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PORTAL DE COMISIONES DE SERVICIO

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Las comisiones de servicio con derecho a indemnización son aquellos cometidos especiales que deban desempeñar el personal de la Universidad fuera del término municipal donde radique su puesto de trabajo. La realización de la comisión de servicio dará lugar a indemnización cuando comporte gastos de viaje como desplazamiento y dieta a los interesados. 

Excepto los casos descritos a continuación, solicitarán sus comisiones de servicio, de forma telemática, a través del Portal de Servicios UXXI-Económico (enlace más abajo), el personal de la Universidad de Málaga cualquiera que sea la naturaleza jurídica de la relación de empleo o de la prestación de servicios a la Universidad y su carácter permanente, interino, temporal o en prácticas, así como los contratados laborales o becarios con cargo a convenios, contratos y proyectos de investigación u otras aplicaciones presupuestarias del estado de gastos del Presupuesto de la Universidad de Málaga. 

Quedan EXCLUIDOS de su tramitación a través del Portal de Servicios de UXXI-EConómico los siguientes casos: 

  • Inscripciones a congresos gestionadas por el Servicio de Gestión Económica de la Investigación. La inscripción debe ser tramitada mediante reembolso de gastos menores o adelanto de caja (ACF) acompañando la factura emitida a nombre de la Universidad de Málaga, el justificante de pago y el certificado de asistencia o aprovechamiento. Los demás gastos aparte de la inscripción sí deberán tramitarse a través del Portal de Servicios de UXXI-EConómico.
  • Comisiones financiadas por Planes Propios de la UMA, tales como el Plan Propio de Investigación o el Plan Propio Integral de Docencia.
  • Comisiones financiadas por Proyectos de Innovación Educativa.
  • Comisiones no financiadas por la UMA, que sí lo son por otras instituciones, tales como reuniones de órganos colegiados externos a la UMA, tribunales de oposiciones y concursos en otras instituciones, asistencia a tribunales de tesis, etc. Aunque en estos casos el PDI tiene concedidas este tipo de comisiones de servicio con carácter general según la resolución del Rector de 20 de julio de 2018, SÍ deberá solicitar licencia mediante el gestor de peticiones del Servicio de PDI.

Respecto a la autorización para estas comisiones excluidas de tramitación a través de UXXI-Económico: 

 

Como cuestiones más destacadas, reseñamos las siguientes: 

  • La custodia de los documentos originales recaerá en el solicitante de la comisión de servicio, salvo las comisiones financiadas al amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como los Proyectos Europeos. Según establece el artículo 96.4 del Reglamento de Régimen Económico Financiero de la Universidad de Málaga será la Gerencia la responsable del archivo y custodia de la documentación justificativa y, por tanto, los comisionados deberán remitir los documentos originales al servicio de gestión económica correspondiente.

  • Cuando cumplimente la solicitud en UXXI-EC y pulse “Tramitar”, UXXI-EC enviará a través de portafirmas UMA la solicitud a los firmantes que haya especificado, para que la firmen electrónicamente. Cuando todos los firmantes firmen electrónicamente la solicitud, está volverá automáticamente a UXXI-EC. 

  • Al tramitarse mediante UXXI-EC se requiere la firma del solicitante, además de la del responsable de la unidad de gasto, en las comisiones de servicio a cargo de actividades sujetas a justificación, es decir, todas las ayudas concedidas al amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como los Proyectos Europeos. 

 

Enlaces para la tramitación según su relación con la UMA:

 

Para cumplimentar el formulario online puede consultar la siguiente documentación: 

Si necesita información adicional puede contactar a través de email a uxxi-ec@uma.es o en el teléfono 952131043. 

 

VIDEOTUTORIALES

Paso 1 - Solicitud de la Comisión de Servicio

Paso 2 - Justificación de la Comisión de Servicio

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