Gestión de procesos del Servicio de Procedimientos Electrónicos y Registro
Actividad de Tratamiento 1.1.2 |
Responsable del tratamiento: |
Universidad de Málaga Órgano/Unidad con responsabilidad en la ejecución del tratamiento: Servicio de Procedimientos Electrónicos y Registro Contacto Delegado de Protección de Datos: dpo@uma.es |
Fines del tratamiento |
Gestión de los procesos asignados al Servicio de Procedimientos Electrónicos y Registro en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno de dicha Universidad, disponible en este enlace. |
Base Jurídica |
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento <art. 6.1.c) RGPD> Categoría especial de datos <art. 9.2 RGPD>: Ninguna Consentimiento expreso del interesado. |
Legitimación |
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, de 9 de julio de 2018, por el que se regula la implantación y utilización de medios electrónicos en los procedimientos administrativos correspondientes a servicios prestados por dicha Universidad. |
Colectivo de personas interesadas |
Miembros de la comunidad universitaria y personas usuarias de los servicios de la Universidad de Málaga |
Categoría de datos personales |
Identificativos y de contacto. Los exigidos por las normas reguladoras del correspondiente procedimiento. |
Categoría de destinatarios/as |
Las diferentes Administraciones Públicas, y los organismos públicos y entidades de derecho público, y universidades, que integran el sector público institucional, respecto de los datos que figuren en los documentos a que hace referencia el art. 28 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común. La digitalización de todos los documentos presentados y su remisión a la unidad de destino se gestiona a través de una aplicación desarrollada por TangramBPM/Telefónica y G-ONCE (Guadaltel) (encargados del tratamiento de datos). |
Transferencias de datos internacionales |
No están previstas transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales |
Período de conservación de datos / Plazo de supresión |
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades derivadas del tratamiento. Posteriormente, la supresión se realizará conforme a la normativa aplicable en materia de documentación y archivos. |
Medidas de seguridad |
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica. |