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Gestión de procesos de la Unidad Docente Asistencial de Terapia Ocupacional

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 Actividad de Tratamiento 1.8.6
Responsable del tratamiento:

Universidad de Málaga
Avda. de Cervantes, 2. 29016, Málaga.
Teléfono:  952.131.000

Órgano/Unidad con responsabilidad en la ejecución del tratamiento:

Unidad Docente Asistencial de Terapia Ocupacional
(Área Básica de Administración General / Área de Asuntos Sociales)

Contacto Delegado de Protección de Datos: dpo@uma.es

Fines del tratamiento
Gestión de los procesos asignados a la Unidad Docente Asistencial de Terapia Ocupacional en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno de dicha Universidad, disponible en este enlace.
Base Jurídica
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento <art. 6.1.c) RGPD>
Categoría especial de datos <art. 9.2 RGPD>: Tratamiento necesario para fines de prestación de asistencia o tratamiento de tipo sanitario, o gestión de los sistemas y servicios de asistencia sanitaria
Consentimiento expreso del interesado.
Legitimación
  • Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
  • Decreto 464/2019, de 14 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Málaga.
  • Decreto 69/2008, de 26 de febrero, por el que se establecen los procedimientos de las Autorizaciones Sanitarias y se crea el Registro Andaluz de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios
Colectivo de personas interesadas
Comunidad universitaria y sociedad en general
Categoría de datos personales
Identificativos y de contacto. Imagen voz y otros elementos análogos, Categorías especiales de datos: datos relativos a la salud.
Categoría de destinatarios/as
Ciudadanos y residentes, pacientes.
Transferencias de datos internacionales
No están previstas transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales
Período de conservación de datos / Plazo de supresión
Se conservarán de manera indefinida, con fines de investigación histórica y estadística. Cuando proceda su supresión, ésta se realizará conforme a la normativa aplicable en materia de documentación y archivos.
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
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