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Gestión de procesos del Servicio de Personal Docente e Investigador

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Actividad de Tratamiento 1.3.1
Responsable del tratamiento:

Universidad de Málaga
Avda. de Cervantes, 2. 29016, Málaga.
Teléfono:  952.131.000

Órgano/Unidad con responsabilidad en la ejecución del tratamiento:

Servicio de Personal Docente e Investigador
(Área Básica de Administración General / Área de Recursos Humanos)

Contacto Delegado de Protección de Datos: dpo@uma.es

Fines del tratamiento
Gestión de los procesos asignados al Servicio de Personal Docente e Investigador en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno de dicha Universidad, disponible en este enlace.
Base Jurídica
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento <art. 6.1.c) RGPD>
Categoría especial de datos <art. 9.2 RGPD>: Ninguna
Consentimiento expreso del interesado.
Legitimación
  • Estatutos de la Universidad de Málaga.
  • Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
  • Real Decreto Legislativo 1/2013 (Ley andaluza de Universidades)
  • Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre régimen del profesorado universitario.
  • RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2008, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
Colectivo de personas interesadas

Participantes en los procesos selectivos convocados por la Universidad de Málaga y Personal Docente e Investigador de la misma.

Categoría de datos personales
  • Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI/pasaporte, dirección postal, correo electrónico y teléfono, firma, firma electrónica, número de la S.S. o mutua y número de identificación de persona.
  • Datos de características personales: Fecha y lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad, discapacidad y datos de familia.
  • Datos académicos y profesionales: Titulaciones, formación y experiencia profesional.
  • Datos de circunstancias sociales: licencias, permisos y ausencias.
  • Datos de puesto: categoría y datos históricos del puesto que ha ocupado.
  • Datos económico-financieros: datos bancarios, datos económicos de nómina y datos de deducciones impositivas.
 
Categoría de destinatarios/as
  Las diferentes Administraciones Públicas, y los organismos públicos y entidades de derecho público, y universidades, que integran el sector público institucional, respecto de los datos que figuren en los documentos a que hace referencia el art. 28 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común.
Los boletines oficiales, BOE, BOJA y BOUMA y Web institucional de la Universidad de Málaga en cuanto a publicidad de procesos selectivos.
Las cuestiones relativas a sus situaciones administrativas y laborales, se comunican a la Seguridad Social y a MUFACE.
Se dará acceso y vista de los documentos que forman parte del expediente administrativo de un concurso a los candidatos del mismo, cualquiera que sea su forma de expresión, gráfica, sonora o en imagen o el tipo de soporte material en que figuren, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 13.d) y 53.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los participantes en los procesos selectivos.
Se cederán y comunicarán los datos sin necesidad de consentimiento a Jueces y tribunales en los términos definidos por la legislación procesal.
Transferencias de datos internacionales
No están previstas transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales
Período de conservación de datos / Plazo de supresión
Se conservarán de manera indefinida. Cuando proceda su supresión, ésta se realizará conforme a la normativa aplicable en materia de documentación y archivos.
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
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