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APARCAMIENTOS UMA

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RESOLUCIÓN DEL VICERRECTORADO DE SMART-CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA MEDIANTE LA QUE SE REGULA EL USO DE LOS APARCAMIENTOS DESTINADOS A MIEMBROS DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y AUTORIZADOS

 El uso de las zonas de aparcamientos de vehículos, destinados a los diversos colectivos de la Comunidad Universitaria de Málaga y usuarios autorizados/as, no constituye un derecho adquirido por el mero hecho de pertenecer a uno de ellos. La autorización de acceso no comporta reserva de plaza alguna de estacionamiento, sino que se trata de un servicio que la Universidad ofrece a dichos sectores, pero siempre bajo las restricciones de acceso y uso a las que nos obliga la escasez de espacio, conllevando la aceptación de estas normas y forma de acceso:

  1. El acceso al aparcamiento se realiza a través de una barrera/puerta de entrada que se acciona mediante el Sistema de Control de Acceso a través de la App_UMA. Este acceso queda supeditado a la disponibilidad de plazas libres para el estacionamiento de vehículos. Dicho acceso es personal e intransferible y no da derecho a titularidad alguna ni a reserva sobre la plaza que ocupen.
  2. El permiso de acceso y estacionamiento generalmente abarcará al horario de apertura y cierre de sus centros (salvo expresa restricción en horarios y/o autorización en casos especiales y fundamentados a personas, grupos o colectivos) quedando prohibida la pernoctación de vehículos, a no ser por causas fundamentadas y justificadas.
  3.  Las plazas serán destinadas al estacionamiento de vehículos ligeros (coches, motocicletas, ciclomotores y furgonetas de MMA <3.500 kg) prohibiéndose destinarlas a cualquier otro fin.
  4. El vehículo deberá estar estacionado de forma correcta dentro de una sola plaza, sin salirse de las marcas que la delimiten, si las hubiera.
  5.  Se respetará la señalización vertical u horizontal que se establezcan en dichas áreas, específicamente, en zonas en las que se encuentre prohibido aparcar, zonas de carga y descarga, salidas de emergencia, zonas habilitadas para el aparcamiento de personas de diversidad funcional y zonas de recarga de vehículos eléctricos. Acceder por dirección prohibida, circular a velocidades superiores a 20 km/hora, la utilización del aparcamiento para actividades no universitarias, facilitar la entrada sin justificación a más vehículos de los registrados (propios o de terceros). la pernoctación sin justificar, o no estar estacionado de forma correcta, será causa de propuesta de anulación de los dispositivos de acceso durante 1 mes cuando los incumplimientos sean reiterativos por parte del usuario o la usuaria (tres veces en un mismo mes). En caso de seguir persistiendo con más faltas en el mismo mes, habiendo sido notificado/a en cada una de ellas, la propuesta de anulación será para todo el curso en vigor.
  6. La habilitación a las distintas barreras/puertas perderá su vigencia por cambio en las circunstancias del usuario o la usuaria que le hicieron acreedor de la misma. La habilitación será gestionada por los responsables de cada centro/servicio a los que estén destinado dichas zonas de aparcamiento.
  7. Se respetará y cumplirán las instrucciones que el personal del Servicio de Seguridad imparta al respecto, así como la identificación a su requerimiento, mediante la exhibición del carnet del dispositivo digital de acceso y documento oficial que le identifique.
  8. Los/as usuarios/as dejan indemne de responsabilidad a la Universidad de Málaga por cualquier altercado, percance o daño que pudiesen sufrir los vehículos o sus ocupantes en dichas áreas y serán personalmente responsables de los que ocasionen a otros/as usuarios/as o sus vehículos por la circulación, el estacionamiento o, en general, la utilización de dichas áreas.
  9.  La utilización de dichos aparcamientos compromete al usuario o la usuaria a la aceptación, tanto de la forma de acceso a través de la App_UMA, como del uso del número móvil y correo electrónico personal con dominio @uma.es, registrados por el/la usuario/a en el directorio de la Universidad de málaga (DUMA), como medio de comunicación con este Vicerrectorado, que los utilizará ÚNICAMENTE para transmitir la información que corresponda en cada momento, en especial, para la comunicación de incumplimientos cometidos por el usuario o la usuaria y sus consecuencias. Se acepta, asimismo, la obligación del registro actualizado en su página personal en DUMA de los vehículos que se usen para este fin: https://duma.uma.es/duma/directorio/datos-personales/  

Documento: Resolución del Vicerrectorado de Smart-Campus de 2 noviembre de 2023

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