Admisión por traslado
PLAZO DE SOLICITUD DESDE EL 12 DE FEBRERO AL 12 DE MARZO AMBOS INCLUSIVE
Los estudiantes que posean estudios universitarios españoles parciales, o estudios universitarios extranjeros parciales o totales no homologados que sean susceptibles de reconocimiento por un mínimo de treinta créditos correspondientes al plan de estudios al que pretenden acceder, podrán solicitar la admisión en la Secretaría (presencial o por Sede Electrónica) en el plazo establecido al efecto por el Acuerdo Rectoral que se publica cada año en la sección de destacados en la web de la Universidad y según el procedimiento establecido.
Información vigente para el curso 2024/2025
- Publicación relación de solicitudes que deben ser subsanadas o aportar documentación : del 19 de marzo al 9 de abril
- Publicación relación de solicitudes desistidas: 17 de abril de 2024
- Publicación relación de solicitudes admitidas provisionalmente: 25 de junio de 2024
- Publicación relación definitiva de estudiantes admitidos: 10 de julio de 2024
Normativa
Reglamento sobre el procedimiento de admisión en grado por traslados de expedientes
Acceso a la Resolución del Rectorado de admisión estudios parciales
Plazo
Las solicitudes de participación en el citado procedimiento deberán presentarse en el plazo establecido. Las fechas exactas puede consultarlas en la Resolución del Rectorado mencionado en el apartado anterior.
Documentación
Documentación para estudiantes con estudios universitarios españoles parciales:
- Solicitud general. (Anexo IV)
- Certificación Académica acreditativa de los estudios universitarios cursados y superados.
- Programas de las asignaturas alegadas para el reconocimiento, diligenciados por el respectivo Centro o Departamento, o referencia (URL) a la página web de la correspondiente Universidad en la que se encuentren publicados.
- Solicitud de reconocimiento de las materias cursadas y superadas en los estudios que se alegan:
- Caso de tener acreditado un grado de discapacidad de como mínimo el 33%, certificado oficial de dicha acreditación.
Documentación para estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales o totales no homologados:
- Solicitud general. (Anexo IV)
- Certificación Académica acreditativa de los estudios universitarios cursados y superados.
- Declaración de equivalencia de nota media del expediente académico de los estudios alegados, obtenida a través del MEC.
- Declaración responsable. (Anexo III).
- Programas de las asignaturas alegadas para el reconocimiento, diligenciados por el respectivo Centro o Departamento y traducido al castellano por intérprete jurado de ser necesario.
- Solicitud de reconocimiento de las materias cursadas y superadas en los estudios que se alegan:
- Caso de tener acreditado un grado de discapacidad de como mínimo el 33%, certificado oficial de dicha acreditación emitida por un organismo español.
Lugar de presentación
Gestor de Peticiones Sede Electrónica Presencial