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Gestión de procesos del Servicio de Ordenación Académica

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 Actividad de Tratamiento 1.2.2
Responsable del tratamiento:

Universidad de Málaga
Avda. de Cervantes, 2. 29016, Málaga.
Teléfono:  952.131.000

Órgano/Unidad con responsabilidad en la ejecución del tratamiento:

Servicio de Ordenación Académica
(Área Básica de Administración General / Área Académica)

Contacto Delegado de Protección de Datos: dpo@uma.es

Fines del tratamiento
Gestión de los procesos asignados al Servicio de Ordenación Académica en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno de dicha Universidad, disponible en este enlace.
Base Jurídica
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al
responsable del tratamiento <art. 6.1.c) RGPD>
Categoría especial de datos <art. 9.2 RGPD>: Datos de salud/discapacidad
Consentimiento expreso del interesado..
Legitimación
  • Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre régimen del profesorado universitario.
  • Estatutos de la Universidad de Málaga, aprobados por Decreto 464/2019, de 14 de mayo, de la Junta de Andalucía (BOJA del 17 de mayo).
  • Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • Plan de Ordenación Docente para cada curso académico.
  • Plan Propio Integral de Docencia.
Colectivo de personas interesadas
Personal docente e Investigador de la Universidad de Málaga
Profesorado de los Centros Adscritos
Colaboradores Docentes y Profesionales Externos
Estudiantes de la Universidad de Málaga
Categoría de datos personales
Identificativos y de contacto.
Los exigidos por las normas reguladoras del correspondiente procedimiento.
Categoría de destinatarios/as
Las diferentes Administraciones Públicas, y los organismos públicos y entidades de derecho público, y universidades, que integran el sector público institucional, respecto de los datos que figuren en los documentos a que hace referencia el art. 28 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común.
Transferencias de datos internacionales
No están previstas transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales
Período de conservación de datos / Plazo de supresión
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades derivadas del tratamiento. Posteriormente, la supresión se realizará conforme a la normativa aplicable en materia de documentación y archivos.
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
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