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"El deber de trabajar. Significado constitucional y proyección legislativa"

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Francisco Vigo Serralvo.Prof. Ayudante Doctor de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social.

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El Instituto RELATIO inaugura su ciclo mensual de seminarios abordando el deber constitucional de trabajar

(Málaga, 16/10/2024). El Instituto Universitario de Investigación sobre Justicia, Cooperación y Servicios de Interés General (RELATIO) dio comienzo el pasado 15 de octubre a su ciclo mensual de seminarios con una ponencia a cargo del profesor de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la UMA, Francisco Vigo Serralvo, titulada “El deber de trabajar. Significado constitucional y proyección legislativa”.

 

El encuentro, que tuvo lugar en el Aula Lex Flavia de la Facultad de Derecho de la UMA, fue presidido por la directora del instituto, la profesora Carmen María Ávila Rodríguez, y contó con la participación de una decena de asistentes. El ponente protagonista de este primer encuentro fue presentado por Antonio Márquez Prieto, catedrático de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la UMA, quien alabó su sólida trayectoria investigadora y destacó la originalidad del tema al ser un asunto escasamente tratado por la doctrina.

 

La ponencia, que tiene su génesis en una investigación llevado a cabo por Vigo Serralvo y plasmada en una reciente monografía, llamaba a reflexionar sobre la importancia del deber de trabajar en la configuración jurídico-política del denominado Estado social. En este sentido, el profesor aboga por superar la visión estrecha y punitiva del Derecho (propia de la escuela kelseniana, donde toda norma jurídica debe conllevar una sanción ante su incumplimiento) que considera el deber de trabajar vacío de contenido, configurado como una cláusula de intranscendencia juridica.

 

Para Vigo Serralvo este deber es una norma jurídica plenamente válida por su mera positivización constitucional, por haberse sometido a un proceso institucional de deliberación y producción normativa. Desde esta premisa, resulta para él obligado atribuirle algún significado que atienda y descifre la voluntad constituyente. Con este propósito la ponencia recorrió los fundamentos éticos del deber de trabajar y sus antecedentes histórico-constitucionales. A través de estos, concluyó que el deber de trabajar expresa la valoración positiva de una comunidad política hacia la función productiva del ser humano. Así, la estimación positiva del trabajo justifica la existencia del deber de trabajar y, también, el estatuto protector diseñado en favor de la población trabajadora.

 

Una vez abordado el significado político-jurídico más esencial del deber de trabajar, el profesor expuso algunas consideraciones a partir de su proclamación en una constitución. En concreto, defendió que la existencia de este deber condiciona las posibilidades regulatorias del poder legislativo. Esto es, de manera positiva, imponiéndole cierta orientación a la legislación vigente; y de manera negativa, impidiendo ciertas soluciones normativas aparentemente incompatibles con aquel deber (como puede ser la renta básica universal).

 

Al término de la ponencia, la directora del Instituto alabó la rigurosidad de la investigación llevada a cabo y la “magnifica exposición” realizada por Vigo Serralvo, destacando la ambición y el esfuerzo intelectual mostrado. Asimismo, fueron varias las cuestiones y comentarios que suscitó la charla entre los asistentes, pero todos ellos agradecieron la gran labor investigadora del profesor y expresaron su nivel de satisfacción.

 

La investigación completa se puede localizar en el libro “El deber de trabajar. Significado constitucional y proyección legislativa”. Una monografía de Vigo Serralvo editada por Tirant Lo Blanch y disponible en abierto en el siguiente enlace: https://riuma.uma.es/xmlui/handle/10630/32245 .

 

El ciclo mensual de seminarios del Instituto RELATIO tendrá lugar los segundos martes de cada mes en el Aula Lex Flavia de la Facultad de Derecho de la UMA, de 16:30 a 18:30. El próximo encuentro será el 12 de noviembre y estará centrado en el ámbito del Derecho Administrativo.

 

José Alberto España Pérez

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