Se entiende por PAR aquellos proyectos propios de la UMA que, creados a partir de remanentes de centros de gasto, tendrán la finalidad de mejorar el rendimiento de los recursos obtenidos por sus grupos de investigación y favorecer la estabilidad de su actividad investigadora.

Debido a la discontinuidad de la financiación procedente de proyectos y contratos, la necesidad de resultados preliminares de investigación prometedores que resulten atractivos para las entidades privadas, y la necesidad de los investigadores de avanzar en sus líneas de investigación o abrir otras nuevas para mantener o aumentar su competitividad científica, la UMA decide poner en marcha, dentro de sus programas propios de I+D+i, los proyectos asociados a remanentes.

Estos programas permitirán la contratación de personal investigador en aplicación del artículo 20.2 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que permite a las universidades públicas contratar personal investigador para el desarrollo de sus programas propios de I+D+i.

La presente resolución establece el procedimiento de gestión eficiente en las fases de ejecución y liquidación de actividades finalistas de financiación afectada.

Para obtener toda la información para la solicitud de estos proyectos PAR consulte la web siguiente: http://u.uma.es/bv8/PAR/

Las solicitudes de creación de un PAR serán realizadas por el IP y se dirigirán al Vicerrectorado con competencia en investigación y transferencia, a través de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI).