

10/VI/96 140 19.074 RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 1.996, de la Universidad de Cádiz, por la que se ordena la publicación del Plan de Estudios de Licenciado en Medicina, a impartir en la Facultad de Medicina de esta Universidad.

11/VI/96 141 19.265 RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 1.996, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convocan seis becas en determinadas áreas de especialización en materia de seguridad nuclear y protección radiológica.

12/VI/95 142 19.372 RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 1.996, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se corrigen errores en la Resolución de 2 de febrero de 1.993 por la que se publica el plan de estudios para la obtención del título oficial de "Licenciado en Medicina".

13/VI/96 143 19.497 RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 1.996, de la Universidad de Alcalá de Henares, por la que se convocan a concurso plazas de cuerpos Docentes Universitarios; entre ellas una plaza de profesor titular de Escuela Universitaria en el área de conocimiento de Fisioterapia.

13/VI/96 143 19.587 RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 1.996, de la Universidad de Córdoba, por la que se corrigen errores en la de 28 de noviembre de 1.995, por la que se publicaba el plan de estudios del título de Licenciado en Medicina.

14/VI/96 144 19.709 RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 1.996, de la Universidad de Cádiz, por la que se convocan plazas de profesorado universitario; entre ellas dos de profesor titular de escuela universitaria del área de conocimiento de Fisioterapia.

4/VII/96 161 21.436 RESOLUCIÓN de 19 de junio de 1.996, de la Secretaría General del Consejo de Universidades, por la que se señalan lugar, día y hora para la celebración de sorteos para provisión de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios; entre ellas una plaza de Fisioterapia en la Universidad de Cádiz.

6/VII/96 163 21.715 RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 1.996, de la Universidad Autónoma de Barcelona y del Patronato de la Fundación de Gestión Sanitaria del Hospital de la Santa Cruz y San Pablo, por la que se convocan concursos para la provisión de plazas vinculadas incluidas en el concierto suscrito e, 19 de marzo de 1.990; entre ellas una plaza de Catedrático de Universidad en el Área de conocimiento de Radiología y Medicina Física.

8/VII/96 164 21.780 RESOLUCIÓN de 19 de junio de 1.996, de la Universidad de Valencia, por la que se hace pública la composición de las Comisiones que han de juzgar los concursos para la provisión de plazas de Profesorado de esta Universidad; entre ellas una plaza de Catedrático de Escuela Universitaria en el área de conocimiento de Fisioterapia.

9/VII/96 165 21.817 ORDEN de 4 de julio de 1.996 por la que se determina la composición de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.

11/VII/96 167 21.997 RESOLUCIÓN de 7 de junio de 1.996, de la Universidad de La Coruña, por la que se convoca concurso público para la provisión de diversas plazas de cuerpos docentes universitarios; entre ellas una plaza del Área de conocimiento de "Fisioterapia".

SECCIÓN ABIERTA

 

DOCENCIA POR ORDENADOR: ¿UN FUTURO PRÓXIMO?

Lourdes de la Peña Fernández

Dpto. de Radiología y Medicina Física. Universidad de Málaga.

Durante mi corta experiencia en la Universidad, he observado que en muchas ocasiones la transmisión de conocimientos a los alumnos necesita de algo más que la clase magistral y su aplicación práctica; el alumno necesita ser motivado con nuevos recursos docentes en los cuales se vea involucrado.

La progresiva introducción de la informática y de los programas multimedia en el ámbito diario de nuestra vida, me hace apostar por ella como nueva herramienta docente. La relación precio/prestaciones de los ordenadores hoy día es cada vez más accesible, siendo el ordenador un elemento que encontramos de forma constante en nuestro trabajo en incluso en nuestras casas.

No hay que olvidar que las clases magistrales tienen su lugar y valor, pero opino que se pueden completar con todos los medios audiovisuales y técnicos disponibles, y la informática (en este caso programas docentes de radiología) es un arma fundamental. Además, la utilización de técnicas multimedia nos brinda un arsenal de recursos importantísimo para llevar a cabo esta docencia; como por ejemplo: uso de sonido, voz, e imágenes de forma simultánea (reforzando así el énfasis docente); uso de imágenes con alta calidad gráfica, pudiendo recurrir a los "hot spots", mediante las cuales el usuario, alumno, puede interactuar (mediante ratón) con la imágen, consiguiendo que sea el propio alumno quien dirija su aprendizaje. Ésto, hemos comprobado, es una medida muy bien acogida por el alumnado, pues él mismo controla su evaluación y su progresión, pudiendo repetir el proceso cuantas veces sea necesario hasta que considera oportuno, ya que el ordenador es incansable y repetitivo. Por otra parte, el profesorado se ve con esta herramienta más libre para la preparación de material docente, investigación y todos los aspectos que el ordenador no puede suplir. Se podría argumentar en contra de la implantación de este método, el desembolso inicial para poner en marcha esta técnica docente, desembolso que se rentabilizaría, ya que los ordenadores estarían en concordancia con la necesidad de los programas docentes, con lo cual éstos tendrían una vida media todo lo larga que nosotros consideráramos oportuno. Otro aspecto negativo es que la gran mayoría de los programas docentes de radiología se encuentran en inglés, aunque ya se nota tímidamente la introducción de este campo en nuestro país. De hecho, en el último congreso de la Sociedad Española de Radiología (mayo-96) se presentaron 30 comunicaciones de Informática aplicada a la radiología mientras que en el anterior, celebrado en septiembre de1994, sólo se presentaron 10.

Mediante la utilización de estas técnicas es posible realizar, y de hecho ya existen en castellano, programas docentes para nuestra área de conocimiento, como por ejemplo, atlas interactivos para el estudio de las grandes articulaciones, del sistema nervioso central, la valoración por RM de la rodilla, para el estudio de los fundamentos técnicos de radiología y un largo etcétera cuyo resultado es una mejora de la docencia.

Hoy por hoy, a las puertas del siglo XXI, apuesto por esta nueva herramienta docente.