Gestión de procesos del Servicio Central de Informática: Correo Electrónico
Actividad de Tratamiento 3.1: Correo Electrónico |
Responsable del tratamiento: |
Universidad de Málaga Órgano/Unidad con responsabilidad en la ejecución del tratamiento: Servicio Central de Informática (Área Básica de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones / Área de Informática) Contacto Delegado de Protección de Datos: dpo@uma.es |
Fines del tratamiento |
Gestión de los procesos asignados al Servicio Central de Informática en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno de dicha Universidad, disponible en este enlace. Gestionar el sistema de correo electrónico y listas de distribución corporativos. |
Base Jurídica |
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento <art. 6.1.c) RGPD> Categoría especial de datos <art. 9.2 RGPD>: Ninguna Consentimiento expreso del interesado. |
Legitimación |
Artículo 6.1.c) del Reglamento General de Protección de Datos. Art. 8, 19.3 y 77 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. |
Colectivo de personas interesadas |
Miembros de la comunidad universitaria de la Universidad de Málaga y personas con acceso al correo por algún tipo de necesidad o acuerdo. |
Categoría de datos personales |
Contenido de correos electrónicos. |
Categoría de destinatarios/as |
No hay cesión de datos a destinatarios. Los datos de contacto profesional para PAS y PDI estarán visibles en la web de la UMA. |
Transferencias de datos internacionales |
No están previstas transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales |
Período de conservación de datos / Plazo de supresión |
La Universidad tratará los datos personales proporcionados durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para que fueron recabados. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación y en la normativa de uso de servicios del SCI. |
Medidas de seguridad |
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica. |