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Requisitos de acceso y baremación

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REQUISITOS DE ACCESO

El aspirante a participar en un Programa de Doctorado deberá estar en posesión de un títulos oficial español de Grado, o equivalente, y de un Máster Universitario (salvo titulaciones exentas) o los supuestos contenidos en el artículo 6 del R.D. 99/2011, y reunir los requisitos exigidos por la Comisión Académica del Programa de Doctorado en Tecnologías Informáticas.

En particular, el Programa de Doctorado en Tecnologías Informáticas define los siguientes perfiles de acceso:

a) Alumnos con acceso directo al doctorado: Constituido por aquellos alumnos provenientes de los siguientes Másteres, que dan acceso directo al Programa de Doctorado:

  • Máster Universitario en Ingeniería Informática, 
  • Máster Universitario en Ingeniería del Software e Inteligencia Artificial,
  • Máster Universitario en Sistemas de Información Audiovisual,
y que además procedan de las titulaciones que dan acceso directo a dichos Másteres:

  • Grado en Ingeniería Informática, Grado en Ingeniería del Software, Grado en Ingeniería de Computadores,
  • Ingeniería en Informática,
  • Grado en Ingeniería de la Salud,
  • Grado en otras ingenierías en el ámbito de la Telecomunicación y la Ingeniería Industrial,
  • Ingeniería en el ámbito de la Ingeniería de Telecomunicación o la Ingeniería Industrial,
  • Grado en Matemáticas o Física,
  • Licenciado/a en Matemáticas o Ciencias Físicas.

Dichos alumnos no habrán de cursar complementos específicos de formación.

b) La aceptación en el Programa de Doctorado de los solicitantes que hayan cursado algunas de las titulaciones a nivel de Grado anteriores, pero Másteres distintos a los arriba indicados será decidida por la Comisión Académica del Programa de Doctorado en Tecnologías Informáticas en función de la afinidad del Máster cursado con la temática de este Programa de Doctorado. En caso de que el Máster cursado no tenga perfil investigador, los alumnos deberán cursar los complementos específicos de formación que determine la Comisión Académica del programa. 

c) La admisión en el Programa de Doctorado de los solicitantes que no estén en ninguna de la situaciones definidas en los dos apartados anteriores será decidida por la Comisión Académica del Programa de Doctorado en Tecnologías Informáticas en función de la adecuación de la formación recibida y de su afinidad a la temática de este programa de Doctorado, siempre que se cumplan los requisitos de acceso establecidos por el RD 99/2011. La Comisión Académica puede decidir establecer o no la necesidad de cursar complementos de formación. 

d) Alumnos extranjeros: En el caso de aquellos solicitantes en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la Comisión de Posgrado de la UMA de que éste acredita un nivel de formación equivalente al del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado, se les aplicará los criterios generales de admisión. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado. La selección de los candidatos extranjeros se realizará por la Comisión Académica del Programa de Doctorado aplicando el baremo general de selección de candidatos que se especifica en el apartado de baremo. 

Es obligatorio que quienes vayan a presentar una solicitud aporten una carta de aval que deberá ser firmada por un tutor que debe estar incluido entre el profesorado del programa de doctorado y por un director (podrán ser la misma persona). Estas dos figuras podrán ser desempeñadas por la misma persona. En la carta de aval, el tutor debe acreditar su compromiso en la tutela del candidato en la línea de investigación propuesta y el director su compromiso en la dirección de la tesis.

n cualquier caso, en el proceso de admisión el candidato debe aportar una carta de aval de un profesor Doctor de la UMA afín al programa, en la dirección y/o tutela del candidato en la línea de investigación propuesta.     
 
 
BAREMO DE ORDENACIÓN DE CANDIDATOS 

La Comisión Académica seleccionará a los aspirantes en función del siguiente baremo: 

  • Expediente académico del Grado (o Ingeniería o Licenciatura) y del Máster conducente al Programa de Doctorado: 70%
  • El currículo del aspirante: 10%
  • La idoneidad de los estudios que le permiten el acceso al programa, en relación con el tema de investigación en el que desea elaborar su tesis doctoral y las líneas del programa: 10%
  • Otros méritos relacionados con la investigación: 10%

 

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