SEXENIOS (evaluación de la actividad investigadora)
| PROFESORADO DE LOS CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS |
El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre Retribuciones del profesorado universitario, establece que el profesorado funcionario de carrera de Cuerpos Docentes universitarios (Profesores y Profesoras Titulares de Universidad, Catedráticos y Catedráticas de Universidad, Titulares de Escuela Universitaria y Catedráticos y Catedráticas de Escuela Universitaria) que presten servicio en las Universidades en régimen de dedicación a tiempo completo serán retribuidos por el complemento de productividad (sexenios).
En este sentido, el profesorado universitario podrá someter la actividad investigadora realizada cada seis años a una evaluación en la que se juzgará el rendimiento de la labor investigadora desarrollada durante dicho periodo.
La evaluación positiva comportará la asignación de un complemento de productividad cuya cuantía se actualizará cada año de acuerdo con las previsiones contempladas en los Presupuestos Generales del Estado.
El profesor o la profesora que cambie de Cuerpo o pase a ocupar otra plaza del mismo Cuerpo conservará en el nuevo Cuerpo o plaza el componente de productividad que tuviese asignado en el anterior Cuerpo o plaza, al que se le acumulará el que pueda obtener en sucesivas evaluaciones.
En ningún caso la cuantía anual del complemento de productividad podrá exceder del resultado de superar favorablemente seis evaluaciones.
La evaluación la efectuará la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) y se realizará una sola vez al año, pudiendo solicitar la evaluación el profesorado que tenga la condición de funcionario a 31/12/2025 y cumpla los requisitos exigidos en la convocatoria de sexenios. La Resolución que establece el plazo durante el cual el profesorado universitario podrá presentar solicitudes de evaluación de la actividad investigadora se publica a finales de cada año, en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El plazo establecido en la convocatoria de sexenios 2025 para la presentación de solicitudes es desde el 9 de enero hasta el 30 de enero de 2026, ambos inclusive.
Los correspondientes efectos económicos se iniciarán el 1 de enero del año siguiente, aun cuando la evaluación se efectúe con posterioridad a dicha fecha.
| PROFESORADO CONTRATADO |
Podrá solicitar la evaluación de la actividad investigadora (sexenios), siempre que se encuentre en servicio activo a 31 de diciembre de 2025, el profesorado que se indica a continuación:
- Profesorado Contratado Doctor y Profesorado Contratado Doctor Interino.
- Profesorado Permanente Laboral y Profesorado Permanente Laboral Interino.
- Profesorado Colaborador.
- Profesorado Ayudante Doctor a tiempo completo.
- Personal Investigador con contrato Postdoctoral, según lo previsto en el artículo 22 de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, que modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, con dedicación a tiempo completo.
Las evaluaciones positivas que se produzcan como consecuencia de este procedimiento general generarán efectos administrativos.
Además, generarán los efectos económicos que se indican a continuación para las siguientes categorías:
- Profesorado Contratado Doctor, Profesorado Permanente Laboral y Profesorado Colaborador, acordados en la Mesa General de Negociación de las Universidades Públicas de Andalucía.
- Profesorado Contratado Doctor Interino, Profesorado Permanente Laboral Interino y Profesorado Ayudante Doctor a tiempo completo, que estarán supeditados a la dotación económica que la Junta de Andalucía provea para estos dentro de la partida presupuestaria correspondiente.
En ningún caso, el número de tramos docentes reconocidos, podrá exceder el resultado de superar favorablemente seis evaluaciones.
En virtud a estos acuerdos, se procede a la apertura del plazo para la solicitud de sexenios por parte del profesorado contratado sujeto a los acuerdos.
| CONVOCATORIA 2025 |
Plazo de presentación de solicitudes de autorización a la Universidad de Málaga: desde el 6 de febrero de 2026 hasta el 2 de marzo de 2026, ambos inclusive.
La autorización se solicita a través de la sede electrónica de la UMA mediante el procedimiento ubicado en este enlace. En "Catálogo de procedimientos", debe seleccionar la categoría PDI y, a continuación, "Autorización Solicitud Sexenios".
Plazo de presentación de solicitudes a la ANECA: desde el 9 de febrero de 2026 hasta el 2 de marzo de 2026, ambos inclusive.
La autorización, formularios y anexos serán cumplimentados y enviados por vía telemática a través de la sede electrónica de la ANECA: https://sede.aneca.es/
A través de la misma se podrá acceder a la resolución de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) que especifica los criterios de evaluación generales y específicos para cada campo. Igualmente, se podrán obtener duplicados o justificantes de los escritos presentados por registro electrónico y se podrá realizar el seguimiento de la tramitación de solicitudes.
Las aportaciones que acompañen a su solicitud deben haber sido publicadas en los años sometidos a evaluación.
Los efectos administrativos que se deriven de las solicitudes evaluadas favorablemente, se iniciarán el 1 de enero de 2026.
Las personas interesadas no podrán solicitar la evaluación de tramos que ya hubieran recibido una evaluación positiva de CNEAI por convenio con otra universidad.
Si tiene cualquier duda, puede ponerse en contacto, de 9:00 h a 14:00 h con:
| Francisco Castillo - fcastillo@uma.es - 952.136.580 |
| Inmaculada Díaz - idr@uma.es - 952.137.472 (para dudas del PERSONAL INVESTIGADOR POSTDOCTORAL) |
| NORMATIVA REGULADORA |
- Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario.
- Encomienda de gestión formalizada por convenio entre la Universidad pública, la Universidad de Málaga y el organismo autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, para la evaluación de la actividad investigadora del Personal Docente e Investigador contratado.
- Resolución de 4 de febrero de 2026 del Rectorado de la Universidad de Málaga, por la que se fija el procedimiento y el plazo de presentación de solicitudes para la evaluación de la actividad investigadora del profesorado con contrato laboral con carácter permanente: Profesorado Contratado Doctor, Profesorado Permanente Laboral, Profesorado Colaborador, y del Profesorado Contratado Doctor Interino y del Profesorado Permanente Laboral Interino.
- Resolución de 4 de febrero de 2026 del Rectorado de la Universidad de Málaga, por la que se fija el procedimiento y el plazo de presentación de solicitudes para la evaluación de la actividad investigadora del Profesorado Ayudante Doctor a tiempo completo y del Personal Investigador Postdoctoral a tiempo completo.



