Criterios de Acceso y Admisión
Requisitos de acceso y procedimientos de admisión
¿Cumple requisitos de acceso según legislación vigente? Sí De acuerdo con las previsiones del art. 75 de la Ley Andaluza de Universidades, Texto Refundido aprobado por Decreto legislativo 1/2013, de 8 de enero, a los únicos efectos del ingreso en los centros universitarios, todas las Universidades públicas andaluzas se constituyen en un distrito único, encomendando la gestión de este a una comisión específica, constituida en el seno del Consejo Andaluz de Universidades. La composición de dicha comisión quedó establecida por el Decreto 478/1994, de 27 de diciembre, que sigue actuando tras la publicación del citado Texto Refundido de la ley Andaluza de universidades.
El acceso y admisión del alumnado de Máster se realiza a través del Portal de Distrito Único Andaluz, garantizando de esta manera que el alumnado tenga un tratamiento conjunto de todas las Universidades que conforman el sistema andaluz de educación universitaria. Igualmente, desde este portal se pueden consultar los requisitos generales de acceso y procedimiento de admisión.
En el caso de la Universidad de Baleares deberán realizar su preinscripción a través del procedimiento establecido por dicha Universidad.
En todo caso, el acceso a la Universidad se realizará desde el pleno respeto a los derechos fundamentales y a los principios de igualdad, mérito y capacidad. Igualmente, se tendrán en cuenta los principios de accesibilidad universal y diseño para todos según lo establecido en el R. D. Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Los requisitos generales de acceso a los Másteres Universitarios son los que se establecen en el artículo 18 del Real Decreto 822/2021, según los cuales quienes deseen ser admitidos, deberán encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
1. La posesión de un título universitario oficial de Graduada o Graduado español o equivalente es condición para acceder a un Máster Universitario, o en su caso disponer de otro título de Máster Universitario, o títulos del mismo nivel que el título español de Grado o Máster expedidos por universidades e instituciones de educación superior de un país del EEES que en dicho país permita el acceso a los estudios de Máster.
2. De igual modo, podrán acceder a un Máster Universitario del sistema universitario español personas en posesión de títulos procedentes de sistemas educativos que no formen parte del EEES, que equivalgan al título de Grado, sin necesidad de homologación del título, pero sí de comprobación por parte de la universidad del nivel de formación que implican, siempre y cuando en el país donde se haya expedido dicho título permita acceder a estudios de nivel de postgrado universitario. En ningún caso el acceso por esta vía implicará la homologación del título previo del que disponía la persona interesada ni su reconocimiento a otros efectos que el de realizar los estudios de Máster.
Además de los requisitos de acceso anteriores, establecidos con carácter general, los solicitantes deberán cumplir, en su caso, los requisitos específicos de admisión que sean establecidos de manera independiente para cada Máster. Los criterios de admisión (requisitos específicos) se hacen públicos desde el comienzo del plazo de presentación de solicitudes hasta la finalización del proceso en la respectiva universidad, estando siempre disponibles en el Catálogo de Másteres Oficiales del Portal de Distrito Único Andaluz.
En relación con los requisitos de acceso y los criterios de admisión se puede obtener mayor información en el Servicio de Acceso de la Universidad de Málaga, en Acceso y Admisión Máster de la Universidad de Almería y en el Centro de Estudios de Posgrado de la Universidad de Illes Balears.
Requisitos de acceso
Tendrán acceso preferente para cursar el Máster quienes acrediten estar en posesión de algunos de los títulos integrados en la RAMA DE CIENCIAS DE LA SALUD Y CIENCIAS BIOSANITARIAS: Enfermería, Fisioterapia, Terapia Ocupacional, Podología, Medicina, Farmacia, Odontología, Psicología, Logopedia, Nutrición y Dietética.
De igual modo, podrán acceder a un Máster Universitario del sistema universitario español personas en posesión de títulos procedentes de sistemas educativos que no formen parte del EEES, que equivalgan al título de Grado, sin necesidad de homologación del título, pero sí de comprobación por parte de la universidad del nivel de formación que implican, siempre y cuando en el país donde se haya expedido dicho título permita acceder a estudios de nivel de postgrado universitario. En ningún caso el acceso por esta vía implicará la homologación del título previo del que disponía la persona interesada ni su reconocimiento a otros efectos que el de realizar los estudios de Máster.
Procedimiento y criterios de Admisión
El Servicio de Acceso de la Universidad de Málaga se encarga del procedimiento de Acceso y Admisión de las titulaciones oficiales de Máster. El Servicio de Asistencia al Estudiante de la Universidad de Almería se encarga del procedimiento de Acceso y Admisión de las titulaciones oficiales de Máster.
El procedimiento de admisión queda regulado por lo estipulado en la Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Universidades, por la que se hace público el Acuerdo de 2 de diciembre de 2021, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento para el ingreso en los másteres universitarios que se impartan en el curso 2022-2023 y de la Resolución de 25 de mayo de 2022, de la Dirección General de Universidades, por la que se hace público el Acuerdo de 17 de mayo de 2022, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se regula el procedimiento de admisión en los estudios de máster universitario de las universidades públicas andaluzas, conforme a lo previsto en el artículo 18.4 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
En este procedimiento se regulan los requisitos de los solicitantes, solicitudes, documentación, fases, procedimiento, criterios de prelación para la adjudicación de plazas, Acceso de estudiantes de títulos conjuntos de máster o de programas de estudios conducentes a un doble título con otras universidades españolas o extranjeras, Vías de acceso. Porcentaje de reserva de plazas, Simultaneidad de estudios, Simultaneidad de estudios, y Plazos y efectos de la falta de resolución.
En la Universidad de Málaga, para facilitar el proceso de preinscripción a Máster Oficial, el Vicerrectorado de Estudiantes (Sección de Acceso) cuenta con una Guía de Prescripción a Máster Oficial. Para facilitar el proceso de Matriculación, dicho Vicerrectorado de Estudiantes elabora cada curso académico una Guía de Matriculación de
Estudiantes (Estudios de Máster). Ambas Guías están disponibles en el apartado de Secretaría de la página web de la Facultad de Ciencias de la Salud.
La Universidad de Almería dispone de la Guía de nuevo ingreso a Másteres. Asimismo, el Vicerrectorado de Estudiantes ofrece la Guía de Acogida, también disponible en la Facultad de Ciencias de la Salud. La Secretaría Única ofrece la Guía de Automatrícula.
En cuanto a la Universidad de Illes Balears, los estudiantes interesados en solicitar una plaza para cursar este máster deberán presentar su solicitud de preinscripción en los plazos y en el modo que para cada curso establezca el Centro de Estudios de Postgrado (CEP) de la UIB. El CEP comprobará si el solicitante reúne las condiciones para acceder al máster y, posteriormente, remitirá la solicitud a la dirección de la titulación para su evaluación y resolución de la admisión. Finalmente, el CEP publicará el listado de estudiantes admitidos al máster e indicará en qué fechas deben formalizar su matrícula.
Este procedimiento se rige por el Acuerdo Normativo del día 23 de marzo de 2022 por el cual se regula el acceso y admisión a las enseñanzas oficiales de máster, publicado en el FOU extraordinario número 534 de 31 de marzo de 2022 (https://seu.uib.cat/fou/acord/14423/), en desarrollo del artículo 18 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Para comprobar si el solicitante reúne las condiciones de acceso a un máster universitario, el CEP tendrá en cuenta los requisitos estipulados en el artículo 18 del RD 822/2021. Todo este proceso está normalizado mediante el proceso clave PC03 Admisión de estudiantes de Posgrado, del Sistema Interno de Garantía de Calidad de la UIB.
El procedimiento de matrícula condicionada se regula en el AN 14423/2022 ya mencionado (https://seu.uib.cat/fou/acord/14423/) y las titulaciones que se acogerán a este procedimiento se aprobarán para cada curso académico previamente al inicio del periodo de preinscripción.
De igual modo, para comprobar si el solicitante reúne las condiciones de acceso a un máster universitario, el CEP tendrá en cuenta los puntos 2 y 3 de la Disposición adicional primera del Real Decreto 822/2021, que trata sobre la eficacia de los títulos universitarios oficiales correspondientes a la ordenación previa al EEES.
En cumplimiento del Acuerdo normativo 14423/2022, de 23 de marzo, por el que se regula el acceso y admisión a las enseñanzas oficiales de máster, el Consejo de Estudios tendrá las competencias de admisión de la titulación.
Estas competencias pueden ser delegadas en otras comisiones específicas o en la dirección del máster. En el caso del presente máster se encargará de gestionar la admisión de los candidatos la dirección del máster.
En cumplimiento del punto 6 del artículo 18 del RD 822/2021, se reserva, al menos, un 5 por ciento de las plazas ofertadas para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, así como para estudiantes con necesidades de apoyo educativo permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que en sus estudios anteriores hayan precisado de recursos y apoyos para su plena inclusión educativa.
Como criterio de admisión se establece la valoración del expediente académico: 100%.
Se ponderará el expediente de Universidades extranjeras en función de su posición en rankings internacionales de prestigio, con arreglo a las directrices existentes en los procesos selectivos en los estudios de Posgrado de cada universidad.
Acreditación de nivel de idioma de impartición del título
El idioma de impartición del máster es el castellano. Por ello, las personas candidatas de países no hispanohablantes o cuya lengua materna sea distinta del castellano, para su admisión al máster, deberán acreditar un nivel de castellano equivalente o superior al B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).
El nivel B2 de castellano se considerará acreditado al cumplir alguna de las condiciones siguientes:
1. Aportar certificado o diploma del nivel B2 según el Marco común europeo de referencia para las lenguas: aprendizaje, enseñanza, evaluación (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2002), u otro equivalente.
2. Haber cursado estudios universitarios en la lengua indicada.
3. Haber cursado estudios de secundaria y bachillerato en la lengua indicada.