Boletín de investigación (núm. 3): ACTUALIDAD NORMATIVA
El tercer número del Boletín de Investigación I-INGOT incluye un total de cinco novedades normativas (publicadas entre abril y junio de 2024). Estas novedades normativas se aúnan en dos líneas temáticas de máximo interés para el I-INGOT, como son medio ambiente y digitalización.
Dentro de las novedades normativas en materia de medio ambiente, destaca de manera muy singular la Directiva (UE) 2024/1203 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de abril de 2024 relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal y por la que se sustituyen las Directivas 2008/99/CE y 2009/123/CE, en cuanto trata de armonizar y mejorar el marco normativo existente para lograr una mayor efectividad en la persecución y régimen sancionador de los delitos ambientales, ampliando para ello, las conductas consideradas como tal ilícito penal y reforzando, de esta forma, una cuestión tan esencial como es la protección del medio ambiente.
Por su parte, también se recoge como novedad en este apartado, el Reglamento (UE) 2024/1468 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de mayo de 2024 por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2021/2115 y (UE) 2021/2116 en lo que respecta a las normas en materia de buenas condiciones agrarias y medioambientales, los regímenes en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal, las modificaciones de los planes estratégicos de la PAC, la revisión de los planes estratégicos de la PAC y las exenciones de controles y sanciones. El Reglamento apuesta por incorporar nuevas normas y requisitos orientados a fortalecer la sostenibilidad y la biodiversidad en la agricultura, introduciendo, entre otras cuestiones, incentivos específicos orientados a fomentar prácticas agrícolas que favorezcan y ayude a mitigar el cambio climático junto al bienestar animal, fijando para ello incentivos económicos a los agricultores que lleven a cabo estas prácticas.
De igual forma, se incluye en este III Boletín, en materia de medio ambiente y sostenibilidad, un reglamento andaluz de relevancia por la apuesta que realiza. Se trata del Decreto 88/2024, de 9 de abril, por el que se crea y regula el Consejo Andaluz de las Reservas de la Biosfera y se establece el régimen jurídico de las Reservas de la Biosfera de Andalucía. Con el Decreto 88/2024, Andalucía crea y regula el Consejo Andaluz de las Reservas de la Biosfera, a la vez que define y precisa su régimen jurídico. Una de las cuestiones a destacar es la alineación de esta norma con los objetivos del Programa Hombre y la Biosfera (MaB) de la UNESCO, con la que Andalucía contribuye de manera significativa a la Red Mundial de Reservas de la Biosfera.
En materia de digitalización, recogemos dos grandes novedades. En primer lugar, el Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº. 910/2014, en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital que permitirá la creación de una cartera europea de identidad digital universal, fiable y segura, estableciendo el mandato a los Estados miembros de ofrecer a los ciudadanos y las empresas carteras digitales que puedan vincular sus identidades digitales con pruebas de otros atributos personales, como permisos de conducción, diplomas o cuentas bancarias. Estos “monederos” podrán emitirse por autoridades públicas o entidades privadas reconocidas, con el propósito de proporcionar a los europeos un control total sobre sus datos al acceder a los servicios en línea, eliminando el intercambio innecesario de datos. En segundo lugar, la Orden PJC/385/2024, de 30 de abril, por la que se crea la plataforma digital de colaboración entre Administraciones públicas y se regula su configuración y funcionamiento. Esta Orden, proveniente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, merece particular atención por el avance que representa en la modernización y digitalización de las Administraciones Públicas, al crear la Plataforma Digital de Colaboración entre las Administraciones Públicas, denominada Cooper@ y cuya finalidad es facilitar las relaciones y servir de soporte electrónico entre los órganos de las Conferencia Sectoriales y otros órganos de cooperación, mejorando de esta forma la interconexión e interoperabilidad digital interadministrativa. En síntesis, con su creación se refuerza la cooperación territorial a la vez que España cumple con parte de los compromisos asumidos en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
MEDIO AMBIENTE
Directiva (UE) 2024/1203 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de abril de 2024 relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal y por la que se sustituyen las Directivas 2008/99/CE y 2009/123/CE (DOUE, 11 de abril 2024)
La Directiva (UE) 2024/1203 del Parlamento Europeo y del Consejo, adoptada el 11 de abril de 2024, tiene como objetivo principal la protección del medio ambiente a través del Derecho penal. Esta directiva reemplaza las Directivas 2008/99/CE y 2009/123/CE, actualizando y fortaleciendo el marco jurídico europeo en materia de delitos ambientales.
La nueva directiva busca armonizar y mejorar las normativas existentes para una mayor efectividad en la persecución y sanción de los delitos ambientales. Amplía y especifica las conductas consideradas como delitos ambientales, incluyendo la contaminación intencionada, el tráfico ilegal de residuos y la destrucción de hábitats naturales. También establece la responsabilidad penal tanto para individuos como para personas jurídicas, permitiendo sancionar a empresas y organizaciones por actividades ilícitas que afecten el medio ambiente. Las sanciones para los delitos ambientales se endurecen, incluyendo penas de prisión, multas significativas y medidas de restitución, con el objetivo de que sean proporcionales a la gravedad del daño causado y a la ventaja económica obtenida por el infractor. Además, la directiva fomenta la cooperación entre Estados Miembros en la investigación y persecución de delitos ambientales transfronterizos, estableciendo mecanismos para el intercambio de información y la asistencia mutua en procedimientos judiciales.
La armonización de las legislaciones nacionales bajo este marco común europeo asegura una aplicación uniforme de las normas penales ambientales en todos los Estados Miembros, reduciendo las disparidades legales y fortaleciendo la protección del medio ambiente a nivel comunitario. Al establecer penas más severas y claras definiciones de delitos, la directiva busca disuadir las conductas dañinas para el medio ambiente, y la inclusión de la responsabilidad penal de personas jurídicas asegura que las empresas tomen medidas proactivas para evitar infracciones. Esta normativa refuerza, por lo tanto, la protección del medio ambiente, promoviendo la sostenibilidad y la conservación de los recursos naturales, lo cual es crucial para la preservación de la biodiversidad y la salud de los ecosistemas europeos. Además, el enfoque en la cooperación transfronteriza permite una respuesta más coordinada y eficaz frente a los delitos ambientales, que a menudo trascienden las fronteras nacionales.
Desde el I-INGOT se destaca cómo la Directiva (UE) 2024/1203 busca fortalecer la protección del medio ambiente a través del derecho penal, y destacamos como la complementariedad del Derecho penal y del Derecho administrativo es crucial para prevenir y disuadir las conductas ilícitas perjudiciales para el medio ambiente, además de la definición del alcance de la garantía del cumplimiento de cada Derecho. Esto implica la armonización de las disposiciones legales en materia de delitos ambientales en toda la Unión Europea, con el fin de garantizar una aplicación efectiva y coherente de las leyes ambientales. Por lo tanto, vemos cómo se refuerza la protección medioambiental obligando a los Estados miembros deben establecer en su Derecho nacional sanciones penales para las infracciones graves del Derecho de la Unión en materia de protección del medio ambiente, materia de indiscutible interés para el I-INGOT.
En conclusión, la Directiva (UE) 2024/1203 representa un avance significativo en la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal en la Unión Europea. Al sustituir y mejorar las directivas anteriores, proporciona un marco más robusto y coherente para enfrentar los desafíos ambientales actuales. Su implementación eficaz dependerá de la adaptación de las legislaciones nacionales y de la colaboración activa entre los Estados Miembros y las instituciones europeas.
Reglamento (UE) 2024/1468 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de mayo de 2024 por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2021/2115 y (UE) 2021/2116 en lo que respecta a las normas en materia de buenas condiciones agrarias y medioambientales, los regímenes en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal, las modificaciones de los planes estratégicos de la PAC, la revisión de los planes estratégicos de la PAC y las exenciones de controles y sanciones (DOUE, 14 de mayo de 2024)
El Reglamento (UE) 2024/1468 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2024, introduce modificaciones significativas a los Reglamentos (UE) 2021/2115 y (UE) 2021/2116, que forman parte del marco de la Política Agrícola Común (PAC). Estas modificaciones tienen el objetivo de mejorar las normas de buenas condiciones agrarias y medioambientales, así como los regímenes destinados al clima, el medio ambiente y el bienestar animal.
En cuanto a las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM), el reglamento introduce nuevas normas y requisitos que buscan fortalecer la sostenibilidad y la biodiversidad en la agricultura. Se añaden incentivos específicos para fomentar prácticas agrícolas que favorezcan la mitigación del cambio climático y el bienestar animal, incentivando económicamente a los agricultores que adopten estas prácticas. Además, se simplifica el procedimiento para la modificación de los planes estratégicos de la PAC, permitiendo una adaptación más rápida y eficiente por parte de los Estados Miembros ante nuevas circunstancias y desafíos. También se establece una revisión periódica de estos planes estratégicos para asegurar que se mantengan alineados con los objetivos generales de la PAC y las políticas ambientales de la UE.
El reglamento también introduce exenciones específicas en los controles y sanciones, permitiendo una mayor flexibilidad en su aplicación cuando esté justificado. Esto promueve un enfoque más pragmático y menos punitivo, beneficiando tanto a las autoridades como a los agricultores. En términos prácticos, los agricultores deberán adaptarse a estas nuevas normativas, lo que puede implicar inversiones iniciales pero que a largo plazo resultarán en beneficios económicos y ambientales. Este reglamento refuerza el compromiso de la UE con una agricultura sostenible y respetuosa con el medio ambiente, alineándose con los objetivos del Pacto Verde Europeo.
Desde el I-INGOT, se destaca como el Reglamento (UE) 2024/1468 introduce modificaciones importantes en la Política Agrícola Común, enfocadas en fortalecer la sostenibilidad ambiental, materias nucleares en nuestro ámbito de trabajo. Estas modificaciones afectan a las normas de buenas condiciones agrarias y medioambientales, los regímenes climáticos y de bienestar animal, y los procedimientos administrativos.
Finalmente, las autoridades nacionales tendrán que ajustar sus sistemas de control y seguimiento para garantizar el cumplimiento de las nuevas normativas, lo que podría requerir cambios en la infraestructura administrativa y en los procedimientos de supervisión. En resumen, el Reglamento (UE) 2024/1468 marca un paso importante hacia una política agrícola más sostenible y adaptada a los desafíos medioambientales actuales, buscando equilibrar las necesidades económicas de los agricultores con los objetivos ambientales de la Unión Europea.
Decreto 88/2024, de 9 de abril, por el que se crea y regula el Consejo Andaluz de las Reservas de la Biosfera y se establece el régimen jurídico de las Reservas de la Biosfera de Andalucía (BOJA núm. 71, de 12 de abril de 2024)
El Decreto 88/2024, de 9 de abril, es un reglamento aprobado por la Junta de Andalucía que establece la creación y regulación del Consejo Andaluz de las Reservas de la Biosfera y define el régimen jurídico de las Reservas de la Biosfera de Andalucía. Este Decreto se alinea con los objetivos del Programa Hombre y la Biosfera (MaB) de la UNESCO, promoviendo la investigación y la gestión sostenible de las reservas naturales. Andalucía, con sus nueve reservas de la biosfera, contribuye significativamente a la Red Mundial de Reservas de la Biosfera.
Estas reservas, definidas como áreas protegidas internacionalmente reconocidas, se gestionan bajo la jurisdicción soberana del Estado y deben seguir las directrices establecidas por la UNESCO, como la Estrategia de Sevilla y el Marco Estatutario. El decreto establece la creación del Consejo Andaluz de las Reservas de la Biosfera para coordinar y asesorar en el desarrollo sostenible de estas áreas, cumpliendo con la legislación nacional y autonómica, así como con los principios de transparencia y eficiencia administrativa. Además, se regula el régimen jurídico de estas reservas, asegurando su integración y mantenimiento bajo normativas internacionales y nacionales, con el objetivo de promover la protección del medio ambiente y la biodiversidad.
El Consejo Andaluz de las Reservas de la Biosfera creado bajo este Decreto actuará como un órgano consultivo y de coordinación para las reservas andaluzas, asegurando su conservación y el desarrollo sostenible de estas áreas de importancia ecológica. Este Consejo tendrá la responsabilidad de promover políticas de conservación, coordinar acciones entre las distintas reservas y fomentar la participación de la sociedad en la gestión de estos espacios naturales. El Decreto refuerza la estructura institucional y las capacidades técnicas para la gestión de las reservas, asegurando la implementación de estrategias integradas que promuevan la sostenibilidad ambiental, económica y social. Asimismo, establece mecanismos de financiación y cooperación internacional, facilitando la obtención de recursos y el intercambio de experiencias y buenas prácticas con otras reservas de la biosfera a nivel mundial.
Desde el I-INGOT, siendo la protección del medio ambiente y la sostenibilidad materias esenciales en nuestras líneas de investigación, consideramos que el Decreto 88/2024 representa un avance significativo en la protección de los espacios naturales de Andalucía. Este marco jurídico garantiza además que las Reservas de la Biosfera sean gestionadas de manera efectiva y con una visión a largo plazo, posicionando a Andalucía como un referente en la conservación de la biodiversidad y el desarrollo sostenible a nivel nacional e internacional. En conclusión, el Decreto 88/2024 es un instrumento clave para la preservación de los valiosos recursos naturales de Andalucía, promoviendo una gestión participativa y sostenible que beneficiará a las generaciones presentes y futuras.
DIGITALIZACIÓN
Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº. 910/2014, en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital
El reciente Reglamento (UE) 2024/1183, de 11 de abril, por el que se establece un marco para una identidad digital europea se basa en el Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE (Reglamento eIDAS). El Reglamento eIDAS ya posibilitó que los Estados miembros pudiesen notifican voluntariamente los sistemas nacionales de identificación electrónica que otros Estados miembros estuvieran obligados a reconocer. En 2018, la identificación electrónica paso a ser obligatoria pero no se exigía a los Estados miembros que elaborarán una identificación electrónica nacional, la interoperabilidad se llevaba a cabo mediante la implementación de una superestructura de interoperabilidad que conectaba los diversos sistemas de identidad, dando lugar, como reconoce la propia UE, a problemas técnicos así como discrepancias entre los países a la vez que impedía la extensión a los servicios digitales privados.
En este contexto, el nuevo Reglamento (UE) 2024/1183 busca dar respuesta a las citadas deficiencias, mejorando la eficacia del marco actual de la identidad digital y ampliando el mismo el sector privado. Con su aprobación, los Estados miembros tienen el mandato de ofrecer a los ciudadanos y a las empresas carteras digitales que puedan vincular sus identidades digitales nacionales con pruebas de otros atributos personales, tales como permisos de conducción, diplomas o cuentas bancarias. Además, estos “monederos digitales” pueden ser emitidos tanto por autoridad públicas como por entidades privadas reconocidas, todo ello con el objetivo de proporcionar al conjunto de la ciudadanía europea un control total sobre sus datos al acceder a los servicios en línea, para lo que elimina el intercambio de datos. Además, los proveedores de servicios legalmente obligados a identificar a sus clientes de manera inequívoca estarán obligados a aceptar la billetera para la autenticación.
Con este Reglamento se exige a los Estados miembros que proporcionen carteras de identidad digital de la UE a los ciudadanos en un plazo de 24 meses a partir de la adopción de los actos de ejecución, en las que se describan las especificaciones técnicas y la certificación. Además, estas leyes, deben adoptarse en un plazo de entre seis y doce meses desde la aprobación del Reglamento y se basarán en los requisitos y especificaciones desarrollados en la denominada “caja de herramientas de identidad digital de la UE”.
Orden PJC/ 385/2024, de 30 de abril, por la que se crea la plataforma digital de colaboración entre las administraciones públicas y se regula su configuración y funcionamiento («BOE» núm. 106, de 1 de mayo de 2024)
La Orden PJC/385/2024, de 30 de abril, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, representa un avance significativo en la modernización y digitalización de la Administración Pública en España. Esta Orden establece la creación de la Plataforma Digital de Colaboración entre las Administraciones Públicas, conocida como Cooper@, y regula su configuración y funcionamiento. La plataforma Cooper@ está diseñada para facilitar las relaciones y el soporte electrónico entre los órganos de las Conferencias Sectoriales y otros órganos de cooperación, mejorando así la interconexión e interoperabilidad digital interadministrativa.
El objetivo de esta plataforma es reforzar la cooperación territorial y cumplir con los compromisos asumidos por España en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado por la Unión Europea. Entre estos compromisos se encuentra el Hito 145, que exige la entrada en vigor de modificaciones en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, para establecer la interconexión digital entre las plataformas informáticas de la Administración central y regional.
Además, se añade en la Ley 40/2015 una nueva disposición adicional trigésima, cuyo apartado 1 ordena la creación de la Plataforma Digital de Colaboración entre las Administraciones Públicas, en adelante, Cooper@, como instrumento destinado a facilitar las relaciones y el soporte electrónico de los órganos integrantes del sistema de Conferencias Sectoriales y, en general, de los órganos de cooperación contemplados en el título III de la citada ley, en adelante, sistema de órganos de cooperación, se establece, por lo tanto, la base legal para la creación y funcionamiento de estas plataformas digitales, facilitando la cooperación y coordinación entre diferentes niveles de gobierno.
La Orden PJC/385/2024 implementa estos preceptos legales, configurando un entorno digital donde las administraciones pueden compartir información y recursos de manera eficiente y segura. Esta interconexión no solo mejora la gestión interna de las administraciones, sino que también ofrece un mejor servicio a los ciudadanos, quienes podrán acceder a servicios públicos de manera más rápida y eficiente. Con su entrada en vigor el 2 de mayo de 2024, se espera que esta plataforma contribuya a una Administración más ágil y accesible para los ciudadanos, alineándose con los objetivos de digitalización y modernización establecidos por la Unión Europea. Esta iniciativa no solo representa un avance tecnológico, sino también un compromiso con la mejora continua de los servicios públicos y la transparencia en la gestión gubernamental.
Desde el Instituto de Investigaciones Jurídicas en Gobierno y Territorio (I-INGOT), destacamos la importancia de la adaptación de la Administración a las necesidades actuales, promoviendo una gestión más eficiente y transparente, y facilitando la colaboración entre distintos niveles de gobierno. La plataforma Cooper@ permitirá a los investigadores acceder a datos actualizados y precisos, mejorando la calidad de los estudios y análisis sobre políticas públicas. Además, la plataforma facilitará la coordinación de proyectos de investigación entre diferentes entidades, fomentando la innovación y el desarrollo de nuevas soluciones para la gestión pública.
En conclusión, la Orden PJC/385/2024 es un claro ejemplo de cómo España está trabajando para cumplir con sus objetivos de digitalización y mejorar la colaboración interadministrativa. Esta plataforma es fundamental para una Administración pública más eficiente, transparente y orientada al servicio del ciudadano, reforzando el compromiso del país con la modernización y la sostenibilidad administrativa.