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Subvenciones de la Junta de Andalucía a proyectos de investigación sobre el SARS-COV-2 y el COVID-19

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MANUAL PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DESDE LA PLATAFORMA SICA
 

Descargar manual

 

El objeto de la presente convocatoria es la financiación de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para proyectos de investigación sobre el SARS-COV-2 y la enfermedad COVID-19, con cargo a fondos FEDER. La finalidad de dichas subvenciones será desarrollar herramientas que mejoren el diagnóstico y el tratamiento de pacientes afectados de COVID-19, así como contribuir al mejor conocimiento de la etiología y la epidemiología de la enfermedad y de la respuesta de salud pública requerida en el contexto de la pandemia en curso.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Desde el 4 de mayo de 2020 hasta que se agote el crédito máximo, que se acordará mediante resolución motivada de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología.

LUGAR Y PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía (a través de la dirección electrónica, https://www.juntadeandalucia.es), en los siguientes lugares y registros:

PLAZO DE EJECUCIÓN Y CUANTÍA MÁXIMA DE LA SUBVENCIÓN

Los proyectos de investigación subvencionables tendrán un plazo máximo de ejecución de 1 año.

La cuantía máxima de la subvención por cada proyecto de investigación será de 100.000,00 euros.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

La finalidad de los proyectos de investigación que podrán ser objeto de subvención estará directamente vinculada con:

a) Nuevos materiales y sistemas de detección precoz en la población asintomática.

b) Estudios genómicos/epidemiológicos de la infección y de los mecanismos de transmisión.

c) Caracterización celular y molecular del virus SARS-COV-2 y de su ciclo vital.

d) Nuevas terapias de rápida implantación.

e) Respuesta inmune, patología y severidad de la infección. Inmunoterapia.

f) Técnicas de inteligencia artificial aplicadas al análisis y control de la enfermedad COVID-19.

g) Actuaciones, protocolos y sistemas de organización en gestión logística de emergencias.

h) Impacto socio-económico de la enfermedad COVID-19.

GASTOS SUBVENCIONABLES: art. 5.b)1º del Cuadro Resumen

a) Gastos de contratación de personal técnico o con el grado necesario para la ejecución del proyecto de investigación total o parcialmente y de acuerdo con la normativa sectorial y de cualificación profesional de aplicación, ajeno al vinculado funcionarial, estatutaria o laboralmente con entidades beneficiarias, y que podrá incorporarse al proyecto durante todo o parte del periodo de ejecución previsto. Se admitirán sin necesidad de solicitar modificación de la resolución de concesión, las sustituciones necesarias del personal contratado con iguales o asimiladas cualificaciones para la continuidad y el buen fin del proyecto de investigación subvencionado.

Los costes máximos de contratación imputables a la subvención, lo serán únicamente para el abono de costes salariales y se ajustarán a los costes máximos establecidos y a las normas del personal técnico de apoyo y doctores de nueva contratación contenidas en la Orden de 7 de abril de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas a la I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).

b) Otros gastos de ejecución del proyecto de investigación que incluyen: el material inventariable y el equipamiento científico indispensable para la realización del proyecto que sea de rápida adquisición; las adquisiciones de material fungible y demás gastos complementarios directamente relacionados con la ejecución del proyecto, colaboraciones externas, asistencia técnica, gastos externos de consultoría y servicios científico-técnicos elegibles con cargo a FEDER, relacionados con los proyectos.

Asimismo, serán subvencionables gastos de publicación y difusión de resultados. Se incluyen: gastos de revisión de manuscritos; gastos de publicación en revistas científicas, incluyendo los relacionados con la publicación en revistas de acceso abierto; y los gastos derivados de la incorporación a repositorios de libre acceso; todos debidamente justificados y necesarios para el buen fin del proyecto.

Los viajes necesarios para la realización del proyecto y para la difusión de resultados, se referirán al personal que forma parte del equipo de investigación y al personal técnico aludido en el apartado a) de este apartado. Sin perjuicio de los gastos de manutención que puedan corresponder con cargo al concepto de viajes y dietas, no serán elegibles gastos de comidas y atenciones de carácter protocolario. Estos viajes serán los imprescindibles para el cumplimiento de la finalidad para la que se otorga la subvención y cumplirán en todo momento con las restricciones legales y normativas derivadas del estado de alarma y posteriores que puedan establecerse por la autoridad competente. En ausencia de normativa propia de la entidad beneficiaria, las dietas se liquidarán conforme al Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo.

c) Gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa por el auditor conforme al epígrafe 25.f) 2º del cuadro resumen. El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa por auditor, dada su peculiar naturaleza, podrá ejecutarse en fecha posterior al período de ejecución del proyecto de investigación subvencionado. En todo caso, su abono deberá materializarse antes del fin del periodo de justificación de la subvención.

 

Si necesita realizar alguna consulta o aclaración, puede contactar con:

- Inmaculada García (igarcia@uma.es) o Pilar Díaz (mpdiaz@uma.es), para cuestiones relacionadas con la convocatoria.

- Belén Fernández Casares (952 13 72 38), para incidencias técnicas con la plataforma de SICA.

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