Vuelve la actividad a las bibliotecas universitarias, al interior del Complejo Polideportivo y a las salas culturales de la UMA. Desde el 17 de febrero estos espacios han retomado los horarios y la programación que tenían antes del día 3, cuando se decidió cerrarlos debido al cese de la actividad no esencial en la capital malagueña como consecuencia de la subida explosiva de la tasa de incidencia de la covid-19.

Una vez superada esta situación de máxima alerta sanitaria, al producirse un descenso significativo en los niveles de contagio, y en consonancia con el Decreto de la Junta de Andalucía, el rector ha emitido una resolución en la que se reorganizan de nuevo los servicios para adaptarse a la nueva situación.

Por lo que se refiere a las bibliotecas, estarán abiertas al público en horario ininterrumpido, de 9 a 18,00 horas, siempre con cita previa y en los términos que se determine por el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

En cuanto a las instalaciones deportivas, se reanuda su apertura al público para la realización de actividad física que no sea al aire libre, así como la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional o profesional, que se regirán por la normativa y protocolos específicos. Se reinicia también la celebración de competiciones y eventos deportivos no federados de cualquier categoría, así como los federados. En todo caso se garantizará el cumplimiento de los protocolos en materia de seguridad y salud.

Respecto a las actividades culturales, se permite la celebración de carácter presencial de espectáculos públicos en la Universidad, así como la apertura al público de las salas de exposiciones, con las limitaciones y garantías necesarias.

Las clases teóricas continuarán impartiéndose de forma telemática hasta el 26 de marzo (justo antes de las vacaciones de Semana Santa), mientras que la nueva resolución rectoral establece que el teletrabajo no supere el 50 por ciento en modalidad no presencial en el periodo comprendido entre el 17 de febrero y el 5 de abril.

La duración de estas medidas organizativas se extenderá mientras se mantenga la actual situación epidemiológica, de acuerdo con los niveles y grados de alerta sanitaria establecidos por las autoridades con competencias en esta materia.