Evaluación extraordinaria del rendimiento académico del 14 al 25 de julio
Del 14 al 25 de julio de 2014, ambos inclusive, estará abierto el plazo de solicitud de Evaluación extraordinaria por compensación para aquellos/aquellas estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:
Opción A: para Grado y titulaciones en proceso de extinción, criterios en base al Acuerdo Consejo de Gobierno de 9 de octubre de 2012
- Restar un máximo de 18 créditos para finalizar los estudios correspondientes a la titulación oficial a la que pertenece la asignatura cuya evaluación extraordinaria se solicita (o dos asignaturas de carácter anual, en el caso de titulaciones no estructuradas en créditos).
- Haber obtenido un total de seis suspensos en la asignatura cuya evaluación extraordinaria de solicita (dicho requisito no será aplicable a asignaturas correspondientes a planes de estudios en proceso de extinción de las que no se imparta docencia ni tampoco se oferten con derecho a examen).
- No haber obtenido con anterioridad la superación de una asignatura mediante la aplicación de la mencionada evaluación extraordinaria, en los estudios a que se refiere el apartado anterior (tanto por la regulación correspondiente al Acuerdo del 9 de octubre de 2012 como la del Acuerdo del 18 de diciembre de 2009), ni tampoco en los estudios de primer ciclo alegados en el caso de quienes hayan accedido a los segundos ciclos de la respectivas titulaciones a través de supuestos especiales de incorporación (preinscripción para segundos ciclos) o a titulaciones de sólo segundo ciclo.
- Tener en vigor el respectivo expediente académico (no haber efectuado traslado de expediente a otro centro universitario), no siendo necesario haber formalizado matrícula en el curso académico 2013/2014.
- Que la nota media del expediente del o de la solicitante, en la respectiva titulación, calculada en base a las normas establecidas por la UMA, es igual o superior a la media aritmética de las notas medias de los expedientes académicos de los y las estudiantes de la misma titulación que finalizaron sus estudios en el curso 2012/13. La nota media del curso 2011/12 ha sido:
- Ingeniería Informática: 1,7 en base 4 y 6,78 en base 10.
- I.T.I. Sistemas: 1,48 en base 4 y 6,38 en base 10.
- I.T.I. Gestión: 1,63 en base 4 y 6,65 en base 10.
- Que la media aritmética de los porcentajes que el conjunto de "suspensos" y "no presentados" representan sobre el total de estudiantes matriculados en cada una de las convocatorias ordinarias donde el solicitante ha obtenido la calificación de "suspenso", es superior al 40%.
Opción B: sólo para titulaciones en proceso de extinción, criterios en base al Acuerdo de 18 de diciembre de 2009.
- Haber cursado en la Universidad de Málaga al menos el 60% de los créditos correspondientes al título de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional (o de las asignaturas, en el caso de titulaciones no estructuradas en créditos) a cuyo plan de estudios pertenezca la asignatura cuya evaluación extraordinaria se solicita. A estos efectos, en los casos de accesos a segundos ciclos por supuestos especiales de incorporación, la carga lectiva sobre la que aplicar el citado porcentaje será la correspondiente a los respectivos segundos ciclos.
- Restar un máximo de 18 créditos (o dos asignaturas de carácter anual, en el caso de titulaciones no estructuradas en créditos) para obtener el número total de créditos exigidos por el respectivo plan de estudios para la obtención del título a que se refiere el apartado anterior.
- No haber solicitado con anterioridad la mencionada evaluación extraordinaria (por la regulación correspondiente al Acuerdo de 18 de diciembre de 2009), en los estudios a que se refiere el apartado anterior, ni tampoco en los estudios de primer ciclo alegados en el caso de quienes hayan accedido a los segundos ciclos de la respectivas titulaciones a través de supuestos especiales de incorporación (preinscripción para segundos ciclos) o a titulaciones de sólo segundo ciclo.
- Tener en vigor el respectivo expediente académico (no haber efectuado traslado de expediente a otro centro universitario), no siendo necesario haber formalizado matrícula en el curso académico 2013/2014.
- Constar con la calificación de “suspenso” en un mínimo de cuatro de las actas de calificaciones correspondientes a la asignatura para que se solicita la evaluación extraordinaria (dicho requisito no será aplicable a asignaturas correspondientes a planes de estudios en proceso de extinción de las que no se imparta docencia ni tampoco se oferten con derecho a examen). Todo ello con independencia de que se haya agotado, o no, el número máximo de convocatorias de examen.
- Haber obtenido la calificación de “suspenso” en la asignatura para la que se solicita la evaluación extraordinaria, en alguna de las convocatorias correspondientes a los tres últimos cursos académicos (a estos efectos se podrá computar el curso académico 2013/2014, y no serán computables los cursos académicos en los que la citada asignatura no fue ofertada ni con docencia ni con derecho a examen).
En ningún caso se podrá solicitar la evaluación extraordinaria para: "Practicum", "Prácticas Externas", "Proyectos fin de carrera" o "Trabajo Fin de Grado" tanto en la opción A como en la B.