Contaminación Acústica
Existe un Mapa de Ruidos de la Universidad de Málaga.
El curso 2013-14 se realizó un Informe de prevención acústica para evaluar el cumplimiento de los valores límites de inmisión de ruidos aplicables a actividades, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 6/2012, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la contaminación Acústica de Andalucía y el RD 1367/2007, que desarrolla la Ley 37/2003 del Ruido, referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. El dictamen del Informe, a partir del análisis de los parámetros acústicos medidos, fue favorable, por lo que no se ha adoptado ninguna medida correctora.
El Sistema de Gestión Ambiental se ocupa de realizar el seguimiento y control de los ruidos a través de la Instrucción Técnica de Control del Ruido. (ITUMA10). Su objeto es la descripción del proceso a seguir para realizar mediciones de niveles sonoros en las actividades realizadas en los centros, departamentos, servicios, edificios y restantes dependencias con el fin de detectar la causa y procedencia del ruido e implantar acciones correctoras si se considera necesario.
La citada instrucción técnica establece que se realizará una medición inicial de ruido en los espacios que se encuentren dentro del alcance del sistema de gestión ambiental. Posteriormente, solo se efectuarán nuevas mediciones cuando se identifique algún ruido molesto significativo, por cualquiera de las vías consideradas en el punto 5.1 de la instrucción técnica, y se considere necesaria la realización de medidas, porque se haya realizado un cambio en la actividad del centro, departamento, servicio, etc. que pueda implicar generación de ruidos. Desde la medición inicial no se han identificado ruidos molestos significativos.