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02. DURANTE EL PERIODO DE ESTUDIOS

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DURANTE EL PERIODO DE ESTUDIOS

 

PASO 05 AYUDAS FINANCIERAS/DOCUMENTACIÓN

 

TIPOS DE AYUDA

Los estudiantes seleccionados podrán optar a las siguientes ayudas financieras en función del destino adjudicado:

BOLSA DE VIAJE UMA: Gestionada por el Servicio de Relaciones Internacionales. Todos los estudiantes percibirán 1000 € en concepto de bolsa de viaje.

AYUDA CUATRIMESTRAL UMA: Gestionada por el Servicio de Relaciones Internacionales. Varía en función del área geográfica al que pertenezca la plaza de destino adjudicada:

Asia / Pacífico: 2.500 €, excepto para aquellos estudiantes que hayan obtenido plaza con derecho a alojamiento y manutención (Incheon National University), en cuyo caso la ayuda a percibir será de 2.000 €.

Iberoamérica: 2.000 €.

FUNDACIÓN LÁGRIMAS Y FAVORES: Destinada exclusivamente a estudiantes que hayan obtenido su plaza de movilidad en Norteamérica (Estados Unidos y Canadá). La cuantía a percibir será de 2.500 € por cuatrimestre.

AYUDA COMPLEMENTARIA UMA: El Servicio de Becas de la UMA convoca anualmente la convocatoria de Ayudas Complementarias de la UMA para alumnos de movilidad con universidades extranjeras diferentes del Programa Erasmus +.

Se pueden consultar en: https://www.uma.es/becas/info/51186/movilidad-distinta-de- erasmus/

 

DOCUMENTACIÓN PARA EL INGRESO DE LAS AYUDAS FINANCIERAS QUE CORRESPONDAN Y FORMAS DE PAGO

Las ayudas se ingresarán mediante transferencia bancaria al número de cuenta facilitado en el justificante bancario, validado previamente por el Servicio de Relaciones Internacionales. Se efectuará de la siguiente forma:

1.- Una vez recibido el Certificado de Incorporación, que el alumno subirá a la plataforma EVOP, se procederá a realizar el 80 % de las ayudas que le correspondan, excepto la Bolsa de Viaje y la Beca Santander, de las que se ingresará el importe íntegro.

2.- Las cantidades restantes se ingresarán cuando finalice el período de estudios y el estudiante entregue el Certificado de Estancia original en el Servicio de Relaciones Internacionales (además de subirlo a EVOP) y cumplimente el

Cuestionario de Satisfacción disponible también en la plataforma EVOP.

 

PASO 06 DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE EN EVOP PARA SU TRAMITACIÓN DURANTE EL PERÍODO DE ESTUDIOS

 

CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN: Deberá ser firmado y sellado por el personal encargado de los estudiantes de movilidad de la Universidad de acogida, reflejando la fecha de llegada del estudiante.

El estudiante deberá subirlo a la plataforma EVOP en el plazo más breve posible. El cumplimiento de este requisito es imprescindible para el ingreso de la primera parte de la ayuda de la UMA como pago de pre-financiación.

MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE APRENDIZAJE: A solicitud del estudiante y, previo informe favorable tanto del tutor académico, como del órgano equivalente en la universidad de destino, el coordinador de movilidad del Centro podrá autorizar la modificación del Acuerdo de aprendizaje. Dicha modificación deberá ser comunicada por el estudiante a la Secretaría de su Centro en la UMA mediante la remisión de una copia del correspondiente documento debidamente cumplimentado y firmado por todas las partes dentro de los 30 días siguientes al inicio de su estancia en la universidad de destino. Esta modificación se realizará a través de EVOP.

AMPLIACIÓN DEL PERÍODO DE ESTUDIOS: Únicamente podrán solicitarla aquellos estudiantes cuya movilidad haya sido adjudicada en el 1er. cuatrimestre y deseen ampliar su estancia a curso completo siempre y cuando queden plazas vacantes, y no hayan superado a través de programas de movilidad el 40% de los créditos que componen la carga lectiva del correspondiente título. Deberá solicitarlo mediante la firma del documento confirmación de ampliación por parte del coordinador de movilidad, y en su caso, también por el tutor académico de movilidad en la UMA.

Los candidatos deberán realizar la correspondiente modificación del Acuerdo de Aprendizaje, y adecuación de su matrícula para el período de estudios ampliado, por lo que es necesario cumplir con los plazos establecidos por la secretaría para esa adecuación.

La ampliación de la dotación económica en los casos de ampliación del periodo de estudios sólo podrá ser aprobada en el caso de que exista disponibilidad presupuestaria

 

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