Para su máxima difusión a continuación reproducimos la comunicación del Secretario General de esta Universiad de Málaga en relación al Defensor del Pueblo Andaluz.

"Siguiendo instrucciones del Rector y, en atención a las recomendaciones realizadas por el Defensor del Pueblo Andaluz, le recuerdo la obligación de las Administraciones Públicas y, por ende, de los cargos académicos y los responsables de los Servicios y Unidades administrativas de esta Universidad, de colaborar y auxiliar con carácter preferente y urgente al Defensor del Pueblo Andaluz en sus investigaciones e inspecciones.

De acuerdo con el procedimiento de gestión de quejas que coordina la Oficina del Rector, los requerimientos de información e informes, que sean necesarios para apoyar las investigaciones realizadas por el Defensor del Pueblo Andaluz, deberán ser respondidos en el plazo de diez días hábiles por la autoridad académica y el órgano administrativo afectado, y enviados a la Oficina del Rector, con objeto de que puedan remitirse dentro del plazo establecido en el primer requerimiento realizado por el Alto Comisionado del Parlamento de Andalucía.

De acuerdo con lo que determina la legislación vigente la colaboración es obligatoria y debe producirse sin dilaciones injustificadas, pudiendo derivarse responsabilidades en los términos que se reproducen en el escrito del Defensor del Pueblo Andaluz, que le adjunto, y que se dirige al Rector de la Universidad de Málaga como su representante legal.

Cordiales saludos.

EL SECRETARIO GENERAL

Miguel Porras Fernández"