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Compatibilidad para actividades públicas o privadas

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RECURSOS HUMANOS

PROCEDIMIENTO

El personal contratado que pretenda simultanear su actividad pública principal con una segunda actividad tanto pública como privada requerirá con carácter previo a su inicio, autorización o reconocimiento, salvo las actividades exceptuadas en el artículo 19 de la Ley 53/1984.

 

El procedimiento se iniciará a instancia de parte, a través Gestor de Peticiones del Servicio de Investigación, en el apartado "Solicitud de compatibilidad para actividades públicas o privadas", adjuntando la siguiente documentación:

  1. Formulario de solicitud
  2. Vida laboral actualizada.
  3. Contrato de la actividad a compatibilizar.
  4. Certificado de los horarios que desempeña en la empresa privada o en la entidad pública.
  5. Declaración responsable (para trabajadores autónomos).
  6. Informe del responsable del contrato en la UMA.

 

Contacto: Inmaculada Díaz|e-mail: idr@uma.es|

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