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Criterios de acceso y admisión

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Criterios de acceso

Las vías de acceso al Máster son las generales establecidas en el Real Decreto 861/2010 de 2 de julio el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, en el que se establece que pueden cursar estudios de Máster aquellas personas que estén en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior, siempre que faculten en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster.

Asimismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de máster.

Por otro lado, conforme a lo establecido en la Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, por la que se actualizan los anexos del Real Decreto 1892/2008 de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, se podrán establecer condiciones o pruebas de acceso especiales.

Finalmente, en el sistema universitario andaluz la admisión de los alumnos se realiza a través de un Distrito Único donde previamente a la preinscripción en los distintos títulos de Máster se informa de los requisitos específicos exigidos para cada título, así como de los criterios de valoración de méritos y selección conforme a los que las solicitudes serán ordenadas. Estos criterios y su ponderación se harán públicos antes del comienzo del proceso de matriculación.

 

Criterios de admisión

Se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 18 del Real Decreto 822/21,  por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

El órgano que llevará a cabo el proceso de admisión será la Comisión Académica del Master. Esta comisión estará presidida por el Director de la Escuela de Ingenierías Industriales, y compuesta por el Coordinador del Master y, al menos, cinco profesores con docencia en el título de distintas áreas de conocimiento, propuestos por el Departamento de Ingeniería Mecánica, Térmicas y de Fluidos de la universidad de Málaga. También formará parte de la comisión el correspondiente representante de los estudiantes en la Comisión Académica y de Calidad del Centro.

La admisión se realizará estableciendo su preferencia de acuerdo con los siguientes criterios:

  • · Quienes estén en posesión del título de Grado en Ingeniería Mecánica o del Grado en Tecnologías Industriales que hayan cursado las asignaturas de la intensificación en Mecánica-Máquinas tendrán preferencia en la admisión al Máster en Ingeniería Mecánica Avanzada .
  • · El resto de titulados de la rama de la Ingeniería Industrial también podrán acceder al máster previa evaluación por parte de la comisión académica. La Comisión Académica dictaminará, en cada caso, los requisitos de formación complementarios requeridos.  A continuación, se detallan los estudios para los que la comisión evaluará los requisitos de formación necesarios:

- Grado en Ingeniería Eléctrica.
- Grado en Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
- Grado en Ingeniería Electrónica Industrial.
- Grado en Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo del Producto.
- Grado en Ingeniería en Tecnología Industrial (sin intensificación en Mecánica-Máquinas).
- Grado en Ingeniería de la Energía.
- Grado de Ingeniería Electrónica, Robótica y Mecatrónica.
- Grado en Ingeniería en Organización Industrial.
- Ingeniería Aeronáutica.
- Ingeniería en Automática y Electrónica Industrial.
- Grado en Ingeniería Electromecánica.
- Ingeniería Industrial.
- Grado en Ingeniería Naval.
- Grado en Ingeniería Civil.
- Ingeniería en Organización Industrial-
- Otras Titulaciones de la rama Industrial de la Ingeniería con nivel de Grado o equivalentes a criterio de la Comisión.

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