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Vicerrectorado de Investigación y Divulgación Científica

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Vicerrector de Investigación y Divulgación Científica

D. Antonio José Morales Siles

Currículo 

| E-mail: vrinvestigacion@uma.es I

Pabellón de Gobierno. Campus Universitario de El Ejido. 29071 Málaga

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Funciones:

  1. Dirigir, coordinar, impulsar y ejecutar la política científica de la Universidad de Málaga en materia de investigación y divulgación.
  2. Promover una política científica que recupere, atraiga y retenga talento investigador, en estrecha colaboración con el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado.
  3. Impulsar las relaciones científicas y programas de cooperación con instituciones nacionales y extranjeras en materia de investigación, en colaboración con la Oficina de Proyectos Internacionales.
  4. Potenciar los planes propios de investigación que fomenten la investigación y la divulgación de excelencia.
  5. Solicitar y tramitar, en representación de la Universidad de Málaga, las peticiones de proyectos y ayudas al personal investigador de cualquier ámbito. Asesorar y apoyar al personal investigador en la gestión de estos, tanto en materia de contratación de personal como de su gestión económica.
  6. Potenciar la creación de unidades de excelencia a través de los Institutos Universitarios de Investigación, tramitando las solicitudes de creación, y asesorando y apoyando a los investigadores en las tareas de gestión asociadas.
  7. Promover la divulgación de la actividad científica mediante la realización de eventos y edición de materiales de interés, con el objetivo de difundir las labores de investigación y docencia llevadas a cabo por la Universidad de Málaga.
  8. Dirigir y organizar los Servicios de Biblioteca Universitaria, estableciéndolos como centros fundamentales de recursos para la investigación y el aprendizaje.
  9. Proporcionar los servicios centralizados de apoyo a la actividad investigadora, que incluyan la adquisición, consolidación y mantenimiento de las infraestructuras científicas, así como el soporte de técnicos especializados.
  10. Cualquier otra que le sea delegada por el Rector en los asuntos de su competencia.
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