Seminario de investigación I-INGOT: “La potestad reglamentaria en el urbanismo y en la protección del patrimonio”


El pasado 4 de octubre de 2024 tuvo lugar, en la Sala de Juntas de la Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga, el Seminario de Investigación sobre “La potestad reglamentaria en el urbanismo y la protección del patrimonio”. Este Seminario se realizó en el marco del Proyecto de I+D+i de Generación del Conocimiento “La potestad reglamentaria. Concepto y régimen jurídico de los reglamentos” (POTERES), financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y contó con la colaboración del Instituto de Investigaciones Jurídicas en Gobierno y Territorio (I-INGOT), de la Universidad Pablo de Olavide y de la Universidad de Huelva.
La sesión fue inaugurada por Elsa Marina Álvarez González, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Málaga y Secretaria Académica del I-INGOT y por Eduardo Gamero Casado, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Pablo de Olavide y co-IP del Proyecto junto a Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva.
El Seminario se estructuró en tres ponencias principales; en primer lugar, Diego J. Vera Jurado, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Málaga y Director del I-INGOT, se encargó de abordar las complejidades normativas y jurídicas que surgen en torno a la potestad reglamentaria, especialmente en el ámbito urbanístico y la gestión del territorio. El profesor Vera Jurado profundizó, además, en la problemática de la excesiva proliferación jurídica en el ámbito del Urbanismo y de la Ordenación del Territorio, señalando cómo las distintas Administraciones territoriales han progresado en la emisión de normas reglamentarias, generando en ocasiones conflictos y solapamientos normativos. Además, destacó la aparición de figuras como los programas coordinados, las declaraciones de interés autonómico y los catálogos del paisaje, cuya naturaleza jurídica no está del todo clara, generando un contexto de incertidumbre en su interacción con el resto de los instrumentos de planificación territorial.
A continuación, Esther Rando Burgos, profesora Permanente Laboral de Derecho Administrativo de la Universidad de Málaga, presentó un análisis profundo sobre los efectos de la invalidez parcial de los planes urbanísticos, sugiriendo que la jurisprudencia está consolidando un enfoque que admite dicha invalidez en caso de vicios procedimentales, afectando únicamente a una parte del plan o a un sector geográfico determinado. Este planteamiento contrasta con la teoría clásica de la nulidad total de los reglamentos por vicios formales, lo que abre la puerta a un análisis más matizado del régimen jurídico aplicable a los diferentes tipos de normas.
Finalmente, en el ámbito de la protección del patrimonio cultural, la Catedrática de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla y Presidenta de la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo (AEPDA) Concepción Barrero Rodríguez, exploró los desafíos que plantea la declaración de un bien como Bien de Interés Cultural (BIC). La profesora Barrero Rodríguez puso de relieve que, en los últimos años, dicha declaración ha comenzado a incorporar contenidos de carácter reglamentario, una tendencia que, de consolidarse, requerirá que los procedimientos para su aprobación respeten las garantías jurídicas asociadas a la potestad reglamentaria. Esta intervención subrayó la importancia de mantener la distinción clásica entre los instrumentos urbanísticos y los mecanismos de protección patrimonial, evitando que los contenidos reglamentarios de las declaraciones BIC afecten a la claridad y seguridad jurídica.
Entre las diferentes conclusiones extraídas del seminario, podemos destacar la necesidad de revisar y ajustar el marco normativo que regula la potestad reglamentaria en el urbanismo y la protección del patrimonio cultural. En particular, se subrayó la necesidad de implementar la regulación de las actuaciones híbridas, entendidas como aquellas que combinan características propias de los actos administrativos y de los reglamentos, cuya ambigüedad exige una mayor precisión normativa. Se concluyó que cuando una regulación incorpora elementos reglamentarios junto con decisiones individuales de carácter administrativo, deben cumplirse las garantías procedimentales correspondientes tanto a los actos administrativos como a los reglamentos, a fin de proteger los derechos de los ciudadanos.
El evento, que se celebró en formato híbrido, facilitó la participación de la comunidad universitaria y de los operadores jurídicos interesados, lo que contribuyó a un debate enriquecedor sobre los retos y las oportunidades en la aplicación de la potestad reglamentaria en el urbanismo y en el patrimonio histórico.