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Administración_Electrónica

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 La actual ley para el Acceso Electrónico de los Ciudadanos a las Administraciones Públicas, reconoce los derechos de los ciudadanos a relacionarse con las AAPP por medios electrónicos.

Los derechos que atribuye la ley a los ciudadanos son:

  1. Derecho a relacionarse con las AAPP utilizando medios electrónicos, así como para obtener informaciones, realizar consultas y alegaciones, formular solicitudes, entablar pretensiones, efectuar pagos, realizar transacciones, y oponerse a las resoluciones y actos administrativos.
  2. A no aportar los datos y documentos que obren en poder de las AAPP.
  3. A conocer por medios electrónicos el estado de los procedimientos en los que sean interesados.
  4. A obtener copias electrónicas de los documentos electrónicos que formen parte de procedimientos en los que tengan condición de interesados.
  5. A la conservación por las AAPP de los documentos electrónicos que formen parte de un expediente.
  6. A obtener los medios de identificación necesarios, pudiendo utilizar en todo caso los sistemas de firma electrónica del eDNI.
  7. A la utilización de cualquier certificado electrónico admitido en el ámbito de las AAPP.

 

Los elementos de Administración Electrónica que han sido puestos en marcha son los siguientes:

  • Constitución de los registros de la UMA en Unidades de Registro de Certificación de la FNMT.  Esto permite al personal del Registro la emisión de certificados electrónicos.
  • Distribución de certificados electrónicos entre los colectivos de la UMA.
  • Conexión con Notario de Tiempo y BBDD de certificados revocados
  • Creación del Registro Electrónico de la Universidad de Málaga
  • Establecimiento de procedimientos electrónicos.
  • Creación de la Sede Electrónica de la UMA.
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