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Devolución de precios públicos

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El procedimiento podrá iniciarse de oficio o a solicitud del alumno/a cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  •  La no prestación del servicio abonado, por causa imputable a la Universidad de Málaga.
  •  El cambio en las condiciones de prestación del servicio, por parte de la Universidad de Málaga, con posterioridad a la formalización de la solicitud de prestación, que impida al interesado recibir dicha prestación en su totalidad.
  •  El abono de una cantidad superior a la liquidada.
  •  La existencia de un error material, de hecho o aritmético, que provoque la liquidación de una cantidad superior a la correspondiente.
  •  La obtención de una beca o ayuda que conlleve la compensación a la Universidad de Málaga de la cantidad abonada.
  •  La denegación de la solicitud de prestación del servicio abonado.

Asimismo, tiene Vd. derecho a la devolución del importe abonado en concepto de prestación de servicios académicos de aquellas asignaturas que haya superado durante el curso académico 2021/2022 con anterioridad a la finalización del período de dicha prestación, en la parte proporcional correspondiente al servicio no prestado. En ningún caso, la cuantía de dicha devolución puede ser superior al 70% del correspondiente importe de la matrícula.

Sin perjuicio de lo anterior, puede Vd. solicitar la devolución de precios públicos abonados mediante escrito presentado en la Secretaría de su Centro, indicando y acreditando, en su caso, las causas que considere oportunas.

 

Normativa

Norma reguladora del procedimiento para la devolución de precios públicos

Decreto de precios públicos de la Junta de Andalucía

Plazo

Solicitud y documentación acreditativa de las circunstancias alegadas para la devolución, que podrán presentarse en cualquier momento del curso académico.

Documentación

Solicitud para la devolución de tasas y precios públicos abonados

Lugar de presentación

  gestor peticiones boton  sede_electronica 

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