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Procedimiento de Compensación de Tasas por Actividades

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Ámbito de aplicación.

Esta normativa será de aplicación a los procedimientos de solicitudes de compensación y/o devolución de tasas de actividades del Servicio de Deportes de la Universidad de Málaga.

Ámbito personal.

Los preceptos contenidos en la presente normativa serán de aplicación a los usuarios registrados del Servicio de Deportes.
Para las actividades infantiles y juveniles será el padre, madre o tutor quien ejerza el derecho de petición.

A) Por Actividades

1.- A solicitud del interesado.
1.1 Para las actividades con carácter mensual, se procederá a la compensación o devolución de las tasas abonadas por los usuarios, siempre que se solicite antes del comienzo del mes natural de la actividad contratada, aunque no se haya impartido todavía la actividad. 
Una vez comenzado el mes natural no se compensará o devolverá las tasas.

1.2 En aquellas actividades que no tengan una periodicidad mensual el plazo para solicitar la compensación o devolución terminará el día hábil anterior al inicio de la actividad.

1.3 Las solicitudes de devolución de tasas deberán presentarse, por escrito mediante instancia, en la oficina de Administración del Complejo Deportivo en los plazos anteriormente reseñados.

1.4 No es necesaria justificar causa alguna para solicitar la baja o devolución.

1.5 No se tramitará ninguna solicitud presentada fuera de plazo.

1.6 Los usuarios que abonen la actividad mediante domiciliación bancaria deberán solicitar en su entidad bancaria la devolución del recibo dentro de los plazos establecidos en el punto 1.1.
Para otras formas de pago de las actividades, se procederá a devolver las tasas en efectivo por parte de Gestión Económica.

1.7 El incumplimiento del punto anterior para las actividades domiciliadas dará lugar a considerar al usuario como moroso, teniendo que abonar las cantidades adeudadas para poder inscribirse en una actividad.

1.8 La devolución de tasas implica la pérdida del derecho a reserva de plaza en esa actividad.

2.- Por ausencia del monitor

2.1 En caso de ausencia del monitor que imposibilite la impartición de la clase, el Servicio de Deportes se compromete a sustituir al monitor en las siguientes 24 horas, en cuyo caso la clase perdida no se compensará.

2.2 Ante la imposibilidad de no poder sustituirle en el tiempo estipulado, se reembolsarán las clases que no se hayan impartido (a partir de la segunda) conforme al siguiente método de cálculo:

  • Actividades de 1 clase a la semana: importe mensualidad / 4
  • Actividades de 2 clases a la semana: importe mensualidad / 8
  • Actividades de 3 clases a la semana: importe mensualidad / 12
  • Actividades de 5 clases a la semana: importe mensualidad / 20

2.3 La solicitud de devolución se presentará en la oficina de Administración  en el plazo máximo de 15 días naturales desde que finaliza el mes en que se produce la ausencia del monitor.

3.- Por las condiciones climatológicas.

En caso de lluvia, viento o causa climatológica mayor, no se compensarán económicamente y se habilitará al usuario una actividad paralela, en función de la disponibilidad de los espacios y dirigida por el propio monitor.

4.- Otros motivos.

Si la suspensión de las actividades es ocasionada por una actividad propia y puntual del Servicio de Deportes, como campeonatos universitarios, Destino UMA, Congresos, mítines, etc, se devolverá la cantidad correspondiente, según lo establecido en el punto 2.2 y 2.3 de esta normativa.

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