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COORDINADORES Y RESPONSABLES

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RED EUROPEA DE PLUTARCO

COORDINADORES Y RESPONSABLES

 

Acuerdo de Cooperación Científica

Red Temática Europea “Plutarco”

Cláusula Adicional 2

Por decisión unánime tomada en la Universidad de Toulouse II – Jean Jaurès, en reunión del 27 de septiembre de 2014, por los representantes de las siguientes Universidades, firmantes del Acuerdo de Cooperación Científica de 24 de mayo de 2011 y de la cláusula adicional nº 1 de 19 de febrero de 2014:

Universidad de Málaga, (Responsable: Prof. Dr. Aurelio Pérez Jiménez).

Universidad Complutense de Madrid, Departamento de Filología Griega y Lingüística Indoeuropea (Responsable: Profª. Dra. Ana Jiménez San Cristóbal).

Katholieke Universiteit Leuven (Responsable: Prof. Dr. Geert Roskam).

Université Paris Ouest-Nanterre La Défense (Paris X) (Responsable: Prof. Dr. Françaois Frazier).

Universidade de Coimbra (Responsable: Prof. Dr. Delfim Ferreira Leâo).

Università degli Studi di Firenze, Dipartimento di Lettere e Filosofia (Responsable: Prof. Dr. Francesco Becchi).

Università degli Studi di Salerno (Responsable: Profª. Dra. Paola Volpe Cacciatore).

University of Groningen (Responsable: Prof. Dr. Lautaro Roig Lanzillotta).

Université de Toulouse II – Jean Jaurès (Responsable: Prof. Dr. Olivier Guerrier).

la Red Temática “Plutarco” amplía su estructura y funcionamiento en los siguientes términos:

1.- Se integra en la misma la Université de Berne que suscribe en su totalidad los términos del Acuerdo de 24 de mayo de 2011 y su Cláusula adicional nº 1 de 19 de febrero de 2014, de los que se adjunta una copia para dicha Universidad.

El responsable del Proyecto en esta Universidad será el
Prof. Dr. Rainer Hirsch-Luipold.

2.-  El artículo 4 del mencionado Convenio, relativo al Funcionamiento de la Red, queda ampliado con los apartados siguientes:

e) La Red Temática Europea de Plutarco queda cerrada y constituida por las 10 Universidades firmantes de esta Cláusula adicional nº 2.

f) No obstante, la baja de una de las Universidades firmantes podrá ser suplida por otra Universidad europea, previo acuerdo de aceptación adoptado por mayoría de las Universidades representadas en la reunión anual previa a la incorporación efectiva de ésta.

g) La sustitución de los responsables de cada Sede es responsabilidad exclusiva de la Universidad afectada. Dicha sustitución será comunicada por el nuevo responsable de esta Universidad al resto de miembros, adjuntando copia del acuerdo del órgano competente, con el Vº Bº de la autoridad firmante del Convenio (Rector o persona en quien delegue, Decano, o Director del Departamento en aquellos casos en que firma la adhesión un Departamento por Delegación de la Universidad, como es el caso de la Universidad Complutense y la Universidad de Florencia).

3.- Los demás artículos del Convenio original siguen válidos.

Cláusula Adicional 2 (Avenant 2) (27-09-2014)

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