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Gestión de procesos del Servicio de Gestión Económica General

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Actividad de Tratamiento 1.4.3
Responsable del tratamiento:

Universidad de Málaga
Avda. de Cervantes, 2. 29016, Málaga.
Teléfono:  952.131.000

Órgano/Unidad con responsabilidad en la ejecución del tratamiento:

 Servicio de Gestión Económica General
(Área Básica de Administración General / Área Económica)

Contacto Delegado de Protección de Datos: dpo@uma.es

Fines del tratamiento
Gestión de los procesos asignados al Servicio de Gestión Económica General en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno de dicha Universidad, disponible en este enlace.
Base Jurídica
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento <art. 6.1.c) RGPD>
Categoría especial de datos <art. 9.2 RGPD>: Ninguna
Consentimiento expreso del interesado.
Legitimación
 

Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Estatutos de la Universidad de Málaga.

Reglamento de Régimen Económico-Financiero de la Universidad de Málaga

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Colectivo de personas interesadas
Miembros de la comunidad universitaria de la Universidad de Málaga y personas físicas ajenas a la misma.
Proveedores, incluyendo personas jurídicas y personas físicas (autónomos).
Categoría de datos personales
Identificativos y de contacto.
Los exigidos por las normas reguladoras del correspondiente procedimiento.
Categoría de destinatarios/as
 

Administración tributaria, para el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Entidades concedentes de subvenciones, para la justificación de las mismas.
Transferencias de datos internacionales
No están previstas transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales
Período de conservación de datos / Plazo de supresión
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades derivadas del tratamiento. Posteriormente, la supresión se realizará conforme a la normativa aplicable en materia de documentación y archivos.
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
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