El pasado mes de junio, desde UGT planteábamos que este Real Decreto no desarrolla lo regulado en el artículo 69 de la LOSU, al establecer un sistema de evaluación cualitativa arbitrario a lo que determine la Agencia; los criterios se desarrollaron con premura por la necesidad de publicarlos, lo que provoca una indefinición similar a la producida por la LOSU; acusa una falta de diálogo social y con el resto de agentes implicados en el Sistema Universitario, lo que deja el desarrollo de los criterios a lo que disponga ANECA, el gobierno central y los distintos autonómicos; y no es de recibo que se suprima la valoración de los Sexenios de Investigación, Transferencia y el tan esperado de Docencia.

Aquellas personas cuyo expediente vigente no se haya resuelto antes del 1 de abril, se podrán acoger a este nuevo procedimiento. Para hacerlo, desistirán del proceso actual e iniciarán una nueva solicitud a partir del 1 de abril.

En el nuevo procedimiento se reduce la documentación acreditativa (siguiendo el principio de veracidad) y se solicita un currículo breve que siga el estándar CVN.

Se trata de una convocatoria permanente abierta, en la que se evalúan los siguientes méritos y competencias:

  • De investigación, incluyendo transferencia e intercambio del conocimiento.
  • De docencia.
  • De liderazgo (para la acreditación a Catedrática o Catedrático de Universidad).
  • Relacionadas con la actividad profesional.

Todos los trámites relacionados con la convocatoria se realizarán a través de la Sede Electrónica de ANECA.

La acreditación resultante del proceso tendrá validez en todo el territorio nacional y no está vinculada a una rama o especialidad de conocimiento determinada.

 

Más información en este enlace: 

https://ugt-sp.es/acreditaciones-aneca-publica-el-nuevo-procedimiento-para-la-obtencion-de-la-acreditacion-estatal-para-el-acceso-a-los-cuerpos-docentes-universitarios.