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Gestión de procesos del Servicio Central de Informática: Centro de Atención a Usuarios

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Actividad de Tratamiento 3.1: CAU
Responsable del tratamiento:

Universidad de Málaga
Avda. de Cervantes, 2. 29016, Málaga.
Teléfono:  952.131.000

Órgano/Unidad con responsabilidad en la ejecución del tratamiento:

Servicio Central de Informática

(Área Básica de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones / Área de Informática)

Contacto Delegado de Protección de Datos: dpo@uma.es

Fines del tratamiento

Gestión de los procesos asignados al Servicio Central de Informática en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno de dicha Universidad, disponible en este enlace.

Evaluación y respuesta a incidencias, peticiones y consultas relacionadas con las TIC que se realizan al SCI.

Base Jurídica
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento <art. 6.1.c) RGPD>
Categoría especial de datos <art. 9.2 RGPD>: Ninguna
Consentimiento expreso del interesado.
Legitimación

Artículo 6.1.c) del Reglamento General de Protección de Datos.

Art. 8, 19.3 y 77 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Colectivo de personas interesadas
Miembros de la comunidad universitaria de la Universidad de Málaga y personas con acceso a servicios de la misma por algún tipo de necesidad o acuerdo.
Categoría de datos personales

Datos identificativos y de descripción y gestión de los avisos.

Categoría de destinatarios/as
No hay cesión de datos a destinatarios, salvo obligación legal.
Transferencias de datos internacionales
No están previstas transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales
Período de conservación de datos / Plazo de supresión
La Universidad tratará los datos personales proporcionados durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para que fueron recabados. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación y en la normativa de uso de servicios del SCI.
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
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