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Normativa de Cátedras y Aulas por Mecenazgo

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Las Cátedras y Aulas por mecenazgo constituyen un medio para el establecimiento de colaboraciones estratégicas y duraderas entre la Universidad y empresas o instituciones, facilitando la relación entre la sociedad y la Universidad en materia de formación, investigación y transferencia de conocimiento.

La Ley Orgánica de Universidades, Ley 6/2001, de 21 de diciembre (publicada en el BOE de 24 de diciembre), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (publicada en el BOE de 13 de abril) impulsa el establecimiento de los cauces necesarios para fortalecer las relaciones y vinculaciones recíprocas entre universidad y sociedad. Esto queda de manifiesto en su artículo 1, que especifica en sus apartados a) y d), como funciones de la Universidad al servicio de la sociedad, a) la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, y d) la difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida. Asimismo, establece en los apartados c) y j) del artículo 2, que regula la autonomía de las universidades, la posibilidad de creación de estructuras específicas que actúen como soporte de la investigación y la docencia y el establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción y desarrollo de sus fines institucionales.

El Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, en su artículo 3, letras c) y h) se refiere a la prestación de un servicio público que garantice la vinculación de la Universidad a los intereses sociales, así como al encuentro necesario y mutuamente enriquecedor entre Universidad y entorno social. Asimismo, en el artículo 11.4 prevé como competencia de la Universidad, conforme a sus Estatutos o sus normas de organización y funcionamiento, la creación de este tipo de estructuras específicas que actúen como soporte de la docencia e investigación.

Los Estatutos de la Universidad de Málaga (UMA), (aprobados por Decreto 145/2003, de 3 de junio (BOJA nº 108 de 9 de junio de 2003), en su artículo 4 recoge entre las funciones de la Universidad “la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura”, “el apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y económico en el marco estatal y autonómico” y “la proyección internacional de nuestra cultura y el intercambio científico, técnico y artístico con instituciones y entidades españolas y extranjeras”. Asimismo, en el artículo 6, letra c) establece que le compete a la Universidad la creación de estructuras específicas que actúen como soporte de la docencia e investigación, y en el artículo 40 indica que la UMA podrá crear otros centros o estructuras cuyas actividades de desarrollo de sus fines institucionales no conduzcan a la obtención de títulos incluidos en el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales.

Además, la Ley 49/2002, de 23 de Diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, contemplándose en el artículo 25 de dicha Ley la colaboración de empresas para fines de interés general de dichas entidades y la Ley 14/2011 de la Ciencia, de la Tecnología que incluye en su artículo 16, apartado c), a las universidades públicas como entidades beneficiarias del mecenazgo y la Ley 14/2011 de la Ciencia, de la Tecnología y de la Innovación anima constantemente en sus preceptos a la colaboración entre las universidades y otros organismos público o privados como medida de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación.

Asimismo, la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, es su artículo 64.2 establece que “La colaboración entre las universidades y el sector productivo podrá articularse mediante cualquier instrumento admitido por el ordenamiento jurídico”, indicando, en su apartado e), como uno de esos instrumentos “La creación de cátedras-empresa basadas en la colaboración en proyectos de investigación que permitan a los estudiantes universitarios participar y conciliar su actividad investigadora con la mejora de su formación”. Por todo ello la presente regulación de las Cátedras y Aulas por mecenazgo en la UMA es necesaria para apoyar el desarrollo de los fines de la propia Universidad.

 

 icono pdf otri  Normativa de la Universidad de Málaga para la creación de cátedras y aulas por mecenazgo (Modificado 23/07/2019)

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