9. Solicitud de ampliación de estancia
La Ampliación del periodo de estancia. Se podrá ampliar el período de estancia, si el alumno no ha excedido la duración máxima de meses por ciclo, si la institución de origen y la de acogida están de acuerdo y siempre que la estancia ampliada se realice inmediatamente después, no suponga una interrupción de la misma y no se extienda más allá del 30 de septiembre de 2016. Esta ampliación deberá solicitarse al menos con un mes de antelación con respecto a la fecha de finalización de las prácticas y debe reflejarse en el documento “Modificación del Acuerdo de Aprendizaje”, que deberá ser firmado por todas las partes.
El período de prácticas debe mantenerse dentro del curso académico 2015-2016, considerando a estos efectos como fecha de inicio el 1 de octubre de 2015 y fecha de finalización el 30 de septiembre de 2016. (Lo que implica que las prácticas no pueden iniciarse con fecha posterior al 1 de agosto de 2015).
El alumno deberá descargar el Documento de Ampliación disponible en el EVEP, pedir que se lo cumplimenten, sellen y firmen, y enviarlo escaneado por email a practicaserasmus@uma.es.
La posibilidad de ampliación de la estancia no representará ninguna ampliación de la financiación recibida, que como se establece en convocatoria, será de un máximo de 3 meses. No obstante, tendrán la consideración de Erasmus y podrán disfrutar de los mismos derechos y garantías administrativas que el resto de estudiantes con dotación.
El estudiante cuyo periodo de estudios quede ampliado deberá, en su caso, tras la modificación del Acuerdo de Aprendizaje, ampliar la matrícula recogiendo el número de créditos por los que se reconocerán las prácticas.