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CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE UN MONITOR ADSCRITO AL PLAN DE DIVULGACIÓN DEL CONOCIMIENTO ...

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  • Primera. OBJETO

    La presente convocatoria tiene por objeto la selección de un candidato en el marco de un Programa de Formación de NUEVE monitores científicos en las Universidades Andaluzas para el desarrollo del Plan de Divulgación del Conocimiento de Andalucía.

     

    Segunda. BENEFICIARIOS. REQUISITOS QUE HAN DE REUNIR LOS/AS CANDIDATOS/AS

    Los candidatos deberán reunir los requisitos señalados a continuación, en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y que deberán mantenerse durante el plazo de disfrute de las mismas:

    1. Poseer la nacionalidad española, tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero/a residente en España.

    2. Estar en posesión del Título de Licenciado/a en Ciencias de la Información o Comunicación (Periodismo, Comunicación Audiovisual, Publicidad y Relaciones Públicas) o en posesión del resguardo de solicitud del título antes del 31 de diciembre de 2006, o haber superado la totalidad de las materias necesarias para la obtención de dicho título con posterioridad al 1 de enero de 2004.

    Los títulos académicos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes.

     

    Tercera. DURACIÓN DEL PLAN DE FORMACIÓN

    1. El Plan de Formación tendrá una duración de 11 meses desde la fecha de incorporación de los monitores del Plan de Formación, salvo los casos de interrupciones por fuerza mayor o maternidad.

     

    Cuarta. DOTACIÓN

    El Plan formativo contará con la siguiente ayuda:

    1. Una asignación de 780 euros brutos mensuales.

    2. Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último extremo será extensible al cónyuge e hijos/as del beneficiario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.

    3. Cobertura de los gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento para la asistencia del monitor a eventos, reuniones o actividades que autorice como necesarios la Coordinación del Plan (se estima una media de un viaje al mes dentro de la Comunidad Autónoma con una noche de pernoctación).

     

    Quinta. CARÁCTER DE LA FORMACIÓN

    1. El monitor estará adscrito a la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la Universidad de Málaga para desarrollar su Plan de Formación y le será nombrado un tutor/a por la Comisión de Selección.

    2. El desarrollo formativo que establece esta convocatoria no supondrá ningún tipo de vinculación laboral o administrativa entre el monitor de divulgación y la Universidad de Málaga, ni implicará compromiso alguno por parte de dichos organismos.

    3. Las renuncias deberán dirigirse a la OTRI de la Universidad de Málaga.

    La Universidad podrá autorizar la interrupción de las actividades de formación a petición razonada del beneficiario, previos los informes que procedan.

     

    Sexta. CONDICIONES DE DISFRUTE

    1. El disfrute de este Programa de Formación comenzará al incorporarse el beneficiario al Centro dentro del plazo que se señale en la Resolución de adjudicación.

     

    Séptima. SOLICITUDES Y DOCUMENTOS A PRESENTAR

    1. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 15 de Enero de 2011.

    2. La Solicitud se realizará mediante instancia aportando la documentación que aparece en el punto 4 de este apartado.

    3. La solicitud deberá presentarse obligatoriamente:

    a) En el Registro General de la Universidad de Málaga (Abierto a partir del 7 de Enero de 2011), o

    b) En cualquiera de los lugares previstos en la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, modificada por la Ley 4/1.999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dirigida al Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación de la Universidad de Málaga, Campus El Ejido s/n (Edificio del Pabellón de Gobierno). Para los solicitantes que opten por la presentación de su solicitud en la forma prevista en el art. 38 de la Ley 30/92, será requisito imprescindible el envío de dicha solicitud junto con la documentación pertinente a la Universidad de Málaga (OTRI), mediante FAX (nº 952 131 021) el mismo día de presentación.

    Además deberá enviarse a la dirección de correo electrónico: otri@uma.es especificando en el asunto "Solicitud monitor de divulgación UMA".

    4. Las solicitudes adjuntarán la siguiente documentación:

    a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o documento equivalente para los ciudadanos/as de la Unión Europea, o tarjeta de residente del/la solicitante en caso de personas naturales de terceros países.

    b) Fotocopia del título correspondiente.

    c) Certificación Académica Oficial, en original o fotocopia, en la que figuren de forma detallada las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas, la media de las calificaciones académicas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente, así como la fecha de obtención de la titulación.

    d) CV de la persona solicitante, en el que se detallará la formación recibida y la experiencia en el campo de la comunicación y divulgación científica, acompañado de las correspondientes certificaciones.

     

    Octava. SELECCIÓN Y VALORACIÓN DE SOLICITUDES

    1. Para esta convocatoria la Universidad de Málaga nombrará una Comisión de Selección con el concurso de la coordinación del Plan de Divulgación.

    2. La resolución de esta convocatoria se publicará en la página web http://www.otri.uma.es, así como a través de Internet en las siguientes direcciones: http://www.andaluciainvestiga.com ó http://www.citandalucia.com.

    La Comisión de Selección tendrá en cuenta, para la evaluación de las distintas solicitudes, los siguientes apartados:

    a) Expediente académico: máximo 4 puntos.

    b) Experiencia en el desarrollo de labores de comunicación y divulgación científicas: máximo 4 puntos.

    c) Cursos reglados relacionados con el objeto del Programa de Formación: máximo 2 puntos. La valoración se efectuará tomando en consideración la duración de los cursos.

    d) Cursos de doctorado: máximo 1 punto. La valoración se efectuará tomando en consideración el número de créditos obtenidos por el/la aspirante.

    e) Por una segunda titulación: máximo 1 punto.

    A requerimiento de la Comisión de Selección, los aspirantes podrán ser convocados a:

    a) Una prueba escrita, en la que se evaluará la capacidad del aspirante para el desarrollo de su trabajo (2 puntos).

    b) Una entrevista personal que podrá valorarse (max. 3 puntos).

    3. Para asignar a los/as aspirantes se considerará la puntuación obtenida por cada uno de ellos/as en la baremación realizada por la Comisión de Selección.

    4. A los/as solicitantes que acrediten más del 33% de minusvalía, se les multiplicará su expediente académico por 1,4.

    5. La relación de candidatos seleccionados en esta Convocatoria será elevada al Excma. Sra. Rectora para su aprobación. La relación de candidatos se hará pública en el Tablón de Anuncios del Vicerrectorado de Investigación, que servirá de notificación a los participantes del concurso. El concurso podrá resolverse con la no adjudicación de las becas cuando a juicio de la Comisión Evaluadora, los currículos de los aspirantes no se ajusten a los requisitos determinados en esta Convocatoria. También podrá consultarse a través de Internet en las siguientes direcciones: www.andaluciainvestiga.com ó www.citandalucia.com

    6. En caso de que se produzcan renuncias o bajas entre los seleccionados, se podrán cubrir las vacantes con aquellos candidatos que hayan quedado finalistas de acuerdo con el orden de puntuación que hayan obtenido.

     

    Novena. OBLIGACIONES DE LOS MONITORES

    1. El/la monitor/a se incorporará a la OTRI de la Universidad de Málaga una vez terminados los trámites de selección.

    2. El/la monitor/a está obligado a realizar la práctica formativa en la OTRI de la Universidad de Málaga siendo necesario para cualquier cambio de Centro, ausencia temporal o renuncia por parte de aquél, solicitar la previa autorización de la coordinación.

    3. Una vez finalizado el período de formación, deberá presentar ante la coordinación del Plan un informe del trabajo desarrollado con el visto bueno del/la tutor/a que le haya sido asignado/a. Igualmente justificará mediante declaración jurada que ha cumplido los requisitos y condiciones que determinan la concesión y disfrute de estas ayudas.

    4. Los/as beneficiarios/as se comprometen a cumplir el régimen de formación y colaboración establecido por la Universidad de Málaga.

    5. La no observancia de estas normas supondrá la anulación y revocación de la ayuda concedida.

    Thu, 23 Dec 2010 12:47:12 GMT
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