A partir de octubre la jornada a tiempo parcial contará como un día cotizado


El pasado 1 de octubre de 2023 entró en vigor la modificación del artículo 247 del TRLGSS, llevada a cabo por el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.
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Esta modificación es debida al acuerdo alcanzado por las organizaciones sindicales y el Gobierno sobre el segundo paquete de reformas del sistema de pensiones, de marzo de 2023 y, por otro lado, al cumplimiento de la doctrina del Tribunal Constitucional SSTC 91/2019, de 3 de julio, y 155/2021, de 13 de septiembre, que declara inconstitucional y nula la forma de cómputo de los períodos de cotización a tiempo parcial a efectos de determinar la cuantía de la pensión de jubilación, concluyendo asimismo que, se producía una discriminación indirecta por sexo, dado que el empleo a tiempo parcial lo desempeñan mayoritariamente las mujeres.
La modificación del artículo 247 del TRLGSS equipara el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos cotizados para el reconocimiento de las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor.
Como consecuencia de esta medida, a la hora de efectuar el cómputo de los períodos cotizados para el acceso a las pensiones referidas, sólo se tendrán en cuenta los periodos cotizados, con independencia de cuál sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos. De esta manera, la jornada parcial pasará a computarse como 1 día cotizado, al igual que la jornada a tiempo completo.
Esta medida acaba con la discriminación que sufrían las personas trabajadoras a tiempo parcial, que tenían que trabajar durante más tiempo para poder cumplir con el periodo mínimo exigido para acceder a una pensión. Por último, desde UGT instamos al INSS a proceder a revisar de oficio las pensiones reconocidas en cualquier periodo que han sufrido merma por no reconocer como efectivamente cotizados los periodos parciales.
Si te afectan estas medidas, aunque muy posiblemente aún no se ha actualizado en tu Informe de Vida Laboral, puedes confirmarlo consultando tus cotizaciones a la Seguridad Social y haciendo una simulación de jubilación, entre otras cuestiones, en la web oficial Tu Seguridad Social: https://sede-tu.seg-social.gob.es/wps/myportal/tussR/tuss/Inicio/
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