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Normativa Tesis IMEE

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La tesis doctoral es un trabajo original de investigación. La normativa que regula el formato, la composición del tribunal y la lectura de la tesis doctoral puede encontrarse en los títulos 4, 5 y 6 del Reglamento de Doctorado de la UMA.

Los documentos necesarios para la lectura de la tesis pueden encontrarse aquí.

El decreto 99/2011, por el que se regulan los estudios de doctorado, establece que todas las tesis doctorales defendidas deben ser archivadas por la universidad en un formato electrónico abierto y en un repositorio institucional.  El procedimiento para la publicación de las tesis doctorales podéis encontrarlo en el siguiente enlace.

CRITERIOS DE CALIDAD PARA LA DEFENSA DE TESIS DOCTORALES EN EL PROGRAMA DE DOCTORADO EN INGENIERÍA MECÁNICA Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

En virtud del Artículo 64 sobre Control de calidad de las tesis doctorales, del Reglamento de la Escuela de Doctorado de la Universidad de Málaga, la Comisión Académica del Programa de Doctorado en Ingeniería Mecánica y Eficiencia Energética en su reunión ordinaria con fecha 28 de mayo de 2025 ha decidido establecer los siguientes criterios de calidad mínimos para que una tesis doctoral pueda iniciar el trámite de evaluación y defensa:

1.-Se exigirá que, durante el proceso de elaboración de la tesis doctoral, el doctorando haya generado aportaciones de calidad directamente relacionadas con su trabajo de tesis y que al menos una de ellas haya sido publicada en una revista del Science Citation Index o sea una patente internacional en explotación, demostrada mediante contrato de compraventa o contrato de licencia.

2.- Son requisitos para las contribuciones que se presentan para avalar una tesis:

a) Que hayan sido publicadas o aceptadas para su publicación, muestra o reproducción, después de la fecha de matrícula del doctorando o la doctoranda en el Programa de Doctorado.
b) Que en ellas conste la Universidad de Málaga, a través de la afiliación de quien dirija la tesis y/o del doctorando o la doctoranda.
c) Que el doctorando o la doctoranda conste en ellas como primer o segundo autor/a. Solo en casos realmente excepcionales, la correspondiente comisión académica y de calidad podrá autorizar, a la vista de las justificaciones presentadas y con el visto bueno de la Comisión de Posgrado, que el doctorando o la doctoranda figure en una posición posterior a la segunda. Esto no será de aplicación en las disciplinas en que sea habitual el orden alfabético en la autoría o el orden por instituciones, en cuyo caso el doctorando o la doctoranda justificará su aportación y la relación de la contribución con la tesis.

3.- Con dichas contribuciones de calidad se debe obtener una puntuación total igual o superior a 1 punto, según lo recogido en la siguiente tabla:

Aportación

Puntuación

Contribución publicada en una revista indexada en el Journal CitationReports (JCR) de Science Citation Index(a)(b) 

Revista situada en el primer tercil (T1) 

1 punto

Revista situada en el segundo tercil (T2)

0.75 puntos

Revista situada en el tercer tercil (T3)

0.5 puntos

Patentes

Internacional en explotación

1 punto

Internacional sin explotación o nacional en explotación

0.75 puntos

Nacionales sin explotación pero concedidas con examen previo (tipo B2):

0.5 puntos

Excepcionalmente, en aquellos casos en los que el tema de la tesis esté caracterizado por una actividad que incluya elementos decreación artística, se podrán valorar aportaciones de calidad contrastable, consistentes en proyectos arquitectónicos o urbanísticos u otras aportaciones que cumplan lo dicho anteriormente, artículos publicados en revistas de difusión internacional y reconocido prestigio o libros de difusión y referencia internacional.

 En tal caso, sólo serán considerados cuando estén directamente vinculados a la tesis y cumplan con los criterios de calidad fijados por la CNEAI en la última resolución vigente. Para ello, la Comisión Académica del Programa de Doctorado deberá aprobar un informe remitido por el doctorando o la doctoranda y su director o directora, en el que se describan fehacientemente los criterios de calidad sobre el medio de difusión, relevancia y repercusión de la aportación del doctorando. La Comisión Académica del Programa de Doctorado asignará la puntuación a cada aportación presentada en este apartado.

Máximo 0.2 puntos por aportación

 

Máximo de 0.5 puntos en este apartado

(a)Las publicaciones deberán ser artículos de revistas indexadas en el Journal Citation Reports (JCR) de Science Citation Index revisados por pares, publicados o aceptados (a demostrar con carta de editor, DOI o publicación electrónica). La posición en el JCR será la del año de publicación o, en su defecto, la del último año conocido.

(b) En el caso de tesis por compendio de publicaciones se establece que, como norma general, al menos tres contribuciones deben ser artículos publicados en revistas indexadas en el Journal Citation Reports (JCR) de Science Citation Index .

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