Gestión de procesos del Servicio de Construcción y Conservación: Telefonía Móvil
Actividad de Tratamiento 5.1.1: Telefonía Móvil |
Responsable del tratamiento: |
Universidad de Málaga Órgano/Unidad con responsabilidad en la ejecución del tratamiento: Servicio de Construcción y Conservación Contacto Delegado de Protección de Datos: dpo@uma.es |
Fines del tratamiento |
Gestión de los procesos asignados al Servicio de Construcción y Conservación en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno de dicha Universidad, disponible en este enlace. |
Base Jurídica |
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento <art. 6.1.c) RGPD> Categoría especial de datos <art. 9.2 RGPD>: Ninguna Consentimiento expreso del interesado.. |
Legitimación |
El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte de la Universidad de Málaga, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a la Universidad de Málaga, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa. |
Colectivo de personas interesadas |
PDI y PAS que dispongan de teléfonos móviles corporativos |
Categoría de datos personales |
Datos solicitados desde el Vicerrectorado de Smart- Campus:
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Categoría de destinatarios/as |
Junta de Andalucía en la actual RCJA. |
Transferencias de datos internacionales |
No están previstas transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales |
Período de conservación de datos / Plazo de supresión |
Los datos personales proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recaban y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la finalidad, además de los períodos establecidos en la normativa de archivos y documentación |
Medidas de seguridad |
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica. |