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Gestión de procesos del Servicio de Habilitación y Seguridad Social
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Actividad de Tratamiento 1.3.3 |
Responsable del tratamiento: |
Universidad de Málaga Órgano/Unidad con responsabilidad en la ejecución del tratamiento: Servicio de Habilitación y Seguridad Social Contacto Delegado de Protección de Datos: dpo@uma.es |
Fines del tratamiento |
Gestión de los procesos asignados al Servicio de Habilitación y Seguridad Social en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno de dicha Universidad, disponible en este enlace. |
Base Jurídica |
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento <art. 6.1.c) RGPD> Categoría especial de datos <art. 9.2 RGPD>: Ninguna Consentimiento expreso del interesado. |
Legitimación |
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. |
Colectivo de personas interesadas |
Personas con vinculación laboral (funcionarios y contratados) con la Universidad de Málaga. |
Categoría de datos personales |
Identificativos y de contacto. Los exigidos por las normas reguladoras del correspondiente procedimiento. |
Categoría de destinatarios/as |
Las diferentes Administraciones Públicas, y los organismos públicos y entidades de derecho público, y universidades, que integran el sector público institucional, respecto de los datos que figuren en los documentos a que hace referencia el art. 28 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común. Se establece el tráfico de datos necesario para el cumplimiento de los fines del servicio con la Oficina de Cooperación Universitaria, TGSS, SEPE, MUFACE, Banco Santander, MUTUA MAZ y Organismos Ejecutivos de Recaudación y Juzgados. |
Transferencias de datos internacionales |
No están previstas transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales |
Período de conservación de datos / Plazo de supresión |
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades derivadas del tratamiento. Posteriormente, la supresión se realizará conforme a la normativa aplicable en materia de documentación y archivos. |
Medidas de seguridad |
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica. |
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