banners
beforecontenttitle

Gestión de procesos del Servicio de Deporte Universitario

Después del título del contenido
Antes del cuerpo del contenido
Trozos html editables
Trozos html editables
 Actividad de Tratamiento 6.1.2
Responsable del tratamiento:

Universidad de Málaga
Avda. de Cervantes, 2. 29016, Málaga.
Teléfono:  952.131.000

Órgano/Unidad con responsabilidad en la ejecución del tratamiento:

Servicio de Deporte Universitario
(Área Básica de Cultura y Deporte Universitarios / Área de Cultura y Deporte)

Contacto Delegado de Protección de Datos: dpo@uma.es

Fines del tratamiento
Gestión de los procesos asignados al Servicio de Deporte Universitario en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno de dicha Universidad, disponible en este enlace.
Base Jurídica
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento <art. 6.1.c) RGPD>
Categoría especial de datos <art. 9.2 RGPD>: Ninguna
Consentimiento expreso del interesado.
Legitimación

Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte

Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía

Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades

Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales
Colectivo de personas interesadas
Miembros de la comunidad universitaria de la Universidad de Málaga y público general externo.
Categoría de datos personales
Identificativos y de contacto.
Los exigidos por las normas reguladoras del correspondiente procedimiento.
Categoría de destinatarios/as
Consejo Superior de Deportes, servicios de deportes de otras universidades, club deportivo UMA, a la empresa del software de gestión integral del servicio de deportes.
Transferencias de datos internacionales
Los datos pueden ser comunicados a países externos y/o entidades internacionales organizadoras de eventos deportivos, en especial EUSA y FISU.
Período de conservación de datos / Plazo de supresión
Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Después del cuerpo del contenido